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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 6o. “…. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.” -
LFTAIPG
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental -
LTAIPDF
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. -
CPEUM
Reforma al artículo 6to «Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos» -
LPDPDFyLADF
Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal y la Ley de Archivos del Distrito Federal. -
CPEUM
Reforma al artículo 6to Con el fin modificar la estructura, funciones y objetivos del organismo garante en materia de acceso a la información y fijar las bases para la creación de una Ley General de
transparencia y acceso a la información pública -
LGTAIP
Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública. -
LTAIPyRCCDMX
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. -
CPCDMX
Constitución Política de la Ciudad de México, la cual en su artículo 7 sienta las bases y principios del derecho de acceso a la información en la ciudad de México, y en su artículo 49 crea al Organismo garante local (INFO).