Antecedentes Historicos

  • EDICTO DE TURGOT

    EN QUE CONSISTE: Este ministro francés de fines del siglo XVIII, fisiócrata y discípulo de Quesnay, había proclamado que la fuente de los males franceses, desde el punto de vista industrial y comercial, se encontraba en la facultad concedida a los artesanos del mismo oficio para unirse y reunirse en cuerpos. Al promulgarse en 1776 su famoso edicto, que ponía fin a los gremios, declaró la concesión del derecho a trabajar cual prerrogativa de la realeza que el príncipe podía vender y los subditos.
  • CONDICIONES QUE DIERON LUGAR A SU ORIGEN Y PERIODO (EDICTO DE TURGOT)

    instancia a Turgot para que mediante un Edicto de Febrero de 1776 intentara la supresión de las corporaciones permitiendo la práctica libre del comercio, no obstante, este objetivo no fue del todo logrado. Con la Revolución francesa de 1789 se muestra la necesidad de crear las bases de una ciencia jurídica de carácter racional, hay una reacción en contra del derecho consuetudinario, se desprecian los usos y costumbres jurídicos considerándolos como un derecho meramente secundario
  • APORTACION MAS IMPORTANTE (EDICTO DE TURGOT)

    Este edicto proclama que el hombre puede dedicarse al oficio que le plazca. prohíbe las corporaciones por que estos iban contra la libertad de trabajo. con la Revolución Francesa de 1789 se impone el principio de libertad contractual.
  • Ley Le Chapelier

    Ley Le Chapelier
    EN QUE CONSISTE:
    La Ley Le Chapelier promulgada en Francia el 14 de junio de 1791, en plena Revolución francesa, instaura la libertad de empresa y proscribe las asociaciones y corporaciones gremiales de todo tipo. Es reconocida por su efecto de prohibir la libertad de asociación.
    Esta ley sigue muy de cerca el decreto de Allarde de 2 y 17 de marzo del mismo año, tanto en sus objetivos como por su proximidad histórica
  • CONDICIONES QUE DIERON LUGAR A SU ORIGEN Y PERIODO LEY DE CHAPELIER

    Las Revoluciones políticas liberal-burguesas abolieron las cargas feudales a las que estaban sometidos los campesinos, y las ordenanzas gremiales de los artesanos. Además, el liberalismo económico no sólo terminó con esas trabas o regulaciones económicas sino que estableció la libre contratación y prohibió la creación de organizaciones que agruparan a los trabajadores.
  • APORTACION MAS IMPORTANTE (LEY DE CHAPELIER)

    Art.1º.Siendo una de las bases fundamentales de la Constitución francesa la desaparición de todas las corporaciones de ciudadanos de un mismo estado y profesión, queda prohibido establecerlas de hecho, bajo cualquier pretexto o forma que sea.
    Art.2º.Los ciudadanos de un mismo estado o profesión, los empresarios, los que tienen comercio abierto, los obreros y oficiales de un oficio cualquiera, no podrán, cuandose hallaren juntos, nombrarse presidentes, ni secretarios, ni síndicos, tener registro.
  • Amaro del Rosal

    invoca como primer Congreso, celebrado en Londres en
    el mes de junio de 1847, el de la ‘‘Liga de los Comunistas’’, que precede a
    la publicación, un año después, del Manifiesto.
  • APORTACIÓN MAS IMPORTANTE ( EL MANIFIESTO COMUNISTA 1848)

    En 1847, cuando escribieron el Manifiesto, MyE tenían respectivamente 29 y 27 años, ambos se encontraban exiliados en Bruselas, Bélgica. Eran dirigentes de una organización internacional que se llamaba “La Liga de los Comunistas”, la elaboración del Manifiesto, fue una resolución encomendada por el segundo congreso de la Liga a los dos jóvenes revolucionarios. Por eso se llama “Manifiesto del Partido Comunista”.
  • EL MANIFIESTO COMUNISTA 1848

    EN QUE CONSISTE:
    Federico Engels fue el que elaboró el primer borrador del libro, el cual se conoce como Principios del Comunismo y el lector lo puede encontrar como anexo en la edición del IPS del Manifiesto Comunista publicada el año pasado. Sin ánimo de comparar, siendo la versión final sin duda la mejor, el primer borrador contiene partes magníficamente planteadas, y por sobre todo dialogadas, que sin quedar en la versión definitiva valen la pena ser leídas.
  • Condiciones que dieron lugar a su origen y periodo (EL MANIFIESTO COMUNISTA DE 1848)

