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Edad Antigua
El trabajo era considerado impropio para los individuosy estaba a cargo de los esclavos. -
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Roma
De forma muy superficial y abstracta, discposiciones que regulan la prestacion del trabajo. -
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Trabajo como derecho civil
Se le encuadro como derecho civil bajo las figuras del arrendaiento y de la compra venta: su objeto eran esclavos y bestias. -
Jan 1, 1492
Edad Media
Gremios, agrupaciones de individuos que realizaban un mismo oficio, entre sus funciones estaban determinar condiciones conforme a las cuales prestarian sus servicios. -
Jan 1, 1521
Creación del derecho mexicano del trabajo (La colonia)
Nacen las leyes indias en la época colonial (1521-1810) buscan proteger a los aborígenes americanos. A pesar de las leyes protectoras exístia una gran desigualdad entre un indio y un conquistador. -
Jan 2, 1521
Las Ordenanzas
En la colonia existieron gremios, regulados por las ordenanzas y tanto éstas como la organización gremial, fueron instituciones que controlaban mejor la actividad de los hombres, bajo un gobierno absolutista. -
Edicto de Turgot
Se extinguen los gremios por diferencias de clase. -
Declaraciones Francesas
Se elevo la doctrina liberal a la categoria de derechos universales del individuo. -
Ley de chapellier
Primer instrumento legal de la burguesia en el poder para detener el nacimiento de la fuerza organizada del proletariado. -
abolición de la esclavitud
El día 19 de octubre de 1810 fue decretada la abolición de la esclavitud por Miguel Hidalgo y costilla en Valladolid. Posteriormente José María y Morelos tomo las riendas para un aumentar el salario. -
Abolicion de la Esclavitud
Fue el primer acto transcendental de los insurgentes -
Desaparición de gremios
Desaparecieron los gremios por declaración de la ley de 8 de junio de 1813, autorizó a todos los hombres avecindados en las ciudades del reino, a establecer libremente las fábricas y oficios que estimaran convenientes, sin necesidad de licencia o de un ingreso a un gremio. -
Apatzingan
Derechos universales del individuo. -
La época contemporánea
El derecho del trabajo nace en el siglo XX a causa de los factores siguientes:
I.-Profunda división de agrupamiento de dos sectores: dueños del capital y los que subsistían mediante el alquiler de su fuerza de trabajo (siglos XVIII y XIX) -
Aumento de 18 a dos horas mas de trabajo, salarios rebajados.
Para esta año existían aproximadamente 44800 mineros trabajanado en jornadas de 24 horas o mas consecutivas -
Creacion de la constitución de 1857
Santa Anna convocó a congreso constituyente, donde se crearon los artículos 4 y 5 y consignaron libertades de profesiones, industrria y trabajo, y el principio de que "nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin una justa retribucción y sin su pleno consentimiento." -
Ignacio Comonfort Expidió el Estatuto Provisional de la Republica Mexicana
Fue una legislación menor que las Leyes de Indias y de un carácter meramente civilista -
Ley del Trabajo del Imperia
En esta ley se consignó la libertad de los campesinos de separarse en cualquier tiempo de la finca a la que prestaran sus servicios, una jornada de sol a sol con dos horas de descanso, pagos semanales en efectivo, escuelas en haciendas donde vivieran 20 o más familias. -
Huelga de Cananea
En esta huelga los trabajadores exigían la obtención de mejores salarios y supresión de privilegios a trabajadores norteamericanos. -
Plan de San Luis Potosi
Francisco I. Madero convoca al pueblo al reestablecimiento de la constitución y lucha bajo el principio de la "no reelección" -
Decreto de Adiciones y Reformas del Plan de Guadalupe
Venustiano Carranza promueve leyes que favorezcan la condición de los Trabajadores, entre otros planos. -
Proyecto de Ley de Contrato
En la capital existió un proyecto para regular los contratos individuales y colectivos en el trabajo . -
Diputaciones de Yucatán y Veracruz
Estas diputaciones presentaron iniciativas de reforma al artículo 5º, que entre otras cosas se puede decir que eran reformas a favor de los trabajadores.
Incluyó:
Jornada máxima de 8 horas
Posteriormente se cambia a el artículo 123.
Prohibición del trabajo nocturno industrial de mujeres y niños
Descanso semanal -
Ejercito Constitucionalista
Los hombres armados recibieron el nombre de Ejército Constitucionalista. De éste movimiento nació la constitución de 1917 con la consagración de los Derechos de los Trabajadores. -
Promulgación de la Constitución Mexicana
Se reconocen los derechos sociales de los trabajadores. Se inicia posteriormente la explotación del hombre por el hombre. -
Constitución de 1917 y Artículo 123
Fue decepcionante, en el plano laboral , el proyecto Constitucional presentado por el primer jefe.
Ya que tenía verios planos llanos. -
Fracciones del artículo 123
I.- Jornada máxima 8 horas
II.- Jornada nocturna máxima de 7 horas.
III.- Jornada de jóvenes mayores a 12 y menores a 16 será máximo de 6 horas
IV.- Beneficios de descanso a mujeres embarazadas desde 3 meses antes del parto hasta el mes siguiente después del parto. Periodo de lactancia tendrá dos descansos extraordinarios por día
VI.- Salario justo y suficiente al trabajador
VII.- No discriminación, ni sexo ni nacionalidad -
Fracciones del artículo 123
VIII.- El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento
IX.- Fijación del salario mínimo y de la participación en las utilidades se hará por las comisiones especiales de cada municipio.
X.- El salario deberá pagarse en moneda de curso legal
XI.- Se deberá abonar como salario por el tiempo excedente en caso de circunstancias extraordinarias. -
Fracciones del artículo 123
XII.- En ciertos tipos de trabajo los trabajadores tendrán derecho a habitaciones cómodas e higiénicas por las que se cobrará una renta que no excederá del medio porciento mensual del valor catastral de las fincas
XIII.- En el lugar del centro de trabajo cuando la población sea mayor a 200 tendrá que haber espacios especiales para mercados e instalaciones de servicios municipales y recreativos.
XIV.- Los empresarios serán responsables de los accidentes y las enfermedades de los trabajadores. -
Fracciones del Artículo 123
XV.- El patrono está obligado a mantener las instalaciones higiénicas, salubres y seguras en caso de accidentes.
XVI.- Obreros y empresarios tendrán derecho de coaligarse con sus respectivos intereses.
XVII.- Huelgas lícitas como objetivo para construir equilibrio.
XIX.- Paros lícitos en caso de exceso de producción.
XX.- Diferencias o conflictos se solucionarán con una junta de conciliación y arbitraje -
Fracciones del Artículo 123
XXII.- El patrono que despida a un obrero injustificadamente, el trabajador podrá decidir si cumplir el contrato o recibir la indemnización siempre y cuando la junta este a favor de él
XXIII.- Los trabajadores tendrán preferencia en créditos
XXV.- El servicio para la colocación de los trabajadores será gratuito
XXVI.- Todo contrato entre un mexicano y extranjero deberá ser legalizado por la autoridad municipal -
Declaración de los Derechos Sociales
En esta declaración se estableció que la jornada de trabajo debería de ser de 8 horas, descanso semanal obligatorio, pago del salario en efectivo. prohibición de las tiendas de raya, indemnización por accidentes.