9789706137241

Teoría General del Proceso

  • 5000 BCE

    Los pueblos primitivos

    Los pueblos primitivos
    Durante las etapas primitivas de los pueblos, en todas las manifestaciones (culturales, ciencia, moral, derecho) sucede un fenómeno de paralelismo (se presentan rasgos similares de evolución).
    En estas comunidades primitivas, los procesos se caracterizan por su formalismo y teatralidad.
    Por lo que se refiere a a las instituciones procesales es indudable que éstas y las técnicas o mecanismos procesales en sus desarrollos primitivos también se originaron en diferentes culturas.
  • 450 BCE

    Roma

    Roma
    El Derecho Romano tuvo la característica de crear un sistema jurídico, aplicado en Roma y otro países.
    Durante la Monarquía del proceso histórico jurisdiccional romano, se desarrolló la etapa "de las acciones de la ley" (formalidad y solemnidad en actos jurídicos).
    Durante la República "del proceso formulario" (su fundamento procesal es la fórmula -instrucción escrita que el magistrado nombra al juez), y en el Imperio surge "proceso extraordinario" (se tiene un solo funcionario: el magistrado)
  • 500

    Los germánicos

    Los germánicos
    Anteponía los intereses colectivos a los particulares, se daba mucho peso a la opinión de la mayoría, sacrificando desde luego el interés de una sola persona.El proceso era oral y público, lo desarrollaban ante un grupo de ciudadanos de la localidad convocados para tal fin,el juez sólo funcionaba como director y moderador de la actividad de las partes. El fallo no dependía del juez, sino de los convocados para juzgar; el juez únicamente imponía la pena.
  • 1100

    Proceso Medieval Italiano

    Proceso Medieval Italiano
    La Jurisdicción está en manos de los funcionarios, a lado de los cuales se desarrolló la abogacía. El proceso comienza con una citación con plazo hecha al demandado, plazo en el cual se presentaba la demanda.
    La característica principal del proceso medieval italiano es su lentitud.
  • Period: 1200 to

    Proceso inquisitorial

    El proceso inquisitorial se manifiesta en aquellos regímenes denominados absolutistas, que imperaban antes de darse la Revolución Francesa. El juez tenía un poder que le ha sido delegado por el “soberano” y que era ilimitado, fungía como juzgador,también en investigador e, incluso acusador. En materia penal, el procesado se presumía culpable, no inocente, por lo que éste tenía la titánica labor de demostrar su inocencia, y en lugar de que el acusador argumentara la culpabilidad de éste.
  • Antiguo Enjuiciamiento Español

    Antiguo Enjuiciamiento Español
    El estudio del derecho procesal mexicano. Esto se explica porque el derecho español se aplicó durante la Colonia y porque en México la legislación procesal civil de la época independiente está inspirada y tiene sus raíces en el derecho procesal español. Entre los ordenamientos característicos del derecho español figuran el Código de las Partidas(1265), la Nueva Recopilación de 1567 y, finalmente la Novísima Recopilación de Leyes de España de 1805.
  • La revolución francesa y la codificación

    La revolución francesa y la codificación
    En el siglo XIX surge la corriente codificadora francesa para garantizar los derechos del ser humano frente a los abusos de la actividad estatal.Buscó ordenar las normas jurídicas existentes en Francia, lo que produjo la separación de los textos jurídicos. La trascendencia de los códigos napoleónicos no radica en la separación entre las normas procesales y sustantivas,lo destacable es que a partir de este movimiento,comienzan a promulgarse códigos independientes para el proceso civil y el penal.