-
documentos históricos importantes que fueron dando forma a la administración pública nacional
Informe Central del Visitador de José de Gálvez en el año 1771 -
Dictamen de Revillagigedo
-
Artículo 117
Posteriormente en 1824 en la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117. -
Period: to
La primera etapa fue la de la administración congresional
Durante ese período, la estructura de la administración pública se integró por cuatro ministerios: a) Relaciones Exteriores e Interiores; b) Justicia y Negocios Eclesiásticos; c) Hacienda, y d) Guerra y Marina. Se identifican varias etapas en el siglo XIX -
Ley de Secretarías de Estado
Venustiano Carranza en 1917 creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado. De esta manera, los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas. -
Articulo 90
De conformidad al artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM, 2016) se establece que “La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación”. -
Nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado
En 1958 se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy. -
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
La segunda mitad del siglo XX, otro hito que marcó la pauta de actuación de la administración pública fue la reforma administrativa, llevada a cabo durante el gobierno de José López Portillo, y que tuvo como principales directrices la de crear el sistema nacional de planeación y buscó tener una orientación programática con la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público. -
Estructura actual
Dentro de las reformas a la LOAPF el 15 de mayo de 1996 se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal (s.f.:9-8), esta dependencia principalmente se encarga de los siguientes asuntos:
Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República en todos aquellos asuntos que éste le encomiende.
Dar opinión al Presidente de la República sobre los proyectos de tratados a celebrar con otros países y organismos internacionales. -
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
En sus artículos primero, 26 y 45, establece que la Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado (18), la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran la Administración Pública Centralizada. -
Sistema Nacional Anti-corrupción
El avance más reciente que se ha dado en México para combatir la corrupción en el servicio público ha sido la promulgación de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA), en julio de 2016, que establece las bases mínimas para la prevención de actos de corrupción y aplicación de faltas administrativas en todo el territorio nacional.