Congreso

Antecedentes Históricos Del Derecho Argentino

  • Antecedentes Coloniales.

    Durante la dominación española se aplicaron las Leyes indias y leyes de Castilla
  • Period: to

    Consulado De Comercio De Buenos Aires

    Incorporo ordenanzas de Bilbao de 1737.
    El consulado actuaba como tribunal en asuntos mercantiles, cumpliendo la función administrativa y judicial.
  • Period: to

    Antes De la Codificación

    Creación de la asamblea para comerciantes Nacionales. (1813)
    Bolsa Mercantil (1821-1822)
    Decretos sobre actos de comercio (1822)
    Suprimir los concursos de acreedores. (1836-1858)
  • Period: to

    Codigo De Comercio

    Derogado por el articulo 4 de la ley Nro. 26.994.
    Rigió en Buenos Aires hasta 1860 y con la ley 15 se aprobó para todo el país.
  • Sancion del Codigo Civil

    Planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio.
  • Reforma 1889

    Modificaciones: Valor de uso y costumbre como fuente de derecho.
    Reducción de requisitos para matricula de comerciante.
    Cambios de reglamentación; transporte, fianza, entre otras.
    Ajuste de contratos de mutuo, deposito y prenda.
  • Reforma 1963

    Sanción de el decreto 5965/63, incorporando el viejo código de comercio sobre letras de cambio y pagares.
  • Reforma 1967

    Sanción de la ley Nro. 17.418, incorporando al viejo código de comercio en régimen de seguros.
  • Reforma 1972

    Ley 19.550, incorpora al viejo código al nuevo régimen sobre sociedades.
  • Reforma 1973

    Ley 20.094, incorpora al viejo código para la navegación y la ley 20.266 para los martilleros.
  • Reforma 1995

    Ley 24.452, incorpora nuevo régimen de cheques y la ley 24.522 de concursos y quiebras.
  • Reforma de 2009

    Ley 26.579 que modifica la edad para adquirir mayoría de edad.(De 21 a 18 años)
  • Period: to

    Nuevo Código Civil y Comercial de la Republica Argentina.

    Puso fin al proceso de unificación del derecho privado.
    Derogando, a través de la ley 26.994 al código de comercio de 1862.
    Considera a las personas en forma unificada y las clasifica como personas humanas o personas jurídicas, sin diferenciar entre sujetos comerciales y civiles.