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Reglamento para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado
Expedido por la Junta Soberana Provisional Gubernativa sirvió de base a la organización de la Administración Pública Federal durante la vigencia de la Constitución de 1824. Regulaba 4 ministerios: Secretaría de Estado y del Derecho Universal, Relaciones Exteriores e Internos, Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública y de Guerra -
Expedición de las Siete Leyes Constitucionales
La expedición de las Siete Leyes Constitucionales que introdujo el Sistema Central Unitario, no representó modificación en cuanto al número de ministerios. -
Fin de las Siete Leyes Constitucionales
Se puso fin a las Siete Leyes Constitucionales y se convocó a un nuevo Congreso extraordinario para dar nueva organización al país. Se mantuvieron los cuatro ministerios: Relaciones Exteriores e Interiores, Instrucción Pública e Industrias, Hacienda y Guerra y Marina. -
Junta Nacional Legislativa
La Junta Nacional Legislativa emitió las Bases de Organización Política de la República Mexicana, en su Art. 93 mantuvieron cuatro ministerios; Relaciones Exteriores, Gobernación y Policía, Justicia, Negocios Eclesiásticos, Instrucción Pública e Industria, Hacienda y Guerra y Marina -
Invasión Norteamericana
La invasión norteamericana forzó el cambio de residencia de los poderes federales a la Ciudad de Querétaro, donde permanecieron hasta 11 de junio de 1848 -
Antonio López de Santa Anna
Santa Anna modificó el número original de Secretarías de Estado al establecer cinco de ellas en un decreto de Bases para la Administración de la República, estas secretarías fueron: Relaciones Exteriores; Relaciones Interiores, Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública; Fomento, Colonización, Industria y Comercio; Guerra y Marina; y, Hacienda. -
Adición a las Bases para la Administración de la República
Santa Anna realizó adiciones a las Bases mencionadas, mediante las cuales estableció a la Secretaría de Estado y de Gobernación. Además cambió el nombre de la Secretaría de Hacienda por el de Hacienda y Crédito Público -
Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana
El presidente Comonfort expidió el 15 de mayo de 1856 el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana, en el cual se mantuvieron los ministerios de Relaciones Exteriores, Gobernación, Justicia, Fomento, Guerra y Hacienda. -
Leyes de Reforma
Como consecuencia de las Leyes de Reforma se modificó el nombre de la Secretaría de Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública por el de Secretaría de Justicia e Instrucción Pública. -
Benito Juárez
Los requerimientos de la guerra, llevaron a Juárez a reducir a 4 el número de Secretarías de Estado, uniendo la de Relaciones Exteriores con la de Gobernación y la de Justicia con la de Fomento. -
Manuel González
En el periodo en que fue presidente Manuel González se realizaron reformas al Procedimiento de Contabilidad Fiscal y se establece una sección de Crédito Público y otra de Estadística Fiscal dentro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. -
Porfirio Díaz
En los trescientos treinta meses en que Diaz estuvo ininterrumpidamente al frente del Poder Ejecutivo, la administración pública se desarrolló sobre todo en los siguientes aspectos: deslinde de tierras, comunicaciones, reorganización hacendaria, educación y fortalecimiento de las fuerzas armadas. -
Otras modificaciones
La administración pública sufrió otras modificaciones más: en mayo de 1901 se modificó la denominación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por la de Hacienda, Crédito Público y Comercio; y en mayo de 1905, la Secretaría de Justicia e Instrucción Pública fue substituida por la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes. -
Periodo Postrevolucionario
Al triunfar la revolución, Francisco I. Madero asumió la Presidencia después del período provisional de Francisco León de la Barra. Madero organizó la administración pública con ocho secretarías: Relaciones Exteriores; Gobernación; Instrucción Pública y Bellas Artes; Justicia; Fomento; Comunicaciones y Obras Públicas; Hacienda, Crédito Público y Comercio; y, Guerra y Marina. -
Venustiano Carranza
Carranza promulgó la Ley de Secretarías de Estado en que se establecieron siete secretarías y cinco departamentos. Éstas fueron: Gobernación; Relaciones Exteriores; Hacienda y Crédito Público; Guerra y Marina; Agricultura y Fomento; Comunicaciones y Obras Públicas; Industria, Comercio y Trabajo. Como departamentos se establecieron: Universitario y Bellas Artes; Salubridad Pública; Aprovisionamientos Generales; Establecimientos Fabriles y Aprovisionamientos Militares; y el de Contraloría -
Álvaro Obregón
En el tiempo que estuvo al frente de la Presidencia se estableció la Secretaría de Educación Pública. También fue establecido el Departamento de Estadística Nacional, encargado de compilar y publicar periódicamente los datos concernientes a la estadística, así como formar censos. -
