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2000 BCE
Etapa primitiva
La administración de justicia está en manos de un jefe, de un consejo de ancianos o de un brujo y que la solución de los litigios tendrá características místicas o mágicas religiosas. -
2000 BCE
Etapa primitiva
En estas comunidades primitivas los procesos se caracterizan por su formalismo y teatralidad. -
1200 BCE
Antigua Grecia
El proceso ateniense se caracterizó por su tinte democrático y de tendencia publicista, al desarrollarse a la vista de todo el pueblo en la plaza pública denominada ágora, en la cual se desenvolvían todos los actos de gobierno y por lo mismo también los actos procesales. -
753 BCE
Monarquía en la Antigua Roma
Acciones de la ley.
Ley de las 12 tablas: procedimientos rigurosos enmarcados en cierto ritualismo muy vecino a la religiosidad. -
750 BCE
Monarquía en la Antigua Roma
Acciones de la ley de carácter declarativo:
1. Legis actio sacramento
2. Legis actio per iudicis postuiationem
3. Legis actio per conditionem
Acciones ejecutivas:
4. Legis actio per manus iniectionem
5. Per pigñoris capionem -
510 BCE
República Romana
El procedimiento formulario. Al procedimiento de las acciones de la ley sólo tenían acceso los ciudadanos romanos patricios. -
509 BCE
República Romana
Las partes fundamentales de la fórmula eran la intentio, la demostrado, la adiudicatio y la condenado. -
27 BCE
Imperio Romano
El proceso extraordinario: es una manifestación del orden judicial público. El proceso extraordinario se desenvuelve toda frente a un funcionario estatal, el magistrado. -
240
Germánicos
Existía una asamblea del pueblo o de los miembros libres del pueblo, llamada el Ding, ante la cual el juez solamente intervenía como instructor, es decir, como un investigador del derecho y un director de los debates. -
Jan 27, 1265
Antiguo Enjuiciamiento Español
Los ordenamientos característicos en que se basan los procesos españoles mantienen su vigencia por lo que era una maraña complicada de leyes, ordenamientos: las partidas de 1265, ordenamientos de Alcalá 1348, ordenamiento real 1485, ordenamientos de medina 1481, ordenamientos de Madrid 1502, ordenamientos de Alcalá 1503. -
Jan 26, 1325
Pueblo azteca
Dentro de su grado de evolución social, contaba con tribunales
y con un proceso más o menos organizado. -
Jan 26, 1400
Proceso Medieval Italiano
Fusión de los procedimientos romano y germano. El proceso comienza con una citación con plazo hecha al demandado, plazo dentro del cual se presenta la demanda. La litis contestado se entiende como una incorporación del demandado a la contienda. La sentencia puede ser impugnada por apelación y, en un grado de desarrollo más avanzado, por medio de la querella nullitatis. Se considera un proceso lento. -
Jan 27, 1567
Antiguo Enjuiciamiento Español
Nueva recopilación 1567, novísima recopilación de las leyes de España 1805, la constitución de Cádiz de 1812. La ley de enjuiciamiento civil de 1855, era la principal fuente de inspiración de la mayoría de los códigos civiles de Hispanoamérica. -
Revolución Francesa y la codificación
Ataca al poder absoluto de la monarquía creando las bases para la creación de los estados modernos de derecho. La codificación francesa tiene el mérito de separar los textos adjetivos de los sustantivos m los proceso se basan en la quinteta de los códigos napoleónicos. Código Civil, Código Penal, Código de Procedimientos Civiles, Código de Procedimientos Penales y Código de Comercio su importancia radica en que de estos surgen los códigos independientes para el proceso civil y penal. -
Proceso Dispositivo
Este proceso surge con la Revolución Francesa para el estado todo lo que no está permitido está prohibido sin en cambio para el ciudadano todo lo que no está prohibido está permitido, el juez es un mero espectador, su papel se limita a vigilar la contienda, terminada esta dicta una resolución este proceso simboliza la igualdad de las partes. -
Proceso Inquisitorial
Este tipo de proceso caracteriza a los regímenes anteriores a la Revolución Francesa, el juez ejerce el poder transmitido por el soberano, el juez es también investigador y tiene amplias facultades incluso la de acusador, presume la culpabilidad y no la inocencia.