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Francisco I. Madero crea Departamento del Trabajo dependiente de la Secretaría de Industria y Fomento
Francisco I. Madero crea el Departamento del Trabajo dependiente de la Secretaría de industria y fomento para resolver problemas obrero patronales.
Lo que buscaba Madero era que a través de la conciliación y conocimiento de estos conflictos se impartiera justicia a los trabajadores -
Se crean Consejos Conciliatorios
El gobernador de Yucatán Salvador Alvarado mediante el Congreso del estado crearon los Consejos Conciliatorios y la Conciliación forzosa dándole carácter obligatorio con el fin de resolver conflictos entre factores de producción (trabajadores y patrones).
Estuvieron vigentes desde 1917-2019 también llamados Juntas de Conciliación y Arbitraje y en la actualidad se llaman Tribunales Laborales. -
Constitución de 1917
Se promulga la primera Constitución en el mundo que elevaban los derechos de los trabajadores tanto individuales como colectivos (Art. 123 C.P.E.U.M) -
Se promulga la primera Ley Laboral Integral
El gobernador de Veracruz Juan S. Millán mediante su congreso promulga la primera Ley laboral Integral, es la primera en su género de todo el país porque contempla parte adjetiva como sustantiva (habla del contrato colectivo, la huelga, salario mínimo entre otros) y su origen se basa en el Art. 73 Constitucional -
Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
Se crea la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y a partir de aquí se establecen las dos grandes competencias para conocer y resolver conflictos obrero-patronales tanto en su ámbito federal como local -
Se promulga la primera Ley Federal del Trabajo
Es promulgada la Primera Ley Federal del Trabajo y entra en vigor el 18 de agosto de 1931.
Es de observancia obligatoria para toda la República, y el artículo 73, F. x Constitucional se deroga, siendo el Congreso de la Unión puede ser el único que puede expedir leyes de carácter laboral y se derogan todas las leyes estatales laborales. El proceso ordinario se divide en cuatro audiencias: de conciliación; de demanda y excepciones; de ofrecimiento y omisión de pruebas; y el desahogo de pruebas. -
Nueva Ley Federal del Trabajo
Es promulgada la Nueva Ley Federal del Trabajo (vigente) el 01 de mayo de ese año.
Hay logros con gran avance adjetivo y sustantivo, por ejemplo, ya se contempla el aguinaldo, la prima de antigüedad, créditos a través del FONACOT, el INFONAVIT, entre otros.
Se reduce a tres audiencias con el fin de mejorar el proceso: de conciliación, demanda y excepciones; de ofrecimiento y omisión de pruebas; y el desahogo de pruebas. -
Reforma Procesal
No hay modificación en la parte sustantiva, no hay aumento de aguinaldo, sigue siendo 8 hrs. de jornada así como también vacaciones de 6 días; sólo se modifica lo procedimental. Se reduce a dos audiencias: la primera (dividida en tres etapas) conciliación, demanda y excepciones, y ofrecimiento y omisión de pruebas; la segunda el desahogo de pruebas. -
Segunda Reforma a la Ley Federal del Trabajo
Es la Segunda vez que se reforma la Ley Federal del Trabajo el 30 de noviembre del 2012.
Se modifican aproximadamente 400 artículos, aunque sólo superficialmente, donde no se beneficia al trabajador. El artículo 502 es un ejemplo de los pocos beneficios que los trabajadores recibieron con esta reforma. Se retoman las tres audiencias (como en la reforma de 1970). -
Tercera Reforma de la Ley Federal del Trabajo
Se modifican temas que no se habían reformado. Se crean los Tribunales Laborales Federales y Locales y desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Nace el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Se crea el procedimiento de Conciliación Prejudicial, donde se señala que antes de acudir a los tribunales, se deberá acudir a los Centros de Conciliación. El procedimiento ordinario nuevamente se reduce a dos audiencias (como en 1980): la audiencia preliminar y la audiencia de juicio.