Reforma a la Ley de Secretarías de Estado de 1917
Se reformó la Ley de Secretarías de Estado de 1917 a efecto de precisar las atribuciones del Departamento de Contraloría: inspección de las oficinas recaudadoras y pagadoras; contabilidad y glosa de egresos e ingresos; contabilidad de la nación; control previo de los egresos; deuda pública; relación con la Contaduría Mayor de Hacienda -
Plutarco Elías Calles
Se reformó la Ley Orgánica de Secretarías de Estado, al suprimirse el Departamento de Aprovisionamientos Generales y facultarse a las secretarías y departamentos de Estado para realizar la adquisición, por compra o fabricación, de todos los elementos necesarios para su funcionamiento. Expidió un decreto para el establecimiento de comisiones especiales de eficiencia en las secretarías y departamentos de Estado, procurando la modernización de los sistemas de contabilidad y archivo -
Pascual Ortiz Rubio
Se expidió la Ley sobre Planeación General de la República con la finalidad de coordinar y encauzar las actividades de las dependencias del gobierno, y conseguir así el desarrollo material y constructivo del país. De particular importancia fue el decreto presidencial expedido el 16 de diciembre de 1931, por el cual se creó la Comisión Jurídica del Poder Ejecutivo Federal, -
Abelardo Rodríguez
Creó el Departamento del Trabajo, se cambió la denominación de la Secretaria de Industria, Comercio y Trabajo por la de Secretaria de la Economía Nacional. Se modifica la Ley de Secretarías de Estado, suprimiéndose el Departamento de Contraloría, cuyas funciones pasaron a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público. Expidió la Ley de Secretarías de Estado, Departamentos Administrativos y Demás Dependencias del Poder Ejecutivo, en la cual se reglamentaron ocho secretarías y cinco departamentos. -
Lázaro Cárdenas
Reformó la Ley de Secretarías y creó el Departamento de Asistencia Social Infantil y el Departamento de los Ferrocarriles Nacionales de México. Promulgó otra reforma a la Ley de Secretarías, consistente en la creación de la Secretaría de Asistencia Pública y la desaparición del Departamento de Asistencia Social Infantil; Estableció nueve secretarías y los departamentos de Trabajo; Agrario; Salubridad Pública; Asuntos Indígenas; Marina Nacional; y Distrito Federal. -
Manuel Ávila Camacho
La estructura de la administración pública fue modificada de la siguiente manera: En diciembre de 1940 fue reformada la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado para crear la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Marina. En octubre de 1943 se creó la Secretaría de Salubridad y Asistencia, fusionando la Secretaría de Asistencia Pública y el Departamento de Salubridad Pública. -
Miguel Alemán
Expidió una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, en que se establecieron trece secretarías de Estado: Gobernación; Relaciones Exteriores; Hacienda y Crédito Público; Defensa Nacional; Marina; Economía: Agricultura y Ganadería; Recursos Hidráulicos; Comunicaciones y Obras Públicas; Educación Pública; Salubridad y Asistencia: Trabajo y Previsión Social; y Bienes Nacionales e Inspección Administrativa. Se mantuvieron dos departamentos: Agrario y del Distrito Federal. -
Adolfo López Mateos
Se expidió una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado. A la Secretaría de la Presidencia se le asignó competencia para estudiar las modificaciones que debían hacerse a la administración pública. Singular importancia revistió la reforma que durante este período se hizo al artículo 123 Constitucional para establecer el apartado B, mediante el cual se regularon constitucionalmente las relaciones laborales entre el Estado y sus trabajadores. -
Luis Echeverría Álvarez
Se reformó la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, para transformar al Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización en Secretaría de la Reforma Agraria, y al Departamento de Turismo en Secretaria de Turismo -
López Portillo
El Programa para mejorar la administración pública federal, establece cinco objetivos: 1.Organizar al gobierno para organizar al país, mediante una reforma administrativa para el desarrollo económico y social. 2. Adoptar la programación como instrumento fundamental de gobierno. 3.Establecer un sistema de administración y desarrollo del personal público federal. 4.Contribuir al fortalecimiento de la organización política y del federalismo en México. 5. Mejorar la administración de justicia. -
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado (18), la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran la Administración Pública Centralizada. Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen la administración pública paraestatal -
Art. 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Establece la existencia del Sistema Nacional de Planeación Democrática (SNPD), con la finalidad de fomentar el crecimiento de la economía para la independencia y democratización política, social y cultural de la nación.