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1321
Época prehispánica
instituciones similares a las de Seguridad Social, desde la
época de Moctezuma II, en el pueblo azteca, protegía principalmente a guerreros que recibían atención
médica, en establecimientos parecidos a los hospitales, en los
que también se atendía a los enfermos del pueblo. Existiendo
un servicio especial, muy parecido al Seguro de Invalidez. -
1521
Primer Hospital de la Nueva España
Al día siguiente de la conquista, el propio Cortés
fundó el Hospital Tlaxpana, que funcionó muy pocos
años. -
1529
Fundación del Hospital Real de los Naturales
Fray Pedro de Gante, lo funda en la Ciudad de
México y es destinado exclusivamente a los indios y fue durante la colonia. -
1567
Fundación el Hospital de san Hipólito
Fundado por el venerable Bernardino Álvarez, para los convalecientes y “Los que pierden el juicio” -
Ley sobre montepíos
se expidió la Ley sobre
montepíos, en la que se ampliaron los servicios para los
empleados federales. -
Consejo de Salubridad
Se inicia un repunte con la creación del Consejo de Salubridad. -
Hermanas de la caridad
Se expidió un decreto que permitió
la entrada al país, de las famosas Hermanas de la Caridad,
enfermeras de profesión que trataron de renovar los servicios
hospitalarios. -
Creación de la Dirección General de Beneficencia
El Presidente Benito Juárez decretó la creación
de la Dirección General de Beneficencia, para centralizar los
servicios hospitalarios y para organizar, coordinar y sostener
los medios de beneficencia pública, a fin de convertirlo en un
servicio público dependiente del Estado. -
Ley de Accidentes de Trabajo del Estado de México
Como antecedentes verdaderos de la Legislación
Moderna sobre aseguramiento de los trabajadores, tenemos la expedición de la Ley de Accidentes de
Trabajo del Estado de México -
Formulación un proyecto de Ley de accidentes
Proyecto que establecía las pensiones e indemnizaciones a cargo del patrón, en el caso de incapacidad o muerte del trabajador por
causa de un riesgo profesional. -
Base Constitucional del Seguro Social
La base constitucional del seguro social en México se
encuentra en el artículo 123 de la Constitución General de la
República, que fue promulgada el 5 de febrero -
iniciativa de Ley sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
En ella se proponía la creación de un Instituto Nacional de Seguros
Sociales, de administración tripartita pero cuya integración
económica habría de corresponder exclusivamente al sector
patronal. -
Modificación de la fracción (Vigésimo Novena) XXIX del artículo 123 Constitucional p
El Congreso de la Unión modificó la fracción
para establecer que “Se considera de utilidad pública la expedición
de la Ley del Seguro Social y ella comprenderá seguros de
invalidez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de
enfermedades y accidentes y otros con fines análogos” -
Ley del Seguro Social
“Proteger a los trabajadores y asegurar su existencia, su salario, su capacidad productiva y la tranquilidad de la familia; contribuir al cumplimiento de un deber legal, de compromisos exteriores y de promesas gubernamentales”. El Congreso aprobó la iniciativa y publicada en el Diario Oficial, -
Fundación ISSSTE
Y goza de sustento jurídico con la publicación de la Ley Federal
del ISSSTE expedida el 28 de diciembre de 1959 -
“El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla
Se emite la Ley que crea “El
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores
al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla”, siendo
Gobernador Constitucional del Estado, el Lic. Guillermo
Jiménez Morales.