Actividad 1. Los antecedentes del Derecho Civil

By MazBuap
  • 753 BCE

    Ius

    Ius
    El término ius se utiliza tanto para referirse al conjunto de normas que en un momento determinado regulan la conducta de un pueblo —o sea el derecho objetivo— como para aludir al facultamiento de conducta que la norma puede otorgar a un sujeto; esto es, el derecho subjetivo En el primer caso, por ejemplo, ius Romanum; en el segundo ius utendi, que es el derecho o facultad que una persona tiene para usar alguna cosa
  • 753 BCE

    Civile

    Civile
    referente a civitas: a la comunidad ciudadana jurídicamente organizada y basada en la primacía de la sociedad civil (de lo que se deriva el desarrollo del ius civile). La civitas romana hereda la idea de polis griega y fue fundada en el año 753 a.C..
    Civile seria la ciudad, lo civil.
  • 753 BCE

    Ius Civile

    En el derecho Romano, el Ius civile, era el conjunto de reglas que regularon las relaciones entre todos los ciudadanos romanos, que fueron conocidos en la Antigua Roma como quirites, por lo cual el Ius Civile es conocido también como Derecho Quiritario o Derecho de los Quirites.
  • 753 BCE

    Ius quiritio

    Ius quiritio
    Quiritario es un término usado en el antiguo Derecho Romano, alusivo a los quirites, esto es, a los ciudadanos romanos. Ostentaban tal calidad todos aquellos individuos de la especie humana que reunían los requisitos consagrados en el Ius Civile.
  • Period: 753 BCE to 510 BCE

    Roma, La época monárquica

    abarca desde la fundación de Roma hasta el año 243 de
    la era romana; es decir, del año 753 al 510 a C. El derecho civil forma parte del derecho continental europeo, herencia del derecho romano de la antigüedad. Su nombre proviene del latín ius civilis, derecho aplicado en la Antigua Roma a los ciudadanos romanos exclusivamente, ya que para el resto de la ciudadanía del Imperio se aplicaba el ius gentium (“derecho de gentes”).
  • Period: 510 BCE to 27 BCE

    Roma, la república

    Esta etapa de la historia romana queda comprendida entre los años 510 y 27 a C Al principio, durante este periodo persiste una gran pugna entre patricios y plebeyos, situación que provoca que estos últimos decidan abandonar la ciudad para fundar una nueva, lo cual, según la leyenda, no se lleva a cabo merced al famoso discurso de Menenio Agripa que les hace desistir
  • 450 BCE

    Las XII Tablas

    Las XII Tablas
    El año 450 a. C. indica el nacimiento del derecho civil, al publicarse en Roma, las XII Tablas. Las tablas I y II se refieren a la organización y procedimiento judicial; la III sobre los deudores insolventes; la IV regula la patria potestad; la V la tutela y curatela; la VI el derecho de propiedad; la VII las servidumbres; la VIII cuestiones penales, la IX el derecho público y las relaciones con el enemigo, la X el derecho sagrado; las tablas XI y XII
    complementan las anteriores.
  • Period: 27 BCE to 284

    Roma, el principado o diarquía

    Esta etapa histórica se inicia con el advenimiento de Augusto al poder y finaliza con la proclamación de Diocleciano como emperador; es decir, del año 27 a C al
    284 de nuestra era Durante este periodo el poder supremo es compartido por el senado y el príncipe o emperador
  • Period: 284 to 1453

    Roma, el imperio absoluto o dominato

    El periodo que conocemos con el nombre de Imperio Absoluto en el cual todos los poderes se concentran en manos del emperador, es una época de franca decadencia; abarca desde el inicio del reinado de Diocleciano en el año 284 hasta la caída de la ciudad de Roma, en 476, por lo que toca al Imperio Romano Occidental, y hasta 1453, fecha en que cae la ciudad de Constantinopla y termina así el Imperio Romano de Oriente
  • Period: 527 to 565

    Corpus Iuris Civilis

    el Corpus Iuris Civilis es una obra que vio la luz por primera vez entre los años 527 y 565, cuando Justiniano, en su afán de formalizar el ordenamiento jurídico del Imperio, llevó a cabo la mayor recopilación del Derecho romano de la época.
  • 533

    La Instituta de Gayo y Justiniano

    La Instituta de Gayo y Justiniano
    son un componente del Corpus Juris Civilis, la codificación del derecho romano del siglo VI ordenada por el emperador bizantino Justiniano I. Se basa en gran medida en las Institutas de Gayo, un jurista romano del siglo II. Las otras partes del Corpus Juris Civilis son el Digesto, el Codex Justinianus y las Novellae Constitutiones (Nuevas Constituciones o Novelas).
  • 1492

    La llegada del derecho civil a México

    La llegada del derecho civil a México
    El descubrimiento, conquista y colonización de nuestro territorio, generó un nuevo derecho, convertido en un subconjunto de preceptos aplicables. Este derecho es el indiano, al cual, le sigue el novohispano.
  • Oct 12, 1492

