TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

By pablo98
  • 1 CE

    Publicación

    Publicar por 5 días un aviso en el boletín oficial de publicaciones legales, en periódicos del lugar del establecimiento.
  • 2

    Datos y Caracteristicas

    puede indicar. Clase y ubicación del negocio, nombre y domicilio del vendedor y comprador, nombre y domicilio del rematador y escribano.
  • 3

    Nota e informacion

    Entregar previamente al comprador una nota firmada que contenga. Los créditos endeudados, información de los acreedores, monto de las deudas y vencimientos de las mismas.
  • 4

    Reclamos

    Los acreedores tendrán 10 días desde la última publicación para notificar su oposición de la transferencia. reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas.
  • 5

    Obligación del comprador

    El comprador se encontrara obligado a retener el importa a su crédito y a depositar dicho monto en cuenta judicial.
  • 6

    Derechos acreedor

    El acreedor que se opuso tendrá 20 días para trabar el embargo judicial, pasado los 20 días el depositante podrá retirar las sumas depositadas.
  • 7

    firma de documento

    El documento podrá firmarse transcurridos los 10 días desde la última publicación. Siempre y cuando no exista oposición de los acreedores.
  • 8

    Efectos a terceros

    Para producir efectos a terceros deberá extenderse por escrito e inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento.
  • 9

    Monto de la transferencia

    La transferencia del fondo de comercio no se efectuará por un monto menor al de los créditos constitutivos del pasivo confesado por el vendedor
  • 10

    Monto total

    Mas el importe de los créditos no confesado por el vendedor. Salvo conformidad unánime de los acreedores.
  • 11

    Responsabilidad de la transferencia

    Las omisiones y trasgresiones a lo establecido en la Ley N.º 11.687 harán responsable al comprador vendedor y martillero o escribano que las obtuvieron por el importe de los créditos impagos.