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El primero de enero de 1937, entró en vigor la Ley de Justicia Fiscal y con ella inician las actividades del entonces Tribunal Fiscal de la Federación
Conforme a lo dispuesto por esta Ley, el Tribunal estaba integrado por 15 magistrados que podían actuar en Pleno o a través de cinco Salas; las cuales estaban formadas por tres magistrados cada una. La competencia que les asignó el Legislador era en materia estrictamente fiscal, conociendo de las controversias que se suscitaban de actos o resoluciones emitidas por autoridades fiscales. -
1942 la Ley de Depuración de Créditos otorga competencia para conocer de esta materia a cargo del Gobierno Federal.
la competencia del Tribunal también se amplía al conocer sobre la legalidad de los requerimientos de pago realizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; exigir fianzas otorgadas a favor del Gobierno Federal; conocer las controversias que surgían por las resoluciones emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social etc, -
Dos salas mas
Se crearon dos salas mas y se aumentaron el numero de magistrados a 21 -
En el año de 1967 se expide una nueva Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación,
en la que se previeron los aspectos orgánicos del propio
Tribunal, incrementándose a veintidós magistrados, integrando las siete Salas que ya existían, más el Presidente que no integraría Sala, así mismo se establecían las normas relativas a la competencia que tenían asignada, conservando el Código las correspondientes al procedimiento. Se introduce el concepto de Organismos Fiscales Autónomos y se otorga al Tribunal facultades para conocer de los juicios de lesividad. -
Le sustituye una nueva ley que se expide con el mismo nombre en el año de 1B78 y en la que se prevé la Regionalización del Tribunal,
creándose las Salas Regionales y la Sala Superior, precisándose la competencia de ambas la diferencia era fundamentalmente respecto a la cuantía del asunto; asimismo se prevé el recurso de revisión, con el que se otorga a la Sala Superior facultades para revisar las sentencias dictadas por las Salas Regionales. -
Nuevo código fiscal
conservando básicamente las normas procesales en los mismos términos. Posteriormente se incluyen en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja, para lograr el adecuado cumplimiento de las sentencias. -
Se modifica el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal
Con el objeto de promover la simplificación administrativa, y se suprime la competencia que hasta ese entonces otorgaba la Ley para que la Sala Superior revisara las resoluciones de las Salas Regionales a través del recurso de revisión. -
Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
Conservando su nombre y la competencia, pero modificando la
integración de la Sala Superior de nueve magistrados a once, así como su forma de operación a través de Pleno o Secciones. Estas últimas conforme a la Ley son dos y se integran cada una con cinco magistrados. -
En el año 2000 cuando el Congreso de la Unión aprueba las reformas en materias trascendentales para el Tribunal
En primer lugar el cambio de nombre de la Ley Orgánica y del nombre de la Institución, por el de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como la que adiciona mente el propio Decreto de reformas le otorga señalando competencia para conocer de los juicios que se promuevan contra las resoluciones dictadas por las autoridades que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente en los términos de la Ley Federal de Procedimiento -
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
El proyecto de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo tiene su base en el actual procedimiento previsto en el título VI del Código Fiscal de la Federación, al cual se le hicieron las adecuaciones que se estimaron pertinentes para establecer un nuevo procedimiento, que sea "ágil, seguro y transparente". -
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Se cambio de nombre del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, por Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, así mismo conocerá de los juicios promovidos contra las resoluciones definitivas; actos administrativos; de las responsabilidades de los servidores públicos, contará con salas especializadas para atención a responsabilidades administrativas.