    Descubrimiento de América

    Descubrimiento de América
    La llegada a América de una expedición proveniente de Castilla, en la península ibérica, dirigida por Cristóbal Colón por mandato de los Reyes Católicos, Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón.
  • primer programa de la escuela histórica alemana

    primer programa de la escuela histórica alemana
    Gustav von Hugo., comúnmente conocido como verdadero portaestandarte de la nueva escuela, nació en 1764. A la edad de veinticuatro años, en 1788, era ya profesor en Berlín, y al año siguiente publicó una versión alemana de un conocido opúsculo de Gibbon, con un magnífico prefacio que contiene el primer programa de la escuela histórica. Entre sus muchas obras merece especial mención la Historia del derecho romano.
  • Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano

    Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
    La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789, es uno de muchos de los documentos fundamentales de la Revolución francesa (1789-1799)
  • Period: to

    Escuela histórica del derecho Alemán

    La escuela histórica del derecho es una corriente doctrinal surgida en Alemania durante el siglo xix, que afirma que el origen del derecho ha de situarse en la evolución histórica de un determinado pueblo, cuyo espíritu se manifestaba originariamente en forma de costumbres y tradiciones.
  • Escuela de la Exégesis

    Escuela de la Exégesis
    Se gestó en Francia después de la publicación del Código Civil de Napoleón de 1804 y tuvo su auge en el siglo XIX. fundamentan la idea de una Escuela de la exegesis: los tratados de Troplong sobre las diferentes materias del libro tercero del Código (desde los Privileges et hypothèques en 1833 hasta Donations et testaments en 1855), el Cours de droit civil, de Aubry y Rau a partir de 1839, y el Cours de Code Napoléon, de Demolombe, cuya publicación se inició en 1845.
  • Código de Napoleón

    Código de Napoleón
    Código Civil Francés, conocido como el Código Napoleónico o Código de Napoleón, es uno de los más conocidos códigos civiles del mundo. Fue aprobado por la Ley del 21 de marzo de 1804 El objetivo de este código era reunir a la tradición jurídica francesa en un cuerpo legal que invalidara la estructura del antiguo régimen. El código civil trata sobre los derechos de las personas, las obligaciones y los bienes.
  • Independencia de México

    Independencia de México
    El movimiento de la independencia de México tiene como marco la Ilustración y las revoluciones liberales de la última parte del siglo xviii.
  • De la vocación de nuestro siglo para la legislación

    De la vocación de nuestro siglo para la legislación
    Federico Carlos de Savigny, insigne jurisconsulto alemán. En 1814 publicó su famoso escrito: De la vocación de nuestro siglo para la legislación, que fue, como el estatuto de la escuela histórica, la bandera que debía correr victoriosa renovando los estudios y ser el símbolo de un tercer renacimiento, no indigno de ser equiparado al de Irnerio y de Alciato.
  • Escuela de la Libre Investigación Científica

    Escuela de la Libre Investigación Científica
    comprende dos fases: la primera va de 1819 a 1831, cuando se expusieron algunos de sus principios por Atanasio Jourdan, y la segunda comienza en 1899 con la publicación de la magistral obra del jurista francés François Gény, Método de interpretación y fuentes en derecho privado
  • Period: to

    Código Civil de Oaxaca

    Los primeros esfuerzos codificadores en materia civil de las naciones independientes siguieron el modelo del Código Civil francés, casos como los del Código Civil de Oaxaca de 1827-1828.
  • Period: to

    Código Civil boliviano

    Los primeros esfuerzos codificadores en materia civil de las naciones independientes siguieron el modelo del Código Civil francés, casos como los del Código Civil de Oaxaca de 1827-1828, el boliviano de 1830 y el peruano de 1836.
  • Código Civil de Zacatecas

    Código Civil de Zacatecas
    En 1831, surgió el Código Civil de Zacatecas, cuya sistemática, incluía el libro primero, con personas y familia; el segundo bienes y sucesiones; el tercero, obligaciones; y el cuarto, contratos. Similar su sistemática, a la oaxaqueña.
  • Period: to

    Código Civil peruano

    Los primeros esfuerzos codificadores en materia civil de las naciones independientes siguieron el modelo del Código Civil francés, casos como los del Código Civil de Oaxaca de 1827-1828, el boliviano de 1830 y el peruano de 1836.
  • Primer Código Civil de Chile

    Primer Código Civil de Chile
    Se promulga el primer Código Civil de Chile, de 31 de mayo de 1856.
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Ley de Matrimonio Civil, de 23 de julio de 1859
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Ley Orgánica del Registro Civil, de 28 de julio de 1859, que contiene la Ley sobre el Estado Civil de las Personas.
  • Código Civil de Veracruz-Llave

    Código Civil de Veracruz-Llave
    En Veracruz, en 1868, se encargó a Fernando de Jesús Corona, la elaboración de un Código Civil. Recibe un pago por el trabajo encomendado, y prácticamente pareciera que
    retoma el trabajo de Sierra, pero omitiendo las fuentes de información mencionadas con plena honestidad intelectual, por don Justo Sierra. Este Código contiene los mismos libros y el orden sistemático, ya descrito, y entra en vigor, en mayo de 1869.
  • Código Civil de 1870 (Sirve de base para el código de 1884)

