Derecho mercantil

Antecedentes del Derecho Comercial en Argentina

  • 1500

    Leyes de Indias y Leyes de Castilla

    Leyes de Indias y Leyes de Castilla
    A partir de la conquista americana, en nuestro territorio se aplicaron las Leyes de Indias para las colonias americanas y supletoriamente las Leyes de Castilla.
  • Period: 1500 to

    Antecedentes Coloniales

    En nuestro territorio se aplicaron las Leyes de Indias y supletoriamente las Leyes de Castilla. Con la creación del Consulado de Buenos AIres, se incorporó las Ordenanzas de Bilbao de 1737.
  • Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y Ordenanzas Reales de Castilla

    Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y Ordenanzas Reales de Castilla
    El Consulado de Comercio de Buenos Aires estableció el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y Ordenanzas Reales de Castilla, hasta 1859
  • Period: to

    Antecedentes Anteriores a la Codificación

    Producida la Revolución de 1810, sucedieron algunos antecedentes anteriores a la Codificación.
  • Matrícula para Comerciantes Nacionales

    Se creó por la Asamblea del Año 1813 la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales. normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
  • Bolsa Mercantil y la Ley Reglamentaria de Corredores y Martilleros

    Se creó la Bolsa Mercantil, sin embargo funcionó por un breve lapso y se dictó la Ley Reglamentaria de Corredores y Martilleros.
  • Decretos

    Rivadavia se encargó de dictar tres decretos sobre actos de
    comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
  • Código de Comercio

    Código de Comercio
    El Estado de Buenos Aires, confió en 1856 a Acevedo a preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmacio Vélez Sarfield. El cual se presentó al poder ejecutivo del en 1857 pero se aprobó en 1859, para regir solo en la Provincia de Buenos Aires. Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio.
  • Primera gran reforma

    1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos
    2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante
    3) Cambios en reglamentaciones sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras
    4) Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda,
    quitando el material que se consideraba civil.
  • Period: to

    Reformas del Código de Comercio de 1862

  • Decreto-Ley 5965/63

    Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
  • Ley N° 17.418

    Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
  • Ley 19.550

    Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio
    un nuevo régimen sobre sociedades.
  • Ley 20.094 / Ley 20.266

    Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio
    un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
  • Ley 24.452 / Ley 24.522

    Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio
    un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
  • Ley 26.579

    Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad
    para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
  • Period: to

    Nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina

    El primero de Agosto de 2015, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en Argentina.
    Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.