Transferencia de fondo de comercio

  • 1 CE

    Firma del boleto

    las partes se comprometen a realizar la operación, donde se constatará el precio pactado, la nómina de acreedores detallando monto de los créditos y fechas de vencimiento, y demás detalles de la operación.
  • 2

    Publicación

    se anuncia el acto de transferencia durante 5 días en el Boletín Oficial del lugar en cuestión y en dos diarios de circulación masiva.
  • 3

    Oposiciones

    desde la ultima publicación realizada, los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de la transferencia, en la que se reclamara la retención del importe del crédito y el correspondiente deposito de las sumas retenidas.Este derecho puede ser utilizado por los acreedores reconocidos en la nota o los omitidos en ella. El comprador estará obligado a retener el importe correspondiente y a depositar dicho monto en la cuenta correspondiente.
  • 4

    Embargo

    el acreedor que se opuso, tendrá 20 días para trabar embargo judicial, si el acreedor no trabase el embargo en el plazo indicado, el depositante podrá retirar las sumas retenidas en la cuenta
  • 5

    Otorgamiento del documento de transferencia

    solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la ultima publicación realizada, siempre y cuando no exista oposición de los acreedores y si existiera, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos