Antecedentes

  • Period: 4000 BCE to 476 BCE

    Edad antigua

    Cuando defendía a su tribu de pueblos vecinos o enemigos cuando los invadían o saqueaban para beneficiarse y obtener algún provecho para su grupo, era a través de la guerra, en donde el jefe o el más fuerte era quien subordinaba a su contrincante.
  • Period: 1200 BCE to 146 BCE

    Magíster gentis

    El Maestro del Pueblo resolvía los conflictos entre las familias, el sistema utilizado guardaba más similitud con el arbitraje actual o el proceso judicial (juez), la cuestión se ponía en manos de un tercero que era neutral al que las partes se sometían.
  • Period: 540 BCE to 470 BCE

    Heráclito

    Consideraba que la vida era un constante cambio, de esta manera visualizaba, el conflicto como un promotor de cambios y a su vez, los cambios, como generadores de conflictos.
  • Period: 510 BCE to 330 BCE

    Tesmotetes

    Tenían competencia para analizar las causas generadoras del litigio e intentaban acercar a las partes para obtener un acuerdo por la vía de la transacción.
  • Period: 464 BCE to 390 BCE

    Ley de las Doce Tablas

    Texto legal que contenía normas para regular la convivencia del pueblo romano.
  • 450 BCE

    Ley del Talión

    Ley del Talión
    Ojo por ojo y diente por diente, es decir, hacer sufrir al delincuente el mismo daño que él había causado a la víctima.
  • Period: 476 to 1000

    Concilium romano

    Asamblea exclusivamente de la plebe, en dichas asambleas, las personas se reunían a realizar negocios, resolver disputas, entre otras cosas.
  • Period: 1000 to

    Nueva Zelanda

    Las personas mayores reúnen a las personas involucradas en el conflicto con el fin de que el delincuente asuma su culpa se responsabilice de sus actos y repare el daño
  • Period: 1503 to 1512

    Ordenanzas de Burgos y de Sevilla

    Trata de conciliaciones voluntarias, llevadas a cabo ante el Prior y los Cónsules que conocerían del proceso, encontrándose su regulación en el capítulo XVII de la ordenanza de Burgos y XII en la de Sevilla.
  • Period: to

    Irlanda

    La justicia restaurativa se remonta a las denominadas Leyes Brehon que arbitraba disputas e imponía sanciones.
  • Ordenanzas de Bilbao

    Ordenanzas de Bilbao
    Establece la obligatoriedad de la conciliación ante el Prior y los Cónsules, siempre que las partes "pudieran ser habidas".
  • Victoria de la Revolución Francesa

    Victoria de la Revolución Francesa
    Tras la victoria, la justicia deja de ser administrada por la autoridad absoluta, se genera la división de los poderes en ejecutivo, legislativo y judicial.
  • Period: to

    Francia

    La conciliación fue establecida por la Asamblea Nacional en las leyes.
  • Código de Procedimientos Civiles napoleónico

    Desde su creación se establecieron observaciones sobre el contenido del compromiso arbitral el cual debía contener el objeto del litigio, los nombres de los árbitros y aplicarse en conflictos presentes.
  • Constitución de Cádiz de 1812

    Constitución de Cádiz de 1812
    Tuvo origen como medida general la Conciliación y alcanza el más alto rango legal, regulándose en el título V, capítulo II.
  • Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano

    Art. 58.- Los consulados... sólo deberán ejercer el oficio de jueces conciliadores en asuntos mercantiles; y podrán también hacer el de árbitros por convenio de las partes.
    Art. 71.- A toda demanda civil o criminal debe preceder la junta conciliatoria... se previene que los hombres buenos presentados por las partes, o no sean abogados, o si lo fueren, no se admitan después en el tribunal para defender a las mismas partes, en caso de seguir el pleito en materia de la conciliación.
  • Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824

    Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824
    Art. 155.- No se podrá entablar pleito alguno en lo civil o en lo criminal, sobre injurias, sin hacer constar, haberse intentado legalmente el medio de la conciliación.
    Art. 156.- A nadie podrá privarse del derecho de terminar sus diferencias por medio de jueces árbitros, nombrados por ambas partes, sea cual fuere el estado del juicio.
  • España

    A partir de la Constitución de 1824 se instituye en este país, la Conciliación.
  • Cámara de Comercio Internacional

    Cámara de Comercio Internacional
    El Código de Comercio francés también estableció el arbitraje pero sólo para conflictos marítimos y futuros. El país es sede de la Cámara de Comercio Internacional, principal institución para la resolución de conflictos comerciales de carácter internacional y cuya Corte Internacional de Arbitraje, creada en 1923, ha administrado más de 12,000 arbitrajes internacionales.
  • Japón

    En los tribunales japoneses se dispuso legalmente la conciliación como método para la solución de las desavenencias personales entre las partes que acudían a un Tribunal.
  • China

    Se crearon los comités populares de conciliación, en los cuales, los vecinos de una comunidad, se organizaban voluntariamente para crear estrategias de comunidad y entendimiento en los conflictos que surgían en su comunidad.
  • Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

    Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
    Las controversias entre los trabajadores o sus beneficiarios y el Instituto, obre derechos de aquellos se resolverán por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
  • Ley Federal de Protección al Consumidor

    Ley Federal de Protección al Consumidor
    La Procuraduría Federal del Consumidor fundamenta su proceder en la conciliación y el arbitraje, es decir, un tercero ajeno al conflicto propone posibles soluciones o bien, decide la solución.
  • Ley Federal del Mar

    Art. 9.- ... El Poder Ejecutivo Federal no reconocerá la extensión unilateral de las zonas marinas de un Estado vecino, más allá de una línea media, cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del Mar Territorial mexicano. En estos casos, el Poder Ejecutivo Federal buscará la negociación con el Estado vecino en cuestión, a fin de acordar una solución recíprocamente aceptable.
  • Dr. Jorge Pesqueira Leal y Dr. Miguel Soto Lamadrid, profesores de la Universidad de Sonora

    Dr. Jorge Pesqueira Leal y Dr. Miguel Soto Lamadrid, profesores de la Universidad de Sonora
    Promueven una nueva opción, coadyuvante en la impartición de justicia en el país, una metodología sistematizada que ofrece opciones para resolver las diferencias entre las partes en conflicto, a través de una forma pacífica.
  • Instituto de Mediación de México

    Se crea la primera institución de mediación en el país, en la Ciudad de México.
  • Unidad de Mediación Familiar y Comunitaria de la Universidad de Sonora

    Se crea la Unidad de Mediación Familiar y Comunitaria de la Universidad de Sonora
  • Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

    Tiene dentro de sus objetivos principalmente dos tipos de acciones para llevar a cabo:
    Por un lado las de corte preventivo que tienen como objetivo el orientar, informar y promover la educación financiera.
    Por otro lado las correctivas que nacen con el propósito de atender y dentro de lo posible lograr resolver las quejas o reclamaciones tanto de los usuarios como de los servicios financieros.
  • El Tribunal Superior de Justicia de Baja California Sur crea el Centro de MediacióN

    Los servicios de este organismo público son gratuitos y atiende:
    a) Asuntos civiles.
    b) Familiares.
    d) Vecinales.
    e) Escolares.
    f) Laborales.
    g) De menores.
  • Ley de Justicia Alternativa de Colima

    El Estado de Colima se incorpora al movimiento de los MASC al promulgar su Ley de Justicia Alternativa.
  • Aguascalientes promulga la Ley de Mediación y Conciliación

    Tiene por finalidad regular los métodos alternos como medios voluntarios y opcionales al proceso jurisdiccional, para que las partes resuelvan sus controversias cuando éstas recaigan sobre derechos de los cuales pueden disponer libremente sin afectar el orden público.
  • Centro Estatal de Justicia Alternativa de Colima

    Órgano auxiliar del Poder Judicial con el objetivo de regular, evaluar y fomentar el ejercicio de los métodos alternos de solución de conflictos en dicho estado, atendiendo controversias civiles, familiares, mercantiles y penales.
  • Oaxaca

    Ley de Mediación para el Estado de Oaxaca
    Centro de Mediación del Poder Judicial del Estado de Oaxaca
  • Ley de Medios alternos de solución de controversias de Coahuila

    Coahuila de Zaragoza se integra a la corriente de las regulaciones específicas sobre Justicia Alternativa en México. Dicha normativa tienen como objetivo regular y fomentar el desarrollo y aplicación de los métodos alternativos de solución de conflictos interpersonales, como opciones distintas a las jurisdiccionales, a las que las partes pueden acudir a fin de prevenir y solucionar sus diferencias en forma pacífica y colaborativa.
  • Nuevo León

    Ley de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos.
    Centro Estatal de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos.
  • Veracruz

    Centro Estatal de Medios Alternativos para la Solución de Conflictos.
    Ley de Medios Alternativos para la Solución de Conflictos.
  • Jalisco

    Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco.
    Instituto de Justicia Alternativa.
  • Tlaxcala

    Unidad de Mediación y Conciliación.
    Ley que regula el sistema de Mediación y Conciliación.
  • Concilianet

    Concilianet
    Este es un módulo de solución de controversias en línea, en el que se desahogan las audiencias de conciliación vía Internet con aquellos proveedores de bienes y servicios que tienen celebrado un convenio de colaboración con la Procuraduría para tal fin. Las ventajas para la y el consumidor son:
    - No requiere acudir a una Delegación, Subdelegación o Unidad de Servicio.
    - La entrega de los documentos es través de Internet y en formato electrónico.
    - Menor tiempo para la solución de la reclamación.
  • Hidalgo

    Ley de Justicia Alternativa para el Estado de Hidalgo.
    Centro Estatal de Justicia Alternativa.
  • MASC legislados en México

    MASC legislados en México
    Los Medios alternos de solución de los conflictos son legislados en México a partir de la reforma que se hace al artículo 17 de la Constitución Mexicana.
  • Zacatecas

    Centro de Justicia Alternativa.
    Ley de Justicia Alternativa.
  • Ley de Justicia Penal Restaurativa de Durango

    Tiene como objetivo asegurar la reparación del daño mediante la mediación, la negociación, la conciliación, entre otros métodos alternos según lo establecido en la ley de Durango, sin afectar el orden público.
  • Nayarit

    Ley de Justicia Alternativa.
    Centro Estatal de Justicia Alternativa.
  • San Luis Potosí

    Ley de Mediación y Conciliación para el Estado.
    Centro Estatal de Mediación y Conciliación.
  • Puebla

    Código de Procedimientos Civiles y Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social.
    Centro Estatal de Mediación.