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Articulo 3° de la Constitución
• Venustiano Carranza.
• "Art. 3. La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa, ni ministro de algún culto, podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria. Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial. -
PRIMERA REFORMA “LA REVOLUCIÓN CARDENISTA”
• Presidente en Turno: Lázaro Cárdenas
• "Artículo 3. "La educación será socialista Y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social. -
SEGUNDA REFORMA “LA RECTIFICACIÓN NACIONALISTA”
• Presidente en Turno: Manuel Ávila Camacho
• "Artículo 3. La educación que imparta el Estado -Federación, Estados, Municipios- tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia. -
TERCERA REFORMA “LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA A NIVEL CONSTITUCIONAL”
• Presidente en turno: José López Portillo,
• Artículo 3.- VIII.- Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas. -
CUARTA REFORMA “NUEVA RELACIÓN ESTADO-IGLESIAS”
• Presidente en Turno: Carlos Salinas de Gortari
• "ARTICULO 3. I. Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa; II. II. El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios (…). -
QUINTA REFORMA “LA EDUCACIÓN SECUNDARIA Y LA DEFENSA DE LOS PARTICULARES”
• Presidente en Turno: Carlos Salinas de Gortari.
• "Artículo 3o.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados y Municipios impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias. -
SEXTA REFORMA
• Presidente en Turno: Vicente Fox Quesada.
• ARTÍCULO 3.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado —federación, estados, Distrito Federal y municipios—, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria. -
SEPTIMA REFORMA
• Presidente en Turno: Felipe calderón Hinojosa.
• Artículo 3.- La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. -
OCTAVA REFORMA
• Presidente en Turno: Felipe calderón Hinojosa.
• Artículo 3.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias. -
NOVENA REFORMA
• Presidente en Turno: Enrique Peña Nieto.
• Artículo 3.- El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. -
DECIMA REFORMA
• Presidente en Turno: Enrique Peña Nieto.
• Artículo 3.- Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias. -
ONCEABA REFORMA
• Presidente en Turno: Andrés Manuel López Obrador.
• Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.