    El Manifiesto no es (solo) una gran obra literaria sino un documento teórico, programático y estratégico con el que MyE se proponían contribuir a armar a la clase obrera que, por aquella época comenzaba a mostrar su ímpetu revolucionario. Ni Marx ni Engels eran profesores que buscaban la verdad científica por fuera de la historia. Marx ya se había visto obligado a renunciar a su carrera académica por sus ideas “subversivas”
  • Primera Internacional

    En 1862 y 1864 se tienen lugar en Londres dos conferencias preparatorias
    de la Primera Internacional, quiere decir, de la Asociación Internacional de
    los Trabajadores (AIT)
  • El documento fundatorio

    El documento fundatorio de la AIT de 1864, redactado el proyecto por
    Marx, tiene el tono de un documento orgánico, destinado a fijar los puntos
    principales de la organización de la AIT. Sin embargo, destaca la afirmación
    de que la emancipación de los trabajadores debe ser obra de los trabajadores
    mismos; que debe procurarse terminar con el dominio de clase
  • Conferencia Internacional en 1871

    Ésta, entre 1866 y 1876 se reúne de nuevo en Ginebra,
    Lausana, Bruselas, Basilea, Londres (Conferencia Internacional en 1871), La
    Haya, Ginebra y Filadelfia
  • congresos en Saint-Imier (Suiza)

    La fracción escisionista de la AIT (el grupo anarquista), entre 1872 y 1900
    lleva a cabo congresos en Saint-Imier (Suiza), Ginebra, Bruselas, Berna, Verviers (Bélgica), Londres (dos veces) y París. A su vez congresos internacionales socialistas se reúnen en Gante (Bélgica) y Coire (Suiza).
  • Seguro Social

    el Seguro Social implantado desde 1880
  • lugar en París

    Cinco Congresos y conferencias de tipo corporativo tienen lugar en París
    y Londres, entre 1883 y 1900
  • La Segunda Internacional

    La Segunda Internacional lleva a cabo su Congreso fundador en París, en
    1889 y los siguientes en Bruselas (1891), Zurich (1893), Londres (1896) y
    París (1900).
  • Ley de protección al obrero

    Alfred Hueck y H. C. Nipperdey invocan la Ley de protección
    al obrero de 1891,
  • Condiciones que dieron lugar a su origen y periodo (LA CASA DEL OBRERO MUNDIAL)

    En los años 90, coincidiendo con la implantación del neoliberalismo, la historiografía sobre el proletariado en México fue relegada, en ese sentido, la publicación en este 2010 —en que se conmemora el Centenario de la Revolución— del libro La Casa del Obrero Mundial, escrito por la doctora Anna Ribera Carbó, del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH-Conaculta), resulta novedosa al revalorar el papel que jugó la clase asalariada en ese periodo.
  • Condiciones que dieron lugar a su origen y periodo (HUELGA CANANEA 1906)

    En esa lucha, parecida a la de los obreros textiles de Río Blanco y sus familias, de forma elemental la clase trabajadora empezó a entender que el trabajo tenía un mayor valor del que el patrón paga por él, y que las condiciones en las que laboraban debían ser otras, no tan salvajes. Los mineros de entonces comprendieron que debían luchar si querían conseguir un cambio
  • HUELGA DE CANANEA 1906

    EN QUE CONSISTE : La Huelga de Cananea fue una huelga laboral en la mina de cobre de Cananea, Sonora, México contra la empresa "Cananea Consolidated Copper Company" (CCCC), propiedad de un coronel estadounidense llamado William C. Greene, la huelga es muy parecida a la de Río Blanco, Veracruz. Inició el 30 de mayo de 1906 y se dio por la explotación y la miseria que vivían los obreros, la injusticia y la desigualdad entre los trabajadores mexicanos y extranjeros donde.
  • HUELGA DE RIO BLANCO

    CONSISTIO EN :
    La Huelga de Río Blanco fue una rebelión obrera1 en la fábrica de tejidos de Río Blanco, en Veracruz, México, el 7 de enero de 1907, que se extendió a las fábricas aledañas de Nogales y Santa Rosa. La rebelión de Río Blanco es considerada un suceso precursor de la Revolución mexicana de 1910
  • Condiciones que dieron lugar a su origen y periodo ( HUELGA DE RIO BLANCO)

