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Época Colonial S. XVI-XIX
Se encontraban vigentes las leyes españolas que regían en Castilla como el fuero real, las 7 partidas, recopilación de leyes, la novísima recopilación, y las Leyes de Indias.
Había tipos de escribanos, públicos que tenían función notarial; de diligencias que hacían las veces de secretario del juzgado o actuario del juzgado; escribanos de oficio de hipoteca. -
México Independiente S. XIX
Federalismo (1824) la legislación notarial fue estatal; Centralismo ( 1835) las disposiciones notariales fueron generales, de aplicación en todo el territorio nacional. -
Federalismo
Surgen los requisitos para obtener el título de escribano- información de buena vida, cursado la academia, no haber estado procesado. -
Federalismo
Organización de los juzgados del ramo civil y criminal en el D.F. Escribano público trabaja como secretario en los tribunales civiles y los de ramo criminal -
Centralismo
La figura del Escribano pasa a ser de aplicación nacional. -
Ley para el arreglo provisional de la administración de justicia de los tribunales y juzgados del fuero común
Ingreso a la escribanía, se debía presentar un examen en el Colegio de Escribanos y después presentar uno teórico práctico en ante el Tribunal Superior. -
Manual del litigante (Federalismo, otra vez).
El oficio de escribano se podía comprar o heredar. -
Hipoteca
Oficio de hipoteca atendidos por los escribanos y cómo éstos deben matricularse en el Colegio. -
Requisitos del escribano
Necesidad de matricularse para ejercer la función. -
Ley para el arreglo de la administración de justicia en los tribunales y juzgados del fuero común
Los escribanos estaban integrados al poder Judicial; debían ser mayores de 25 años, estudios de gramática castellana y aritmética, materias de derecho civil y práctica forense, prácticas por dos años en el oficio, cursado un año en el colegio de escribanos. -
Obligaciones
Obligación por parte de los escribanos de avisar a las autoridades de los testamentos una vez muerto el testador. -
Decreto
Decreto sobre la actividad de los escribanos, anotadores de oficio de hipoteca. -
Leyes de Reforma
Ley de desamortización de los bienes de la iglesia en donde los notarios debían vigilar y hacer cumplir esta ley. -
Primera Ley Orgánica de Notarios
Bajo el mandato de Maximiliano se promulga la primera ley orgánica de notarios, se asumió el nombre de notario y se distingue su actividad. -
Ley orgánica de notarios y actuarios
Una vez regresado Benito Juárez al poder, se emite esta ley, dando las tareas y obligaciones de los notarios. -
Archivo General de Notarias
Se crea Archivo general de Notarias. El notario será un funcionario público. -
Ley del Notariado para el D.F.
Hay un examen de aspirante a notario y también se crea el consejo de notarios. -
Ley del Notariado para el D.F.
Hay un examen de oposición como medio de acceso al notariado. -
Ley del Notariado para el D.F.
El notario debe ser licenciado en derecho y también se creó el libro de registro de cotejos. -
Ley del Notariado para el D.F.
. Se amplió la actividad del notario en la tramitación de sucesiones intestamentarias y algunos otros actos de jurisdicción voluntaria.