Tribunal federal de justicia administrativa

Tribunal Federal de Justicia Administrativa

  • Entrada en vigor la Ley de Justicia Fiscal

    Entrada en vigor la Ley de Justicia Fiscal
    Con su entrada en vigor inician las actividades del entonces Tribunal Fiscal de la Federación. Conforme a lo dispuesto por esta Ley, el Tribunal estaba integrado por 15 magistrados que podían actuar en Pleno o a través de cinco Salas; las cuales estaban formadas por tres magistrados cada una. La competencia que le asignó el Legislador era en materia estrictamente fiscal, conociendo de las controversias que se suscitaban de actos o resoluciones emitidas por autoridades fiscales.
  • Entrada en vigor el Código Fiscal de la Federación

    Entrada en vigor el Código Fiscal de la Federación
    Un año después de haber entrado en vigor la Ley de Justicia Fiscal, fue derogada por el Código Fiscal de la Federación de 1938, conservando igual competencia para el Tribunal, misma que a través de leyes especiales se fue ampliando. Así, el Tribunal mantiene su plena autonomía para emitir sus fallos, además de tener la administración de su propio presupuesto.
  • Entrada en vigor de la Ley de Depuración de Créditos

    Entrada en vigor de la Ley de Depuración de Créditos
    Esta ley otorga competencia al Tribunal para conocer de esta materia a cargo del Gobierno Federal.
    La competencia del Tribunal también se amplía al conocer sobre la legalidad de los requerimientos de pago realizados por la SHCP, exigir fianzas otorgadas a favor del Gobierno Federal, conocer las controversias originadas por las resoluciones emitidas por el IMSS, etc.
  • Creación de nuevas salas

    Creación de nuevas salas
    Para este año se crean dos salas más en el Tribunal Fiscal de la Federación, con lo que aumenta el número de magistrados a veintiuno.
  • Se expide Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación

    Se expide Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
    Se expide una Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, en la que se previeron los aspectos orgánicos del Tribunal, incrementándose a veintidós magistrados, integrando las siete Salas existentes, más el Presidente, se establecían las normas relativas a la competencia que tenían asignada, conservando el Código las correspondientes al procedimiento. Se introduce el concepto de Organismos Fiscales Autónomos y se otorga al Tribunal facultades para conocer de los juicios de lesividad.
  • Sustitución de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación

    Sustitución de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
    Se expide una nueva ley con el mismo nombre que la anterior, en la que se prevé la Regionalización del Tribunal, creándose las Salas Regionales y la Sala Superior, precisándose la competencia de ambas, la diferencia era fundamentalmente respecto a la cuantía del asunto; también se prevé el recurso de revisión con el que se otorga a la Sala Superior facultades para revisar las sentencias dictadas por las Salas Regionales.
  • Expedición de un nuevo Código Fiscal

    Expedición de un nuevo Código Fiscal
    Se expide un nuevo Código Fiscal, que básicamente conserva las normas procesales en los mismos términos. Posteriormente se incluyen en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja, para lograr el adecuado cumplimiento de las sentencias.
  • Modificación del Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal

    Modificación del Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal
    Se modifica el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal, con el objeto de promover la simplificación administrativa, y se suprime la competencia que hasta ese entonces otorgaba la Ley para que la Sala Superior revisara las resoluciones de las Salas Regionales a través del recurso de revisión.
  • Period: to

    Ampliación de la competencia del Tribunal

    En estos años aparecen diversas leyes que otorgan competencia al Tribunal en materia de comercio exterior, para conocer en juicio de las resoluciones recaídas respecto al recurso de revocación previsto en la Ley de la materia, así como de las resoluciones recaídas al recurso de revisión que contempla la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
  • Entrada en vigor de Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación

    Entrada en vigor de Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
    entra en vigor la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, conservando su nombre y la competencia, pero modificando la integración de la Sala Superior de nueve magistrados a once, así como su forma de operación a través de Pleno o Secciones. Estas últimas conforme a la Ley son dos y se integran cada una con cinco magistrados.
  • Se apruebas reformas trascendentales para el Tribunal

    Se apruebas reformas trascendentales para el Tribunal
    El Congreso de la Unión aprueba reformas trascendentales; el cambio de nombre de la Ley Orgánica y del Tribunal, por el de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa con competencia para conocer de los juicios contra las resoluciones que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente. También se le dieron facultades al Pleno para determinar las regiones, el número y sede de las Salas y la forma de integrar jurisprudencia.
  • Se determinan límites territoriales del Tribunal

    Se determinan límites territoriales del Tribunal
    El Pleno de la Sala Superior del TFJFA, publicó el Acuerdo General G/10/2001 por el que se determinan los límites territoriales y denominación de las regiones del Tribunal, número y sede de sus salas regionales en el DOF de 25 de enero del 2001, entrando en vigor el 1º de febrero.
  • Entra en vigor la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

    Entra en vigor la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
    Con esta ley se realizaron reformas importantes al juicio que se lleva ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa ya que con este ordenamiento se permitió impugnar también resoluciones administrativas de carácter general, condenar en costas y previó la posibilidad de indemnización por daños y perjuicios que la Administración haya causado, se reguló más ampliamente la institución de la suspensión de la ejecución y se mejoró el procedimiento para hacer cumplir sus sentencias.
  • Publicación de la nueva Ley Orgánica del Tribunal

    Publicación de la nueva Ley Orgánica del Tribunal
    En diciembre de 2007 se publicó en el D.O.F esta nueva Ley Orgánica del Tribunal en la que se crea la Junta de Gobierno y Administración, se modifica la temporalidad del nombramiento de los magistrados, disponiendo para los de la sala superior el nombramiento por 15 años y para los regionales 10 años; y se crea un Sistema Profesional de Carrera Jurisdiccional y un Sistema de Resposnsabilidades de los Funcionarios Jurisdiccionales.
  • Reformas a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y la Ley Orgánica del Tribunal

    Reformas a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y la Ley Orgánica del Tribunal
    Con la publicación de las reformas a ambas leyes, se crearon las modalidades del juicio en Línea y la del juicio con la Vía Sumaria, buscando mejorar la impartición de justicia en México.
  • Se expide la nueva Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (LOTFJA)

    Se expide la nueva Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (LOTFJA)
    Se expiden a la par la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y la Ley General de Responsabilidades Administrativas y se modifica la integración, funcionamiento y facultades del Tribunal para que forme parte del Sistema Nacional Anticorrupción y asuma facultades para imponer sanciones a los servidores públicos que cometan faltas administrativas graves y a los particulares vinculados. Cambió el nombre y estructura del tribunal y se incrementó su competencia, como tribunal sancionador.
  • Sección especializada en responsabilidades de servidores públicos

    Sección especializada en responsabilidades de servidores públicos
    A partir de julio de 2017 la Sala Superior cuenta con la
    Sección especializada en responsabilidades de servidores públicos integrada por 3 magistrados.
    Las salas regionales especializadas en responsabilidades administrativas se integran con 3 magistrados especializados en esta materia, con facultades para llevar a cabo los procedimientos sancionatorios; y son
    nombrados por el presidente de la República por 10 años improrrogables.