-
John Locke
Creador de la teoría del estado de derecho individualista y liberal burgués).
El fin principal de esta teoría era conservar su propiedad, mediante la estructura de un parlamento, en la que no intervenían hombres sin riqueza ni tierra, ya que no tenían que defender.
Se legitimó la división entre:
• Poseedores de tierra y riqueza
• Hombres sin tierra ni riqueza -
Rabaut de Saint – Etienne
Afirmó que los derechos fundamentales de cada hombre eran:
• La Libertad
• La Igualdad
• La Propiedad -
La Asamble Nacional de Francia
Ratificó las ideas de Locke y los Fisiócratas en el debate de la Declaración de los derechos del hombre -
Ley de Chapelier
La más cruel expresión del propósito de la burguesía de explotar al hombre.
Fue la declaración de guerra que lanzó el estado individualista y liberal burgués a los trabajadores. -
Fisiócratas
Mercier de la Rivière, habla de la justificación de la propiedad, en un párrafo.
“.. La propiedad no es otra cosa que el derecho de gozar. Atacar la propiedad es atacar la libertad y alterar la libertad es alterar la propiedad.” -
Código Penal y el Código Civil de 1810
Rompió el principio de igualdad de los hombres ante la ley. -
HEDAD HEROICA
La ley inglesa de Francis Place -
HEDAD HEORICA
-
Carlos Marx
Manifiesto comunista, nos dice que “la lucha de las clases es la ley fundamental de la historia” -
LA ERA DE LA TOLERANCIA
Fue en la revolución de 1848, que los obreros lograron que la comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical). -
La constitución de 1857
Ponciano Arriaga; en el discurso de presentación se inclinó por la doctrina de los derechos naturales del hombre.
• Art 4. Consagró la libertad del trabajo.
• Art 5. Dispuso que nadie pueda ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
• Art 9. A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito. -
Huelga de mineros en Cananea,
-
Conflicto textil en Puebla
Concluyó con el laudo inhumano del presidente Díaz en Enero de 1907. • El cual solo tuvo como consecuencia benéfica la prohibición del trabajo a niños menores de 17 años -
La ley de Agustín Millán
Primera ley que reconoció el estado de Veracruz la legitimidad de las asociaciones obreras.
La facultad de asociarse esta reconocida como un derecho natural del hombre.
Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patronos no acceden a las huelgas.
Todos los países civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia. -
La Declaración de Derechos Sociales de 1917 y el Derecho Colectivo del Trabajo.
-
EDAD HEROICA
Industriales textiles de Puebla -
Huelgas mineras en Chihuahua
Fueron destruidas con un número alto de obreros muertos. -
Ley federal del Trabajo
Art 56. Nos dice que “las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta ley.” -
HEDAD HEROICA
Muro de Berlín -
D´Allarde
Condujo a una ley que proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones.
Esta ley prohibió todas las instituciones del derecho colectivo del trabajo.
Art 4. Declaró ilícita la fijación de condiciones generales de trabajo.
La huelga caía dentro de los actos delictivos.
Art 2. Prohibió la asociación profesional.