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ley en colombia
Las leyes en colombia hace parte de un proceso democrático que se desarrolla en el congreso de la república -
Preparación del proyecto de la ley
Se hace una radicación del proyecto de ley en la secretaría general o en las plenarias -
Publicación
El secretario general pública el proyecto en la gaceta del congreso -
Reparto
El presidente de la corporación asigna el proyecto a una de las 7 comisiones constitucionales permanentes dependiendo del tema -
Recepción
El proyecto llega a comisión y el secretario lo radica y lo clasifica -
Nombramiento del ponente
Ahi una mesa directiva designa y radica los ponentes y tendra 15 dias -
El primer debate
Comisión de cámara o de senado, y demora minimo 8 dias -
Ponencias
Las ponencias son publicadas o anunciadas antes de ser debatidas y votadas en comisión -
Proyecto Negativo
El proyecto puede ser archivado si la comisión aprueba la ponencia negativa -
Proyecto positivo
Se realiza un segundo debate si la comisión aprueba que es positivo -
Segundo debate
Plenaria de cámara o de senado debe salir también un texto aprobado -
Se cambia de corporación
Una vez aprobado como definitivo se envía a otra corporación, senado- cámara, cámara-senado -
Tercer y cuarto debate
se realiza el proceso en tercer y cuarto debate -
conciliación
después de esos dos debates se pasa a una conciliación, se requiere de una comisión accidental que integre a los dos textos y de como resultado uno, lo cual será votado por las dos corporaciones como informe de conciliación -
Aprobación
una vez aprobado el proyecto el presidente del congreso remite al presidente de la república el proyecto para su sanción, lo cual puede ser decidido a sanción presidencial o a objeciones presidenciales. -
Objeciones presidenciales
si el presidente considera inconveniente o inconstitucional el proyecto lo objeta, lo cual hacen una devolución al gobierno para estudios de objeciones. -
Congreso analiza las objecciones
Tienen dos opciones: Inconveniencia e inconstitucionalidad. si en ela inconveniencia rechaza, el presidente sanciona y promulga y si le acepta se va a archivo. en inconstitucionalidad si aceptan se va a archivo y si rechaza la corte decidirá sobre su procedencia y obliga al presidente. si declara inexequible se pasa a archivar . -
Sanción presidencial
El presidente firma y se promulga, el texto de la ley es publicado en el diario oficial y se convierte en ley de la republica.