    Código Civil de 1870 (Sirve de base para el código de 1884)
    Redactado tomando en cuenta el derecho romano, la antigua legislación española, el Código de Cerdeña, llamado Albertino, los Códigos de Austria, de Holanda y de Portugal, así como el Proyecto mexicano del doctor don Justo Sierra y el español, conocido por el nombre de su expositor don Florencio García Goyena. Por encima de todos estos materiales, en gran parte inspirados por el Código Napoleón.
  • Código Civil de 1870 entra en vigor

    Código Civil de 1870 entra en vigor
    El Código Civil de 1870, que fue aprobado por el Congreso de la Unión el 8 de diciembre de ese año, y que inició su vigencia a partir del día 1o. de marzo de 1871 en el Distrito Federal y territorio de Baja California.
  • Código Procesal Civil del Código Civil de 1870

    Código Procesal Civil del Código Civil de 1870
    El 13 de agosto de 1872 se expidió el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y el
    Territorio de la Baja California,50 que entró en vigor al mes siguiente, el 15 de septiembre de 1872. Estaba ordenado en 20 títulos y 2362 artículos más 18 transitorios.
  • Código Civil de 1884

    Código Civil de 1884
    se expidió un nuevo Código Civil para el Distrito Federal y Territorio de la Baja California, que estuvo vigente hasta 1932. El Código Civil de 1884 una reproducción casi literal del anterior de 1870. Ordenamiento vigente en las primeras décadas del siglo XX, sirve de modelo para los estados, formado en la doctrina francesa, la escuela de la exegesis y el pensamiento liberal
  • Aprueba Código Civil de 1884

    Aprueba Código Civil de 1884
    el 24 de mayo de 1884 se aprobó un nuevo Código Civil para el Distrito Federal y Territorio de la Baja California,
    60 que estuvo vigente hasta 1932.61 El Código Civil de 1884 una reproducción casi literal del anterior de 1870.
  • Código Federal de Procedimientos Civiles

    Código Federal de Procedimientos Civiles
    Díaz promulgó el Código Federal de Procedimientos Civiles, que entró en vigor el 1o. de enero de 1897, con lo que se reorganizó el Poder Judicial de la Federación.
  • El código civil alemán

    El código civil alemán
    El código civil alemán, conocido también por las siglas
    BGB15, no se promulgaría hasta el 1 de enero de 1900, pero con la salvedad de que fue el único código del mundo en ese momento que no era una mera copia del francés.
    Entre los germanistas destacan asimismo Beseler, Reyscher, Eichorn, Brunner y Karl von Amira, además de Jacob Grimm, con sus "Antigüedades del Derecho Alemán" y sus famosos cuentos. Producto de la escuela histórica alemana.
  • Nuevo Código Federal de Procedimientos Civiles

    Nuevo Código Federal de Procedimientos Civiles
    Así, en 1908 se expidió el nuevo Código Federal de Procedimientos Civiles, que inició su vigencia el 5 de febrero de 1909.
  • Revolución mexicana

    Revolución mexicana
    Conflicto armado en México que se inició el 20/11/1910 y terminó el 1/12/1920. Los antecedentes del conflicto se remontan a la situación de México bajo la dictadura conocida como el porfiriato. Díaz ejerció el poder de manera dictatorial desde 1876 hasta 1911. Durante estos 35 años, México experimentó crecimiento económico y estabilidad política, pero estos logros se realizaron con altos costos sociales, que pagaron los estratos menos favorecidos de la sociedad y la oposición política.
  • La Ley del Divorcio

    La Ley del Divorcio
    El derecho civil tuvo importantes modificaciones durante la revolución. El 29 de diciembre de 1914 se promulgó la Ley del Divorcio, que autorizaba el divorcio desvinculatorio.
  • Ley de Relaciones Familiares

    Ley de Relaciones Familiares
    El derecho civil tuvo importantes modificaciones durante la revolución. El 29 de diciembre de 1914 se promulgó la Ley del Divorcio, que autorizaba el divorcio desvinculatorio, y el 9 de abril de 1917 lo fue la Ley de Relaciones Familiares, que sustituyó todo el libro de derecho de familia del Código
    Civil.
  • Código Civil de 1928

    Código Civil de 1928
    El Código Civil de 1928 fue elaborado por una comisión redactora integrada por los abogados Ángel García Peña, Ignacio García Téllez, Fernando Moreno y Francisco H. Ruiz. Fue promulgado el 30 de agosto de 1928 con el título de Código Civil para el Distrito y Territorios Federales en
    Materia Común, y para toda la República en Materia Federal.
  • Entra en vigor el Codigo Civil de 1928

    Entra en vigor el Codigo Civil de 1928
    Varios cambios en: Derecho Familiar
    Derecho de los Bienes
    Derecho de Sucesiones
    y en Obligaciones y Contratos