Portada

DOGMÁTICA JURÍDICA PENAL

  • 2000 BCE

    Cultura Maya

    Cultura Maya
    A partir del año 2.000 a.C se inicia el periodo Preclásico caracterizado por el asentamiento de la población maya en las primeras aldeas.
  • Period: 905 to

    Venganza Pública

    Venganza pública: En ésta etapa de la evolución de las ideas penales, se transformar los conceptos de pena y función represiva, dándoseles un carácter eminentemente público con el objeto de aspirar a mantener a toda costa, la tranquilidad pública.
  • Period: 905 to

    Venganza Divina

    Venganza divina: Ésta función represiva se da en los pueblos teocráticos; es decir, lo divino es una proyección que es el eje fundamental de la constitución del mismo estado; los conceptos de derecho y religión se funden en uno solo, y así el delito, más que
    una ofensa a las personas o grupos, lo era a la divinidad.
  • 1325

    Cultura azteca

    Cultura azteca
    Se cree que fue en el año 1325. Allí crearon su propia identidad y aunque venían de Aztlán, ya no se identificaban como aztecas, sino como "mexicas", que en la lengua náhuatl significa "los de México".(Brooks, 2020)
  • Period: 1492 to

    COLONIZACIÓN EN MÉXICO

    La colonización de México se puede dividir en tres etapas: I. 1492-1519, el descubrimiento; II. 1519-1521, la conquista, cuyas consecuencias directas se prolongaban hasta 1535 cuando se fundó el primer virreinato, el de Nueva España; III. 1535-1810, la epóca de colonización.
  • Escuela clásica

    Escuela clásica
    Se le denomina de esta manera al movimiento jurídico filosófico anteriores a las doctrinas que no se adaptaron a las nuevas, a los recientes sistemas.
  • Escuela positiva

    Escuela positiva
    Fue consecuencia del auge por las ciencias naturales en los estudios filosóficos del siglo xix, y se hizo sentir en todas las disciplinas, incluyendo el derecho, en materia penal es una negación radical de la clásica pues pretende cambiar el preparatorio implícito, suprimiendo su fundamentación objetiva al dar preponderante estimación a la personalidad del delincuente
  • Sistema causalista.

    Esta teoría la expone en su obra denominada “tratado de derecho penal”.
    recoge las ideas de las escuelas clásica y positivista además que aplica el método naturalísitico en boga a fines del siglo xix, se avoca al estudio del código penal alemán de 1871 , para desprender de dicho código la estructura del delito, naciendo así la dogmática jurídico penal es decir, el conocimiento a través del dogma, de la ley
  • Period: to

    Independencia de México

    La independencia de México fue la consecuencia de un proceso político y social resuelto con las armas, que puso fin al dominio español en la mayor parte de los territorios de Nueva España y dio inicio al Primer Imperio Mexicano. La pérdida de esta posesión tuvo una importancia decisiva para la economía del Imperio Español, ya que los ingresos mexicanos representaban el ochenta por ciento del total de los caudales americanos al final del periodo colonial.
  • Código Penal Alemán

    Código Penal Alemán
    Para el código alemán de 1871, el delito es la acción sancionada por las leyes penales.
  • Modelo lógico matemático.

    Modelo lógico matemático.
    Surge en el año de 1965, cuyos principales exponentes son Elpidio Ramírez Luna y Olga Islas de Mariscal.
  • Funcionalismo

    Funcionalismo
    Surge en el año de 1970, cuyos principales exponentes son fueron Roxin y Jacobs; quienes se fundamentan en las formas de prevención de la comisión de los delitos.
  • Period: to

    Venganza Privada

    Venganza privada: A esta etapa suele llamársele también, venganza de la sangre o época bárbara.
    En este período la función represiva está en manos de los particulares; es una venganza de grupo reflejando el instinto de conservación del mismo.
    Cada particular, cada familia cada grupo protege y hace justicia por sí mismo. Ese antecedente de todas las instituciones jurídicas penales.