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Decisión de Venta- Nómina de Acreedores
Tal como lo afirma el art 3 de la ley 11867, quién desea vender debe presentar una nota con los créditos adeudados, nombres y domicilios de los Acreedores, monto de los Créditos, y las fechas de vencimientos, si existieren. -
Publicación
Para que la venta sea válida frente a 3eros, se debe realizar una publicación en el boletín Oficial de la provincia respectiva que dure 5 días corridos. Además se tiene que publicar en cualquier medio comunicación fehaciente como un diario. En la misma se debe dejar constancia de la clase y ubicación del Negocio; Nombre y Domicilio, del Vendedor y del Comprador; y Nombre y Domicilio, del Rematador y del Escribano, si intervinieran. -
Oposición de Acreedores
Desde la última publicación los Acreedores afectados tienen 10 días corridos para oponerse, presentando una nota al comprador en el domicilio declarado en la publicación, o al rematador o escribano que intervengan en el acto, reclamando la retención de sus respectivos créditos y el deposito de las sumas retenidas en el banco que corresponda -
Embargo
Luego del reclamo, el comprador, escribano o rematador a cargo, deberán realizar esa retención y el deposito, teniendo 20 días corridos. -
Otorgamiento del Fondo de Comercio
Pasado los 10 días de la última publicación y en caso de no existir oponentes, se puede firmar el documento. -
Inscripción en Registro Público
Concluidos los plazos de la oposición, y en caso de existir, el posterior embargo, se podrá otorgar el documento de venta. Que para ser válido deberá ser inscripto y publicado por un periodo de 10 días en el Registro Público de Comercio