Desarrollo histórico de la jursiprudencia

  • Period: 757 BCE to 304 BCE

    Roma: época antigua

    Influenciada por la cultura griega, el pensamiento filosófico-jurídico estaba inspirado en cuestiones de índole divina. El Colegio de Pontífices interpretaba la ley.
  • 304 BCE

    Jurisprudencia laica y pública

    Jurisprudencia laica y pública
    El monopolio doctrinal de la jurisprudencia de los pontífices fue interrumpido por Cneo Flavio, escriba del sacerdote Apio Claudio, quien publicó las fórmulas jurídicas que los pontífices habían elaborado.
  • Period: 304 BCE to 27 BCE

    Roma: época preclásica

    A las opiniones, los esquemas, los bocetos y las asesorías emitidos por los prudentes se conocen como responsa. Eran consultados por particulares así como por órganos administrativos y judiciales.
  • 95 BCE

    Inicia transformación de jurisprudencia en ciencia del derecho

    Inicia transformación de jurisprudencia en ciencia del derecho
    Se considera a Quintus Mucius Scaevola como el iniciador de esta transformación de la jurisprudencia, ya que fue el primero en ordenar el derecho por categorías y en dar definiciones de los conceptos jurídicos más importantes.
  • 138

    Jurisprudencia investida con fuerza de ley

    Jurisprudencia investida con fuerza de ley
    El emperador Adriano determinó que los dictámenes de los juristas investidos de ius publice respondendi, tuvieran fuerza de ley.
  • Period: 139 to 200

    Constituciones imperiales

    Respuesta o decisiones jurídicas del emperador a la consulta jurídica.
  • Period: 284 to 476

    Época Posclásica o del Derecho Vulgar..

    Decadencia de la jurisprudencia: el establecimiento de la monarquía absoluta implicó el surgimiento de un derecho de origen legislativo, lo que provocó que los responsa de los juristas ya no constituyeran el instrumento fundamental de solución a los problemas jurídicos.
  • 528

    Digesto

    Digesto
    Justiniano mandó compilar los ius publice respondendi en el célebre Digesto, documento que recogió la definición
    romana de jurisprudencia que formuló Ulpiano: “Jurisprudencia es el conocimiento de las cosas divinas y humanas, ciencia de lo justo y lo injusto”.
  • Period: 601 to 801

    Principios de Edad Media

    La concepción absolutista la última época imperial y la legislación justinianea fueron sustituidas por una contractualista, donde el Poder Legislativo fue delegado al príncipe por el pueblo y circunscrito a ciertos límites señalados por éste.
  • Period: 1101 to 1201

    Glosadores: Resucita la jurisprudencia

    Se dedicaron a realizar explicaciones o comentarios, llamados glosas, a la compilación justinianea. A pesar de que su aportación a la jurisprudencia puede considerarse nula, pues la ley era la voluntad imperial; a través de la enseñanza de las glosas lograron acercar la
    teoría a la práctica.
  • Period: 1101 to 1401

    Fuero Juzgo

    Estableció la función de interpretar las disposiciones
    jurídicas para aplicarlas a la resolución de conflictos específicos
  • Period: 1201 to 1301

    Postglosadores

    Realizaron juicios o explicaciones al derecho romano, llamados comentarios, consistían en una exposición que consideraba el sentido de las palabras e investigaba el espíritu de las normas, en oposición a la glosa, que se atenía a la letra del texto. Eran aplicables a los problemas propios de su época.
  • Period: Jun 15, 1215 to

    Origen del precedente judicial anglosajón

    El rey se encontraba sometido al common law, derecho nacido de la conciencia popular (costumbres), y declarado, antes que aplicado, por los Jueces, quienes lo descubren en la Constitución y en los precedentes judiciales, no en el decreto del soberano.
  • Period: 1256 to 1263

    Fazañas

    Sólo se aplicaba cuando no existía disposición legislativa concreta y aplicable al caso específico.
  • Period: 1401 to 1501

    Culta jurisprudencia

    Estudio e interpretación efectuada por los humanistas italianos a la jurisprudencia
  • Period: 1521 to

    Derecho Indiano

    El precepto legal era potencialmente susceptible de ser cambiado por las autoridades coloniales, si era distinta la realidad y a las costumbres de los pueblos.
  • Period: 1521 to

    Jursiprudencia para las Colonias

    La jurisprudencia dependía directamente de la persona que detentaba el poder (Virrey, Oidor, Corregidor o cualquier otra autoridad indiana), que tuviera facultades para legislar y juzgar, ya que interpretaba y aplicaba discrecionalmente la disposición jurídica.
  • 1530

    Corregidor de Indios

    Corregidor de Indios
    Autoridad que tuvo funciones tanto de gobierno como de Justicia Mayor. Agilizó el procedimiento legal, y se evitaron los malos intérpretes de las costumbres indígenas. Sus
    decisiones se convirtieron en derecho.
  • Tribunal de Casación en Francia

    Tribunal de Casación en Francia
    Órgano político auxiliar del Poder Legislativo, cuya misión era mantener la unidad de la legislación e impedir la diversidad de jurisprudencia, anulando los fallos contrarios
    a la ley y solicitando a su superior la interpretación de la ley a través del référé obligatoire.
  • Boletín Oficial de fallos de la Corte de Casación