    A finales del siglo XIX y a principios del siglo XX, México estaba en pleno auge económico. El país estaba industrializándose debido al descubrimiento y posterior explotación del petróleo. Estas circunstancias propiciaron la inversión extranjera en el país y la modernización del mismo. Sin embargo, las condiciones políticas y sociales se encontraban en inestabilidad. La clase obrera no contaba con una posición privilegiada y protegida.
  • APORTACION MAS IMPORTANTE ( HUELGA DE RIO BLANCO)

    La CIDOSA construyó una iglesia y casas — en las que se prohibía la lectura de periódicos folletos y libros — que rentaba a los operarios, quienes ganaban 50 centavos al día, un pago por trabajo a destajo que no alcanzaba para satisfacer las necesidades básicas. Por ello, la Compañía les daba vales a los trabajadores para cambiarlos en la tienda de raya de la localidad, propiedad del español Víctor Garcín.
  • APORTACION MAS IMPORTANTE (HUELGA DE CANANEA)

    Esta huelga fue uno de los antecedentes más grandes de la Revolución de 1910. A Cananea se le llama "Cuna de la Revolución" por ser sede de un suceso que da origen, en parte, a este movimiento. Da cambio a la historia del país y permite construir grandes instituciones, entre otras la Constitución de 1917 donde se incluyen los derechos sociales
  • protección al menor

    la de protección al menor de 1903 y la Ley del trabajo a
    domicilio de 1911.
  • prevención de accidentes

  • LA CASA DEL OBRERO MUNDIAL

    EN QUE CONSISTE:
    La Casa del Obrero Mundial. Anarcosindicalismo y revolución en México, narra “la manera en que un puñado de trabajadores, entre artesanos y proletarios, asidos al pensamiento anarquista, creó una casa para educar y organizar a los obreros de la capital del país, y así preparar el advenimiento de una sociedad libre de cualquier forma de opresión”.
  • APORTACION MAS IMPORTANTE (LA CASA DEL OBRERO MUNDIAL)

    La fotografía que ilustra la portada del libro, en la que se ve a los integrantes de la Casa del Obrero Mundial (COM) ingresando a su sexta sede: la Casa de los Azulejos, en el centro de la Ciudad de México, que hasta mediados de octubre de 1915 había albergado al “elegante y antipáticamente aristocrático” Jockey Club; resume, en palabras de la historiadora, el contenido de su estudio.
  • sobre jornada máxima de trabajo.

  • Condiciones que dieron lugar a su origen y periodo ( DECRETO DEL 16 DE AGOSTO DE 1916)

    Que las disposiciones que se han dictado por las autoridades constitucionalistas para remediar la situación económica de las clases trabajadoras y el auxilio que se les ha prestado en multitud de casos, lejos de determinarlas a prestar de buena voluntad su cooperación para ayudar al Gobierno a solucionar las dificultades con que ha venido luchando a fin de implantar el orden y preparar el restablecimiento del régimen constitucional, han hecho creer a dichas clases que de ellas depende.
  • El Nacimiento del 123, es una especie de milagro político

    Carranza no tenía ninguna intención social. Unos meses antes, el 1° de agosto de 1916 había puesto en vigor el famoso Decreto que estableció la pena de muerte para los huelguistas, y tuvo procesado y condenado a muerte aunque después lo conmuto la pena por la más cómoda de cadena perpetua, a Ernesto Velasco, líder del entonces fundado Sindicato Nacional de Trabajadores Electricistas (SNTE) que había encabezado la huelga.
  • EL DECRETO DE 16 AGOSTO DE 1916

    EN QUE CONSISTIÓ:
    Para evitar que el problema del hambre se agudizara, el 16 de noviembre de 1916, Venustiano Carranza emitió un decreto por el cual todos los empleados, tanto públicos como privados, y los obreros, recibirían el 50% del pago de su salario en monedas de oro, recién emitidas por su gobierno. El resto del dinero se pagaria en papel moneda.
  • APORTACION MAS IMPORTANTE ( DECRETO DE 16 DE AGOSTO DE 1916)

    Que si bien la suspensión del trabajo es el medio que los operarios tienen para obligar a un empresario a mejorar los salarios cuando éstos se consideran bajos en relación con los beneficios que aquél obtiene, tal medio se convierte en ilícito desde el momento que se emplea no sólo para servir de presión sobre el industrial, sino para perjudicar directa e indirectamente a la sociedad, sobre todo, cuando se deja ésta sin la satisfacción de necesidades imperiosas
  • el 1° de diciembre de 1916

