DERECHO ROMANO

  • FUNDACION DE ROMA 21 DE ABRIL DE 753 a.c

    FUNDACION DE ROMA 21 DE ABRIL DE 753 a.c
    Según una leyenda, Roma fue fundada el 21 de abril de 753 a.c por los hermanos gemelos (Romulo y Remo) descendientes del príncipe troyano Eneas. Romulo y Remo fueron los nietos del rey latino de Alba Longa Numitor
  • LA MONARQUIA 753 a 510 a.c

    LA MONARQUIA 753 a 510 a.c
    La Monarquía Romana se inicia con el gobierno de Rómulo en el año 753 a.C. y concluye en el año 509 a.C., con la expulsión del rey Tarquino El Soberbio. Durante la monarquía Roma fue gobernada por siete reyes, pertenecientes a dos dinastías: la latina y la etrusca.
    Pertenecen a la Dinastía Latina, Romulo, Numa Pompilio, Tulio Hostilio y Anco Marcio.
    Pertenecen a la Dinastía Etrusca, Tarquino el Antiguo, Servio Tulio y Tarquino el Soberbio
  • REY 753 a 510 a.c

    El rey era designado al principio por los comicios que eran asambleas de caracter politico legislativos y ejercia el poder de por vida y de forma suprema.
    roma vivio bajo el gobierno de 7 reyes
    Romulo, Numa Pompilio, Tulio Hostilio ,Anco Marcio, tarquino el Antiguo, Servio Tulio y Tarquino el Soberbio
  • REY RÓMULO 753 a 510 a.c

    REY  RÓMULO 753 a 510 a.c
    Rómulo fue el monarca que fundó Roma. Implanto el sistema de gobierno monárquico. Para poblar su reino fusiono las tribus latinas y sabinas. Después de un reinado breve, desapareció misteriosamente. La leyenda cuenta que su padre Marte se lo llevo al cielo. A su muerte fue adorado con el nombre de Quirino.
  • REY 2° NUMA POMPILIO 753 a 510 a.c

    REY  2°  NUMA POMPILIO 753 a 510 a.c
    Este rey organizó el culto romano, creo las escuelas sacerdotales y mando construir el templo de Jano, que permanecía abierto en tiempo de guerra y cerrado en tiempo de paz.
  • REY 3° TULIO HOSTILLO 753 a 510 a.c

    Era un rey guerrero. Organizó un imbatible ejercito, con el que destruyo al reino del Alba y convirtió a Roma en la primera potencia del Lacio.
  • REY 4° ANCO MARCIO 753 a 510 a.c

    Conocido como el rey comerciante, fue un gobernante pacífico que hizo de Roma un centro de intercambio comercial. Mando a construir el puerto de Ostia en la desembocadura del río Tiber para incentivar el comercio.
  • REY 5° TARQUINO EL ANTIGUO 753 a 510 a.c

    Este rey consagro un templo a Júpiter, en la cumbre del Capitolio. Mando construir el Foro, la Cloaca Máxima y el Circo Máximo para los juegos populares. Introdujo el arte y la religión etruscos en Roma.
  • REY 6° SERVIO TULIO 753 a 510 a.c

    Mandó construir una muralla que protegería la ciudad. Como reformador social organizo al pueblo, en siete clases sociales, según su fortuna para el pago de impuestos.
  • REY 7° TARQUINO EL SOBERBIO 753 a 510 a.c

    Este rey fue el asesino de su suegro Servio Tulio. Era un tirano entregado a los placeres mundanos por cuya razón se gano la antipatía del pueblo. Violó a Lucrecia esposa de un destacado ciudadano, acto que dio lugar a una asamblea popular, en el cual le quitaron el mando. Como consecuencia de los sucedido y con la aprobación del ejercito, se cambio la forma de gobierno por el sistema republicano.
  • LOS COMICIOS 753 a 510 a.c

    constituian la asamblea politico-administrativa en este periodo. Por tanto existían dos tipos de comicios que son los siguientes: Comicios curiados, que constituían la asamblea legislativa más antigua de los romanos
    Comicios centuriados, obra del rey Servio Tulio, que dejando intactas las gentes y las curias consagradas por la tradición, creó sobre otras bases una nueva comunidad, que abarcara en su seno a patricios y plebeyos.
  • EL SENADO 753 a 510 a.c

    EL SENADO 753 a 510 a.c
    El Senado, de “Senatus” (consejo de ancianos), nació en Roma durante el período de la Monarquía (siglos VIII a VI a.C.), estaba formado incialmente por 100 notables y tenía como funciones fundamentales: el ser un órgano consultivo, ayudar y aconsejar al monarca en su tarea de gobierno, velar por el mantenimiento de las costumbres de los antepasados
  • FUENTES FORMALES DEL DERECHO 753 a 510 a.c

    FUENTES FORMALES DEL DERECHO 753 a 510 a.c
    Se deducian a praticamente una: las costumbres de los antepasados.
  • REPUBLICA ROMANA 510 a 27 a.c

    Esta etapa de la historia romana queda comprendida entre los 510 y 27 a.C. Al principio durante este periodo persiste una gran pugna entre patricios y plebeyos, situación que provoca que estos últimos decidan abandonar la ciudad para fundar una nueva.
  • EL SENADO EN LA REPUBLICA ROMANA 510 a 27 a.c

    EL SENADO EN LA REPUBLICA ROMANA 510 a 27 a.c
    Durante este periodo dicho cuerpo consultor adquiere una importancia considerable, su opinión es considerada en todas las cuestiones importantes y está capacitado para decidir en los asuntos relacionados con la paz y la guerra. Los plebeyos, que habían estado excluidos del senado, finalmente son aceptados en él.
  • LOS COMICIOS EN LA REPUBLICA ROMANA 510 a 27 a.c

