Protec

DATOS PERSONALES

  • DERECHO HUMANO

    El derecho a la protección de datos personales se reconoce a nivel internacional como un derecho humano, después de la segunda guerra mundial
  • CIDH

    CIDH
    La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que se encarga de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano.
    CAPITULO I. ART. V
    Toda persona tiene derecho a la protección de la Ley contra los ataques abusivos a su honra, a su reputación y a su vida privada y familiar.
  • DUDH

    DUDH
    La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca el reconocimiento en la historia de los derechos humanos a nivel universal. Fue elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales y en esta dictan que:
    Artículo 12: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.
  • PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS.

    PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS.
    El pacto desarrolla los derechos civiles y políticos y las libertades recogidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
    Artículo 17: Derecho a la privacidad y su protección por la ley
  • RESOLUCIÓN 509

    RESOLUCIÓN 509
    Si bien no menciona la protección de datos directamente, concreta la necesidad de adoptar mecanismos de protección que comprenda la vida privada y otros derechos fundamentales que pueden verse afectados por las TIC.
  • AVANCE TECNOLÓGICO.

    Debido al gran avance tecnológico, informativo e industrial se ha dado un empleo intensivo en cuanto a información y datos personales por lo que en México, surge la preocupación de legislar el uso de la protección de datos personales.
  • PRIMER CONVENIO INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS.

    PRIMER CONVENIO INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS.
    Fue firmado por Alemania, Francia, Dinamarca, Austria y Luxemburgo. Conocido como "convenio 108". Se estableció una norma común Directiva/95/46/CE y es referente a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de los datos.
  • ASAMBLEA GENERAL DE LA ONU

    La ONU enumera una serie de principios para la protección de datos personales que aplica a nivel mundial
  • PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

    PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
    La ley orgánica 15, establece la protección de datos de carácter personal y se ha utilizado como referente del modelo europeo.
  • DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA

    Se reconoce el derecho a la Protección de Datos Personales como fundamental y autónomo, diferente al derecho a la intimidad y privacidad.
  • LEY FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.

    Se promulga la Ley Federal De Acceso de Transparencias y Acceso a la Información Pública y esto incluye la previsión general respecto a la posesión de datos y sus debidas disposiciones.
  • LINEAMIENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

    El IFAI publica las obligaciones de los entes públicos federales para recolectar los datos personales.
  • REFORMA DEL ARTÍCULO 73

    Se reforma el artículo 73, que tiene como objetivo, dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos de los particulares.
  • REFORMA AL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL.

    Se agrega el reconocimiento al derecho de la protección de datos personales como garantía fundamental y autónoma.
  • PRIMERA LEY DE TRANSPARENCIA

    Entrada en vigor de la primera ley de transparencia en el país, esto marcó el camino de la protección de datos a nivel nacional en el sector público.
  • PRIMERA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

    Se emite la Primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y aplica para los datos que estén en poder de privados.
  • PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE LOS PARTICULARES

    Su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares para regular su tratamiento legal.
  • IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

    Se reconoce el derecho a ejercer los puntos ARCO ante los responsables de las empresas.