Concepto transferencias 850x443

Transferencia de fondo de comercio

  • Fin de las transferencias del fondo de comercio

    Fin de las transferencias del fondo de comercio
    el fono de comercio es el conjunto de fuerzas productivas, derechos y cosas que tanto interior como exteriormente se presentan como un organismo con perfecta unidad, los cuales buscan la obtención de beneficios en el orden comercial e industrial.
  • primer paso

    primer paso
    la señora Rosalía de la cruz (la vendedora) le entrega una nota a Mariano Vásquez (el comprador) , en la cual identifican a los acreedores del fondo de comercio y cuales son los montos que se deben. Supongamos que la señora Rosalía es propietaria de un rodado el cual es pagando en cuotas, pero ya no tiene los medios para seguir pagándolo, entonces se lo transfiere a un comprador, el señor Vásquez. desde ese momento de adquisición el señor se convierte en propietario.
  • Segundo Paso

    Segundo Paso
    la señora Rosalía y el señor Mariano publican en el boletín oficial el aviso del mismo y esperar durante un plazo de 10 días para ver si algún acreedor se opone y les traba algún embargos, en el caso de que si haya una persona en oposición deberá cursarse al comprador en el domicilio denunciado en la publicación o en su defecto a las personas que intervengan en el acto. Tomando así una posición de retención del importe de su crédito y el deposito de las sumas retenidas.
  • Tercer paso

    Tercer paso
    Una vez identificado los acreedores (si es que los hay) Mariano Vásquez (el comprador) recibirá sus notificaciones, por ello se encontrara obligado a retener el importe correspondientes a su crédito y depositarlo en cuenta judicial, en el banco correspondiente.
    Los acreedores (Eva Vidal y Ernesto Acuña ) tendrán 20 días para trabar el embargo judicial, si no lo hace el depositante (Mariano Vásquez) podrá retirar las sumas depositadas en las cuentas.
  • Cuarto paso

    Cuarto paso
    Luego de vencerse el plazo de 20 días se otorga el instrumento de transferencia al señor Vásquez y deberá firmarlo luego de haber transcurrido 10 días desde la ultima publicación realizada, mientras no se haya registrado una nueva oposición de acreedores ya se podrá y deberá inscribirlo en el registro publico de comercio.