Datperprot

Actividad 1: Protección de datos personales.

  • Declaración Universal de Derechos Humanos, ONU.

    Declaración Universal de Derechos Humanos, ONU.
    Adopta el documento conocido como Declaración Universal de Derechos Humanos, en la que el artículo 12 señala que las personas tienen derecho a la protección de la ley de sus datos personales.
  • Primera ley de protección de datos (Datenschutz), Alemania.

    Primera ley de protección de datos (Datenschutz), Alemania.
    En 1970 fue aprobada la primera ley de protección de datos (Datenschutz). En 1977, el Parlamento Federal Alemán aprueba la Ley Federal Bundesdatenschutzgesetz. Estas leyes impiden la
    transmisión de cualquier dato personal sin la autorización de la persona interesada.
  • Primera ley en el mundo, Suecia.

    Primera ley en el mundo, Suecia.
    En Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particularescontando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la misma llamado Data Inspektion Board.
  • Privacy Act, Estados Unidos.

    Privacy Act, Estados Unidos.
    Establece un código de prácticas de información justa que gobierna la recopilación, mantenimiento, uso y difusión de información sobre individuos que se mantiene en sistemas de registros por agencias federales.
  • Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

    Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
    En el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico se pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos.
  • Primer convenio internacional de protección de datos, Unión Europea.

    Primer convenio internacional de protección de datos, Unión Europea.
    Fue firmado en 1981 por Alemania, Francia, Dinamarca, Austria y Luxemburgo. Es conocido como “Convenio 108” o “Convenio
    de Estrasburgo”. En los 90’s, se establece una norma común que se denominó Directiva 95/46/CE. La directiva es referente a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
  • Ley de Protección de Datos, Brasil.

    Ley de Protección de Datos, Brasil.
    Como primer país latinoamericano promulga una Ley de Protección de Datos; en América Latina, las leyes de protección de datos personales surgen como una necesidad derivada del incremento del uso de las tecnologías de la información y el aumento de las vulnerabilidades asociadas.
  • La ley Orgánica 15, España.

     La ley Orgánica 15, España.
    Establece la Protección de Datos de Carácter Personal. Está
    ley ha sido importante para Latinoamérica porque se ha utilizado como firme referente del modelo europeo.
  • Reforma el artículo 6° de la Constitución, México.

    Reforma el artículo 6° de la Constitución, México.
    Se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada: Artículo 6.-
    II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes...
  • Derecho de Protección de Datos Personales, México.

    Derecho de Protección de Datos Personales, México.
    Contemplándose dentro del artículo 6 Constitucional. Mientras que en el 2009, el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, incorpora el Derecho de la Protección de Datos Personales como derecho fundamental. Reconoce autonomía y la dota de contenido.
  • Legislar la protección de datos personales en posesión de las empresas particulares, México.

    Legislar la protección de datos personales en posesión de las empresas particulares, México.
    Desde julio de 2007 se comienzan acciones con la intención de legislar la protección de datos personales en posesión de las empresas particulares.
  • Proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, México.

    Proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, México.
    Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares, quedando de la siguiente manera:
    Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
    ...
    XXIX N. Para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de
    particulares. ...
  • Proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional, México.

    Proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional, México.
    Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo, a continuación se transcribe: Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
  • Publicación de La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, México.

    Publicación de La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, México.
    Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio, entró en vigor un día después y tiene efecto a partir de enero del año 2012. Esta ley pretende el respeto a la privacidad, dignidad e información de las personas, en ella se establecen 4 derechos fundamentales que tienen los individuos sobre su información en posesión de cualquier persona física o empresa particular son los denominados derechos ARCO. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPDPPP.pdf
  • Estados, México.

    Estados, México.
    A nivel estatal, los estados de Colima, Jalisco y Tlaxcala cuentan con leyes de protección de datos para el sector público y privado. Los Estados de Guanajuato, Coahuila, Oaxaca y el Distrito Federal sólo regulan la protección de datos personales en posesión del sector público. Por otra parte, la mayoría de las legislaciones estatales contienen un capítulo de protección de datos personales.
  • IFAI, México.

    IFAI, México.
    Se produce la transformación como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal con autonomía operativa del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, al cual se le nombrará IFAI, para lograr la publicación en julio de 2010 del decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, desde ahora LFPDPPP.
  • Derechos ARCO, México.

    Derechos ARCO, México.
    Los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) son un derecho humano contenido en el artículo 16, párrafo segundo de la Constitución, la cual señala que toda persona tiene derecho a la salvaguarda de su información personal y además, al acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO) de los mismos, en los términos que fije la ley.
  • La ley 29.733 del 2 de julio, Perú

    La ley 29.733 del 2 de julio, Perú
    Es la más reciente ley de protección de datos personales
    en el mundo.
  • Aprobación de la ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, México.

    Aprobación de la ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, México.
    El pasado 13 de Diciembre del año 2016, La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 318 votos a favor, 77 en contra y 34 abstenciones, el dictamen de la minuta por el que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
  • Expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, México.

    Expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, México.
    Se publica en la Primera sección del Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. La cual entrará en vigor el día de mañana, por lo que se derogan todas aquellas disposiciones en materia de protección de datos personales, de carácter federal, estatal y municipal, que contravengan a lo dispuesto por la nueva Ley.