    Boletín Oficial de fallos de la Corte de Casación
    Boletín que reunió año con año las sentencias de casación, ya que los Jueces de casación comenzaron a fundamentar el razonamiento contenido en ellas, al explicar la confrontación entre la ley aplicable y la decisión anulada.
  • Estados Unidos de América: separación de poderes

    Estados Unidos de América: separación de poderes
    En la resolución de la Corte Suprema sobre el caso Marbury vs. Madison, se reconoció a los Jueces el poder de controlar la constitucionalidad de las leyes.
  • Código civil de Francia

    Código civil de Francia
    Prohibía a los Jueces dejar de juzgar en caso de silencio, oscuridad o insuficiencia de la ley
  • Corte de Casación

    Corte de Casación
    Reconoce la insuficiencia de la ley para regular la vida jurídica de una nación; permitiendo que la jurisprudencia se coloque como un instrumento que pueda dictar derecho.
  • Constitución de Cádiz

    Constitución de Cádiz
    El Supremo Tribunal de Justicia oía las dudas de los demás tribunales sobre la inteligencia de alguna ley, y consultaba sobre ellas al rey con los fundamentos que hubiere, para que promueva la conveniente declaración de las Cortes.
  • Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824

    Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824
    Dio a la Corte Suprema la categoría formal de órgano de control constitucional, pues no la facultó para realizar
    la interpretación directa de la Constitución.
  • Siete Leyes

    Otorgó al Supremo Poder Conservador la función de declarar la voluntad de la nación en casos extraordinarios, lo que le permitió interpretar la Norma Suprema del Estado.
  • Francia: Ley de 1o. de abril de 1837

    Los tribunales subordinados obligados a respetar las decisiones de la Corte: el sentido preciso de las leyes y la manera de aplicarlas.
  • Constitución de 1857

    La Suprema Corte se constituyó en el intérprete legítimo y definitivo de la Constitución, que garantiza su cumplimiento.
  • Period: to

    Cita de precedentes

    Los precedentes eran citados por los Ministros de la Corte y los jueces de Distrito para apoyar sus fallos y los abogados hacían constantes referencias para apoyar sus argumentos.
  • Creación del Semanario Judicial de la Federación

    Creación del Semanario Judicial de la Federación
    Periódico en el que se publicarían todas las sentencias definitivas pronunciadas por los tribunales federales. Se estableció por decreto de Benito Juárez, presidente de la República.
  • Ley de Amparo 1882

    Obligatoriedad de la jurisprudencia , cuando el criterio del coso fuese pronunciado en cinco ejecutorios en el mismo sentido. De esta forma se instauró la creación jurisprudencial por reiteración.
  • Obligatoriedad de los criterios en México

    Reconocimiento expreso de la jurisprudencia en el Código Federal de Procedimientos Civiles
  • Constitución 1917

    No hizo referencia alguna sobre la jurisprudencia, aun cuando se estableció en sus artículos 103 y l07 la competencia de los tribunales federales y las bases del juicio de amparo.
  • Ley de Amparo de 1919

    El número de votos necesario en el Pleno para la obligatoriedad de la jurisprudencia se redujo a siete votos.
    Se consideró obligatoria la jurisprudencia también para autoridades jurisdiccionales de las entidades federativas, del Distrito y Territorios Federales.
    Sólo era posible sentar jurisprudencia cuando se tratara
    de ejecutorias de juicios de amparo o del recurso de súplica
  • Teoría general del Derecho y Edo. de Hans Kelsen

    Teoría general del Derecho y Edo. de Hans Kelsen
    La noción de jurisprudencia se ve limitada por el carácter que cada Constitución le otorgue.
  • Consagración constitucional de la jurisprudencia

    Se eleva a rango constitucional la figura de la jurisprudencia, incorporada en el artículo 107, fracción XIII; el cual menciona que la ley secundaria establecerá los términos y casos en que debe ser obligatoria la jurisprudencia de los tribunales del Poder Judicial de la Federación.
  • Refroma de 1967

    El 25 de octubre de este año se reformaron los artículos 94 y 107 constitucionales y se le otorgó a Tribunales
    Colegiados de Circuito la facultad de crear jurisprudencia
  • Reforma Constitucional de 1988

    Contempla la resolución de tesis contradictorias entre las Salas de la Suprema Corte de Justicia y el derecho de las Salas y Tribunales Colegiados para que, con motivo de un caso concreto , pidan al Pleno de la Suprema Corte o a la Sala correspondiente que modifiquen la jurisprudencia que tuviesen establecida en la materia, para que la resolución dictada al respecto constituya jurisprudencia.
  • Reformas constitucionales de 1994

    Creación del Consejo de la Judicatura Federal; la redistribución de las facultades jurisdiccionales y no jurisdiccionales que tenía la Suprema Corte a otros órganos del Poder Judicial de la Federación y la competencia en exclusiva del Máximo Tribunal para conocer de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.
  • Reforma Constitucional de 1996

    Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación: tanto su Sala Superior como sus Salas Regionales fueron facultadas para integrar jurisprudencia. Además se implementa la acción de inconstitucionalidad.
  • Reforma del 2000 a la Ley de Amparo

    A los artículos 192 y 194, relativos a los requisitos necesarios tanto para establecer jurisprudencia, en el caso del primero, como para determinar su interrupción y dejar de tener carácter obligatorio, en el del segundo.
  • Reforma Constitucional de 2011

    Se reforma en materia de Derechos Humanos, y se cambia el panorama a nivel constitucional, estableciendo el control difuso y el control de convencionalidad