    En su discurso inaugural en el Constituyente el 1° de diciembre de 1916, Carranza puso de manifiesto que su intención reformadora tenía como objetivo principal colocar en situación de privilegio al Poder Ejecutivo por encima del Legislativo y el Judicial. Por supuesto que lo logró y a los jacobinos que encabezaba Francisco J
  • El Plan de Guadalupe

    El Plan de Guadalupe
    condensó los propósitos de la lucha por el restablecimiento de la vigencia de la Constitución violada, en él el ejército del pueblo se llamó constitucionalista, nombre que se aplicó después al movimiento revolucionario. De él nacieron: la nueva Constitución de 1917, la primera Declaración de derechos sociales de la historia y el derecho mexicano del trabajo.
  • crearon un artículo 123 constitucional sin apartados

    crearon un artículo 123 constitucional sin apartados
    Los constituyentes crearon un artículo 123 constitucional sin apartados, esto es, un régimen aplicable a todos los trabajadores.
  • La comisión del Congreso Constituyente, presidida por Francisco J. Mújica

    La comisión del Congreso Constituyente, presidida por Francisco J. Mújica
    La comisión del Congreso Constituyente, presidida por Francisco J. Mújica, rechazó energéticamente las limitaciones al campo de aplicación del derecho del trabajo, evitando sutilezas en la interpretación por los partidarios del derecho privado, quienes hasta esa fecha insistían en que tales relaciones no se incluyeran en la Constitución. Afortunadamente no fue así, pues la expresión constitucional es terminante
  • Y de una manera general todo contrato de trabajo

    Y de una manera general todo contrato de trabajo
    Con ello se dejaron a un lado las suspicacias e interpretaciones tergiversadas de quienes intentaban desvirtuar el sentido auténtico que el Constituyente quiso darle, que no fue el de crear un régimen de excepción, sino la inclusión en él de toda la clase trabajadora. En el discurso de Victoria está la idea fundamental del artículo 123: la constitución debería señalar las bases fundamentales para que las legislaturas locales expidieran las leyes del trabajo.
  • Nació nuestra Declaración de derechos sociales

    fuente de derecho agrario y del derecho del trabajo, como un grito de rebeldía del hombre que sufría injusticia en el campo, en las minas,en las fábricas y en el taller. Solo existía el derecho civil: para que el derecho del trabajo pudiera nacer fue preciso que la Revolución Constitucionalista rompiera con el pasado, destruyera el mito de las leyes económicas del liberalismo y derrumbara el imperio absolutista. Nació como un derecho nuevo, creador de nuevos ideales y de nuevos valores.
  • LA CONSTITUCIÓN DE 1917

    La influencia personal de Venustiano Carranza en esta obra fue mínima; los artículos más importante (27 y 123) están más bien ligados a nombres revolucionario como Andrés Molina Enríquez, Luís cabrera y Múgica. Para la elaboración del artículo 123 fue importante el discurso de un diputado de Yucatán (región que ya había producido un nuevo derecho laboral, como hemos visto), el obrero Héctor Victoria.
  • por que la garantías, además, ya no figura como derechos

    sino que quedan sujetas a la soberanía estatal. ... Punto de partida para esta rama del derecho posrevolucionario ha sido, desde luego el Artículo 123 constitucional. Durante los primeros años hubo duda sobre la competencia de las juntas de Conciliación y Arbitraje, allí previstas, respecto de conflictos individuales de trabajo (la constitución hablada de “capital” y “trabajo”, no de patronos y obreros) y sobre todo, dudas sobre el carácter de las juntas.
  • 5 de febrero de 1917

    Carranza, al promulgar la Constitución el 5 de febrero de 1917, regaló a los trabajadores el texto tutelar y formidable del 123 aunque en México no hubiera casi trabajadores. Pero a cambio de ello obtuvo el pleno apoyo de los jacobinos para sus intenciones de hegemonía ejecutiva. El 123 ha vivido desde entonces una vida intensa
  • pensiones a la vejez

  • las juntas eran tribunales

    la Suprema Corte de Justicia decidió claramente que las juntas eran tribunales y eliminaba toda duda sobre su constitucionalidad, actitud luego confirmada por un famoso estudio del Lic. Narciso Bassols”. Es así, como puede dilucidarse que el contenido de este precepto constitucional, trae consigo aparejado una serie de contiendas políticas y de movimientos sociales previos a su redacción formal en nuestra Carta Magna