Derecho Laboral

  • Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano

    Esta libertad tiene dos aspectos:
    1.- La libertad de contratación (eliminando la esclavitud y el y el trabajo social)
    2.- La posibilidad de realizar cualquier género de actividad laboral.
  • Ley en México

    La ley del 8 de junio de 1813 autorizó a "Todos los hombres avecinados en las ciudades del reino a establecer libremente las fábricas y oficios que estiman convenientes sin necesidad de licencia o de ingresar a un gremio
  • Plan de Iguala

    Por Agustín de Iturbide, en el artículo 12º dice "Todos los habitantes del Imperio Mexicano, sin otra distinción que su mérito y virtudes, son ciudadanos idóneos para optar cualquier empleo"
  • Manifiesto Comunista

    Karl Marx y Friedrich Engels
    Exponen con claridad, la nueva concepción del mundo, el materialismo consecuente aplicado también al campo de la vida social, la dialéctica como la más completa y profunda doctrina del desarrollo, la teoría de la lucha de clases y del papel revolucionario histórico mundial del proletariado como creador de una sociedad nueva, comunista.
  • Contribución a la crítica de la economía

    Karl Marx publica esta obra en la que se da a conocer la teoría del materialismo histórico; que es la base teórica en la que se fundamenta la lucha del proletariado.
  • Influencia del Código Napoleón

    Los códigos civiles de 1870 (promulgado por el Presidente Beniro Juarez) y 1884 (promulgado por el Presidente Manuel González), se reguló el servicio doméstico, trabajo por jornada, a destajo oa precio alzado, el servicio de los porteadores y alquiladores y el aprendizaje , bajo la condición esencial de ser contratos civiles celebrados en términos de igualdad.
  • Period: to

    Huelgas: Sonora y Veracruz

    Las grandes aportaciones que trajo la lucha de los trabajadores fueron sobre todo que finalmente se crearan leyes justas y se regulara la relación entre el patrón y el trabajador. Pero sobre todo que se respetaran esas leyes. Algunas de las nuevas reformas que se hicieron fueron:
    Jornada laboral de 8 horas
    Protección al trabajo de mujeres
    Protección de menores
    Justa retribución al trabajo
  • Huelga de cananea

    Huelga de cananea
    (31-mayo-1906 a 3-junio-1906)
    Por primera vez se reclamo la jornada de 8 horas, se exigió la igualdad de trato para los trabajadores mexicanos y proporción mayor en su número respecto a extranjeros.
  • Primeras leyes laborales

    Éstas primeras leyes propuestas o los gobernadores Vicente Villa (1904 para Veracruz) y Bernardo Reyes (1906 para Nuevo León) se refiere de manera exclusiva a los accidentes de trabajo; inspiradas en una ley de Leopoldo II de Bélgica.
  • Huelga de Río Blanco

    La diferencia de esta huelga con la huelga de Cananea, fue que ésta tuvo un saldo de muertos y heridos de trabajadores muy grande.
  • Pacto de la Casa Obrero Mundial

    Creada por un pequeño grupo de trabajadores mexicanos y unos cuantos activistas extranjeros, la Casa del Obrero Mundial (COM) había sido concebida como un centro de reunión proletario, donde los trabajadores de una y otras actividades productivas comentaban sus posibles problemas.
  • Decreto Aguascalientes

    Se decretó en Aguascalientes la reducción de la jornada de trabajo a 9 horas, descanso semanal y se prohibió la reducción de salario.
  • San Luis Potosí

    Se dictó en San Luis Potosí un decreto fijando salarios mínimos. cuatro días mas tarde en Tabasco se redujo a 8 horas la jornada y se cancelaron las deudas de los campesinos.
  • Primera Ley de Trabajo de la Revolución Constitucionalista

    Aguirre Berlanga público el decretó "Primera Ley de Trabajo de la Revolución Constitucionalista", substituido y superado por el 28 de diciembre de 1915 con la prohibición de trabajo de los menores de 9 años, salario mínimo en el campo, y en la ciudad protección del salario y creación de las Juntas de Conciliación y Arbitraje
  • Period: to

    Reformas al artículo 123º

    Se aprobó la redacción del artículo 123, en lugar de reformar el artículo 5º, relativo a la libertad de trabajo.
    Se indicaba que correspondería a los estados y al Congreso de la Unión respecto al DF, dictar las leyes de trabajo reglamentarias.
    A la fracción IX, establece la fijación del tipo de salario mínimo que se hará por comisiones especiales.
  • Period: to

    Artículo 5 Constitucional.

    La materia de la libertad de trabajo y profesión, primero figuró como artículo 4 del Proyecto de Reformas de Carranza y del texto finalmente aprobado en 1917. Sin embargo, por efecto de una reforma llevada a cabo en 1974 esta materia pasó a formar parte del artículo 5.
  • Veracruz 1ª Ley de Trabajo

    En Veracruz se expidió la primera Ley de Trabajo en la República; fue precedente de la elaboración de la ley Federal del Trabajo de 1931.
  • Tratado de Versalles

    Pone fin transitorio a la 1ª Guerra Mundial, la "Declaración de Derechos Sociales" afirma "El principio rector del derecho internacional del trabajo consiste en que el trabajo no debe ser considerado como mercancía de comercio".
  • Confederación General de Trabajadores

    Su objetivo era la destrucción del sistema capitalista por medio de acción directa revolucionaria. Algunos fundadores fueron:
    - Rafael Quintero
    - Herón Proal
    - Luis Araiza, entre otros.
  • Federalización de la Legislación Laboral

    Emilio Portes Gil formulo un proyecto de reforma constitucional, donde una vez aprobado por el Congreso de la Unión modificó la fracción por el art. 73 y el preámbulo del art. 123, para el efecto de que solo el Congreso de la Unión pudiera dictar leyes en materia de trabajo.
  • Ley federal del trabajo

    La federalización de la Legislación Laboral (6-09-1929) obligo al dictado de la Primera Ley Federal del Trabajo que expidió el Presidente Pascual Ortiz Rubio.
  • Confederación General de Obreros y Campesinos de México

    La Confederación General de Obreros y Campesinos de México (CGOCM), fue otro intento de unificación del sector laboral, dirigida por Vicente Lombardo Toledano, en opinión de Severo Iglesias: "no representó un cambio en la conciencia del movimiento obrero".
  • Period: to

    Reformas al artículo 123º

    Se reforma la fracción XVIII, disponiendo que las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre diversos factores de la producción.
    En virtud de la adición a la fracción XXXI al artículo 123, (18 de noviembre de 1942), se dispone que la aplicación de las leyes del trabajo, correspondencia a los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, pero establece expresamente en cuales materias es competencia de las autoridades federales.
  • Declaración Universal de los Derechos del Hombre

    Los principios fundamentales del Derecho de Trabajo, los principios que sirven para asegurar "Al trabajador ya su familia, una existencia conforme a la dignidad humana".
  • Period: to

    Reformas al artículo 123º

    Se reforma la fracción XII, disponiendo que toda la empresa, estará obligada a proporcionar a los trabajadores, habitaciones cómodas e higiénicas; estableciendo las bases para la creación del INFONAVIT.
    A la fracción IV del apartado B, dispone que los salarios serán fijados en los presupuestos, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de ingresos.
  • Introducción de Prestaciones

    Días de descanso
    Pago de aguinaldo
    Prestaciones
  • Ley de Trabajo

    Esta Ley esta compuesta de 2 concepciones básicas, la ley descansa en la tesis de que los artículos 27 y 123 de la carta magna, que contienen la Declaración de los Derechos Sociales de los campesinos y de los trabajadores, y 2º la autonomía plena del derecho del trabajo, lo que implica que sus raíces, su sentido y su finalidad se hallan en el art.123.
  • Period: to

    Reformas al artículo 123º

    Adiciona un párrafo inicial al artículo 123, para disponer que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil y promoverán la creación de empleos; además, establece la atribución del Congreso de la Unión para expedir leyes del trabajo, reglamentarias de los apartados A y B.
    En virtud de la reforma del 17 de noviembre de 1982, al apartado B, se amplía la competencia de las autoridades federales para conocer de las relaciones laborales de las instituciones
  • Reformas al artículo 123º

    En la reforma del 27 de junio de 1990, al apartado B, fracción XIII, bis, se amplía la competencia con el conocimiento de las relaciones laborales de las entidades de la administración pública que formen parte del sistema bancario.
  • Reformas al artículo 123º

    La reforma al apartado B, fracción XIII, dispone que los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del Ministerio Público y miembros de instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes y en el caso de las instituciones policiales sus trabajadores podrán ser removidos de su cargo si no cumple con los requisitos que las leyes vigentes en el momento de la remoción señalen para permanecer en la institución, procediendo sólo la indemnización
  • Reformas al artículo 123º

    La reforma al apartado B, fracción XIII, adiciona a peritos y agrega que además de la indemnización tendrán derecho a las prestaciones conforme a la ley; además, regula el establecimiento de sistemas complementarios de seguridad social. Adiciona un párrafo, por el cual se dispone de que el estado proporcionará a los miembros del ejército, fuerza aérea y armada prestaciones y seguridad social.
  • Reformas al artículo 123º

    La reforma al apartado B, fracción IV, es en el sentido de establecer que los salarios serán fijados en los presupuestos designados sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de regímenes, sujetándose a lo que dispone el artículo 127 constitucional.
  • Reforma Laboral

    Felipe Calderón Hinojosa presento una iniciativa con proyecto de decreto para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
    Fue publicada en la Gaceta Parlamentaria el día 4 de Septiembre de 2012 en la primera sesión ordinaria del Pleno de esta Soberanía, celebrada el día 4 de septiembre de 2012.
  • Period: to

    Reforma Laboral

    En sesión ordinaria de la cámara de Diputados se aprobó el dictamen con proyecto de Decreto presentado por el ahora extitular del ejecutivo, siendo turnada a la comisión de Trabajo y Previsión Social Dictaminada y aprobada en la cámara de Diputados con 351 votos en pro, 128 en contra y 10 abstenciones. Felipe Calderón Hinojosa firma la promulgación del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
  • Aprobación, Promulgación y Publicación de la Reforma Laboral

    Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012.