    LOS COMICIOS EN LA REPUBLICA ROMANA 510 a 27 a.c
    Básicamente, se reúnen y funcionan de modo semejante al que hemos visto en la etapa anterior. Sin embargo, los comicios curiados pierden importancia e intervienen solo en determinados actos religiosos y de derecho privado, tales como las adopciones y adrogaciones y la confección de los testamentos. Funciona sin la participación efectiva de los ciudadanos.
    comicios por tribus : los ciudadanos se agrupan atendiendo a un criterio territorial basado en el domicilio.
  • LOS MAGISTRADOS EN LA REPUBLICA ROMANA 510 a 27 a.c

    La figura del rey es sustituida por dos magistrados; esto es, altos funcionarios públicos, llamados cónsules7, que eran los jefes civiles y militares del Estado, elegidos por los comicios y cuyo cargo duraba un año. Por su parte, la autoridad religiosa se separa de los poderes civiles y es confiada al gran pontífice.
  • FUENTES FORMALES DEL DERECHO LOS MAGISTRADOS EN LA REPUBLICA ROMANA 510 a 27 a.c

    FUENTES FORMALES DEL DERECHO LOS MAGISTRADOS EN LA REPUBLICA ROMANA 510 a 27 a.c
    La costumbre sigue pero contamos con la ley, los plebiscitos, los senadoconsultos, los edictos de los magistrados y la jurisprudencia.
    Se dice que la ley es una disposición dictada por el pueblo cuando éste se reunía en comicios.
    plebiscito es todo aquello que la plebe ordena y establece.
    senadoconsulto es toda aquella medida legislativa emitida por el senado.
    los magistrados son encargados de administrar justicia.
    jurisprudencia a aquellas opiniones emitidas por los juriconsultos.
  • CARACTERIZACION DEL DERECHO PRECLASICO 510 a 27 a.c

    etapa de derecho arcaico cuya fuente principal es la costumbre y del cual podemos señalar varias características. Así tenemos la existencia de pocos pero bien definidos conceptos; la aplicación rígida de la ley, sin que preocupe demasiado su individualización: se prefiere la seguridad jurídica a la equidad.
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  • EL PRINCIPADO O DIARQUIA 27 a. C. al 284de nuestra era.

      EL PRINCIPADO O DIARQUIA   27 a. C. al 284de nuestra era.
    Esta etapa histórica de inicia con el advenimiento de Augusto al poder y finaliza con la proclamación de Diocleciano como emperador; Es decir, del año 27 a. C. al 284de nuestra era. Durante este periodo el poder supremo es compartido por el senado y el príncipe o emperador.
  • FUENTES FORMALES EN LA DIARQUIA 27 a. C. al 284de nuestra era

     FUENTES FORMALES EN LA DIARQUIA 27 a. C. al 284de nuestra era
    Existen cuatro diferentes clases de constituciones imperiales: edicta, mandata decreta y r escripta.
    La edicta son comunicaciones efectuadas de forma directa al pueblo.
    Los mandata, consistían en instrucciones dirigidas a los funcionarios.
    Los decreta, por su parte, eran decisiones judiciales tomadas por el emperador como magistrado supremo en un juicio.
    Los rescripta, son las respuestas del emperador a un funcionario a un particular.
  • CARACTERIZACION DEL DERECHO CLASICO 27 a. C. al 284de nuestra era

    Es en la época del derecho clásico cuando el Derecho romano alcanza su mayor grado de evolución. Roma había logrado su máxima expansión territorial y disfrutaba de largos periodos de tranquilidad y bienestar, propicios para el desarrollo cultural en todas sus manifestaciones.
    Con las bases adquiridas en los últimos años de la República, el derecho se desenvuelve con rapidez y, principalmente a través de la jurisprudencia, se construye una verdadera ciencia jurídica. Leer más: http://www.monogr
  • IMPERIO ABSOLUTO O DOMINATO 27 a.c Al 284

    El periodo que conocemos con el nombre de Imperio Absoluto en el cual todos los poderes se concentran en manos del emperador augusto, es una época de franca decadencia.
  • EMPERADOR 27 a.c Al 284

    Reune en su persona todos los cargos publicos; en consecuencia emite medidas legislativas que conocemos con el nombre de constituciones imperiales
  • COMICIOS 27 a.c Al 284

     COMICIOS  27 a.c  Al  284
    Su labor de torna praticamente nula pues sus convocatorias para reunion desparecen y el senado va absorbiendo sus facultades.
  • SENADO CONSULTORES 27 a.c Al 284

    son raros, resultan cada vez mas frecuentes las constituciones imperiales.
  • CONSTITUCIONES IMPERIALES 27 a.c Al 284

    CONSTITUCIONES IMPERIALES 27 a.c  Al  284
    Existen cuatro diferentes clases de constituciones imperiales: edicta, mandata decreta y r escripta.
    Los edicta, son comunicaciones efectuadas de forma directa al pueblo.
    Los mandata, consistían en instrucciones dirigidas a los funcionarios.
    Los decreta, por su parte, eran decisiones judiciales tomadas por el emperador como magistrado supremo en un juicio.
    Los rescripta, son las respuestas del emperador a un funcionario a un particular.
  • LA JURISPRUDENCIA 27 a.c Al 284

    la jurisprudencia, probablemente este sea el periodo de mayor esplendor, entre otras razones debido al apoyo y confianza que Augusto y sus sucesores le conceden a los jurisconsultos. Es así como a las opiniones emitidas por algunos de ellos, el emperador les otorga el ius publice respondendi, es decir, que llegasen a tener fuerza de ley.