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Siglo XVI, XVII y XVIII.
Leyes de indias.
Protección a la explotación del indigena en México y Perú. -
México
Sentimientos de la Nación por Morelos.
En su párrafo 12 expresa su moderación de la reforma laboral. -
Inglaterra
- Libertades colectivas. -Libertad de asociación.
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Belgica
-Constitución belga en su artículo 20 marca un precedente de la libertad sindical. -
Inglaterra
-Publicación del manifiesto comunista que contiene ´principios e ideas para avolir la explotacion de los trabajadores. -
México
La declaracion de derechos.
En sus artículos 4, 5 y 9 relativos al principio de que "nadie obligado a prestar trabajos personales sin una justa retribución y sin su pleno consentimiento". -
Francia
Derogación de las normas penales que sancionaban la formación de los sindicatos y de las huelgas. -
México
Maximiliano de Habsburgo suscribe el "Estatuto provisional del imperio" y en sus artículos 69 y 70 prohibió los trabajos gratuitos y forzados.
Expidió también la "Ley de trabajo del imperio" en la cual se establece la libertad de los campesinos para separarse de la finca a la que prestan sus servicios. -
Alemania
Promulgacion del Die Gewerbeordnung, primera ley reglamentaria de las relaciones de trabajo del siglo XIX. -
Alemania
La era de la tolerancia: libertad de asociarse de los trabajadores y suspención del trabajo por parte de los trabajadores. -
Alemania
Programa de Gotha, un esfuerzo en defensa de los derechos del trabajo. -
Francia
Reconocimiento a la personalidad jurídica de las asociaciones sindicales. -
Francia
Ley de accidentes de trabajo -
México
Gobernador del Estado de México dictó una ley en la que se declaró la responsabilidad en casos de riezgo de trabajo hasta por 3 meses.
- Gobernador de NL también impulsó una ley de accidentes de trabajo. -
México
- Obreros mineros de Cananea se declararon en huelga pero fueron aplastados por el gobernador de Sonora y el ejército estadounidense.
- Trabajadores textiles en Puebla hacen huelga y solo consiguen prohibir el trabajo a menores de 7 años.
- Partido liberal publicó un manifiesto y programa en favor de los derechos del trabajo, se recalcó la necesidad de crear las bases generales para una legislación humana del trabajo.
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Alemania
Constitución de Weimar, dedicó un capítulo a los derechos laborales. -
México
- En agosto en Aguascalientes se comenzó con la reducción de la jornada laboral a 9 hrs., descanso semanal y la reducción de los salarios.
- En septiembre en SLP se decretarón los salarios minimos.
- Primera Ley del trabajo de la revolución constitucionalista en Jalisco.
- En Veracruz se impuso el descanso semanal y se expidión la "Ley del trabajo del estado" resonada a lo grande en toda la república.
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México
- En Veracruz se promulga la "primera ley de asociaciones profesionales de la república".
- El general Salvador Alvarado en Yucatan expidió las leyes que se conocen como "las cinco hermandas" en donde incluye el derecho del trabajo.
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México
Aprobación del artículo 123 constitucional sobre derecho del trabajo -
México
Promulgacion de la constitución política de México, en su artículo 123 se operó una transformacion colosal del derecho del trabajo. -
Francia
Creación de la OIT en el tratado de Versalles. -
México
Decreto creador de la junta federal de conciliación y arbitrabje y de las juntas federales de conciliación. -
México
Se crea por vez primera la Ley federal del trabajo -
Estados Unidos de América
Carta de Naciones Unidas, en su artículo 55 habla del derecho del trabajo para todos. -
Declaracion universal de los derechos del hombre
en sus articulos del 20 al 25 se ocupa concretamente del derecho del trabajo. -
Colombia
Carta de la OEA con un capítulo para los derechos sociales y en su artículo 43 habla sobre normas del trabajo. -
Argentina
Reforma de la Carta de la OEA. -
México
Ley federal del trabajo vigente, que se basó en la primera ley de 1931.