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PRIMERA ETAPA
Por motivos de poner todo en orden en cuanto a la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra. -
ESTABLECIMIENTO DEL NÚMERO DE SECRETARIOS
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117. Para 1857 se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios. -
EL PRESIDENTE NOMBRA MINISTROS
Para 1857 se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios. -
CREACIÓN DE SECRETARIAS
Venustiano Carranza en 1917 creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado. -
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
Los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas. Así, la última ley que se expidió fue en 1958, el proyecto de tal, fue la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana. -
CREACIÓN DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL
Dentro de las reformas a la LOAPF el 15 de mayo de 1996 se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal.