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1991
El artículo 7º de la Constitución Política de Colombia declara: El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
Esta constitución también determina, la obligación de garantizar la participación de las mujeres en los niveles decisorios de la administración pública y reconoce la igualdad plena de los hombres y mujeres condenando cualquier forma de discriminación y segregación contra la mujer. -
Period: to
Reconocimiento de la diversidad en Colombia.
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Ley 47 del 19 de febrero de 1993
Dictan normas especiales para la organización y el funcionamiento del departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina”. Esta Ley tiene por objeto dotar al departamento del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina de un estatuto especial que le permita su desarrollo dentro marco fijado por la constitución, en atención a sus condiciones geográficas, culturales, sociales y económicas. -
Ley 397 de 1997 ‘Ley de Cultura’
Define lineamientos básicos para garantizar los derechos culturales de todas las colombianas y colombianos basándose en el respeto a la diversidad y el estímulo a la creación y el goce efectivo de la enorme diversidad de manifestaciones culturales. -
Resolución No. 022 del 2 de septiembre de 1999
Ministerio del Interior y de Justicia. Reconoce el Pueblo Rrom (Gitano) como grupo étnico Colombiano. -
Objetivos De Desarrollo Del Milenio (ONU)
El tercer objetivo del milenio contempla promover la igualdad de género y la autonomía de la mujer. Los objetivos son adoptados por el distrito en el acuerdo 301 de 2007. -
Ley 725 de 2001
Establece el día nacional de la afrocolombianidad. -
Carta Andina para la Protección y Promoción de los Derechos Humanos
Señala la obligación de los estados en proteger a las personas de la discriminación que pueda resultar de su orientación u opción sexual y demanda de los estados el desarrollo de legislaciones al respecto. -
Acuerdo 79 de 2003. Código de Policía de Bogotá.
Artículo 10°: Respetar las manifestaciones de las personas, independientemente de su etnia, raza, edad, género, orientación sexual, creencias religiosas, preferencias políticas y apariencia personal. -
Sentencia C-507
El estado colombiano adquirió, el deber a adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer. -
Acuerdo 175 de 2005
Obliga a la formulación de una política pública y un plan de acciones afirmativas para los afrodescendientes en Bogotá. Igualmente institucionaliza la celebración del 21 de Mayo como día de la Afrocolombianidad en el Distrito. -
Ley 1098 de 2006
Define el “Código de la Infancia y la Adolescencia” que determina medidas para la protección integral y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. -
CEDAW (Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer
Conmina al Estado colombiano a pasar del reconocimiento formal de los derechos de las mujeres, a su garantía, efectividad y ejercicio, en condiciones de igualdad con los hombres y a realizar acciones de exigibilidad, en los casos en que no se cumplan y de restablecimiento y reparación cuando éstos sean vulnerados. -
Ley 1237 de 2008
Por medio de esta ley se promueven, fomentan y difunden las habilidades, talentos y las manifestaciones artísticas y culturales de la población con algún tipo de limitación física, síquica o sensorial.