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LITIS
Confrontación de la pretensión del actor con la defensa que plantea la parte demandada (demando y contestación). Se hace una lectura y análisis de esto junto con los documentos relacionados y en el momento donde las pruebas o puntos establecidos estén vinculados y sean coherentes se produce la litis. Notas:
Juzgados de paz y menores: controversias sencillas
Autoridades Federales:
- Tribunales colegiados
- De distrito
- SCJN
Interamericanas: Comisión y corte Interamericana de derechos humanos. -
Demanda / Denuncia
Proceso
1er Acto: Presentación del escrito.
2do Acto: La autoridad admite, desecha o previene la demanda.
3er Acto: Si se previene y no contesta en 3 dias se desecha, se da la primera notificación o emplazamiento el cual protege su garantía constitucional de audiencia y defensa. Si no contesta se declara rebeldía.
4to Acto: Si sí contesta se revisa el escrito de el demandante y demandado. Se revisa donde hay coherencia y donde hay discrepancias o conflicto. Aqui se fija la litis. -
Jurisdicción y Competencia
Jurisdicción: Decir derecho (Por parte del juez). El juez solo dice derecho en la sentencia.
- Competencia.
- Territorio: Circuitos, Distritos, Partidos.
- Materia: Civil, mercantil, familiar, penal, etc...
- Cuantía o valor: Juez Menor, Juez de Paz, Juez de 1ra Instancia. -
Conceptos
Principio general del derecho:
- Todo lo actuado ante un juez incompetente es nulo.
Garantía constitucional de audiencia y defensa:
- Nadie puede ser condenado si no se le escucho antes.
Preclusión Procesal:
- Atender actividades en el tiempo, de lo contrario se pierde el derecho de contestar / defenderse.
Nulo de pleno Derecho:
- No existe / Aun qué ninguno de los implicados se de cuenta / Ni aunque las partes lo acepten es valido. -
Presupuestos procesales
En este escrito se pone en contexto al juez (Datos concretos).
- Si no tienes interés jurídico (relación directa) no te compete.
- La persona que se dirige al juez tiene que tener interés jurídico. Códigos de procedimientos civiles del estado de Jalisco.
Requisitos de forma y lugar.
- Documento fundatorio.
- Personalidad.
- Causa de pedir. Requisitos qué marca la ley y no por capricho del juez. Conceptos.
Legitimación: Presentar a alguien y poder acudir a juicio. -
Principios procesales
Publicidad
- Apertura al publico del proceso
Economía procesal
- Generar ahorro en tiempos del proceso
Lealtad y probidad
- Todo en ley
- Cuidar que no haya agresiones de una parte a otra
Contradicción
-Por cada alegato que presente una de las partes le corresponde al juez escuchar a la parte contraria
Preclusión procesal
- Perdida de la facultad procesal
Dispositivo
- La tarea de iniciación e impulso está en manos de las partes
Oralidad y escritura
Concentración/Dispersión
- Rápida o pausada. -
Etapas procesales.
Medio de impugnación.
- Sube la jerarquía si el que perdió presentó apelación.
- Juez de primera instancia. Autoridades estatales en Jalisco.
- Autoridad revisora.
- S. T. J. Juez de segunda instancia.
- 3 Magistrados.
Danto como resultado: Sentencia en segunda instancia. Federales.
Si no se esta de acuerdo sube a...
- Tribunal colegiado de distrito.
- 3 Magistrados.
Dando como resultado: Amparo Directo. Suprema Corte De Justicia.
- Recurso de revisión.
- 11 Ministros.
- Solo casos gravosos. -
Etapas procesales.
1- Demanda.
2- Admisión.
3- Emplazamiento.
4- Contestación.
5- Fijar la litis.
6- Ofrecimiento.
7- Admisión.
8- Preparación.
9- Desahogo. Notas:
Juez natural / Juez de origen.
Juez de primera instancia en materia penal de manera lineal. Conceptos
Prueba no pertinente: Cuando un hecho no esta relacionado.
Impugnación: Cuando una de las partes no está de acuerdo con la sentencia emitida por el juez. (Se ataca a la sentencia emitida por el Juez). -
Actos jurídicos / Hechos jurídicos.
Acto jurídico:
Acto realizado de forma voluntaria y consiente para establecer, crear o modificar un derecho. Hecho Jurídico:
Naturales o por el hombre (Voluntarios, Involuntarios, Positivo, Negativo). Acuerdos Jurídicos:
Se presenta el escrito. Se admite desecha o prevé.
- Oficialía de Partes.
- Archivo jurisdiccional.
- Acuerdo judicial o jurisdiccional.
- Notificadores o actuarios. Resoluciones:
Decisión que toma el juez para las partes.
- Decreto.
- Autos jurisdiccionales.
- Sentencias. -
Nulidad de los actos procesales
Actos de autoridad: Sanciones a los actos de las autoridades. Sentencia, Notificación, Acuerdo.
- Nulidad Relativa: Por vicios o errores (si se subsana, se corrige ese error y el valido).
- Nulidad absoluta: Por autoridad incompetente. No se puede subsanar. Se rige por 4 principios.
- Legibilidad: Algún documento que lo respaldes.
- Trascendencia: Cuando afecte a las partes.
- Conciliación: Anunciarse en la primera oportunidad.
Protección: Solo reclamada por las partes. -
Impugnación y ejecución de las sentencias
Revocación
- La imparte el mismo juez
- Es General
- Actos que no entran en apelación y decretos Queja
- Se aplica cuando existen inadmisiones de recursos (actos de corrupción).
- Es accesorio o instrumental (No tiene impacto en el proceso).
- Lo realiza un tribunal superior. Apelación:
Indirecta: Aún no se sabe la resolución (prisión preventiva)
Directo: Está en contra de sentencias.
- Se debe cumplir con el principio de definitividad (Se debe seguir la cadena impugnativa antes de este paso). -
Impugnación y ejecución de las sentencias
Resoluciones judiciales que ponen fin a la instancia resolviendo el litigio en los juzgados.
Citación de la sentencia: 10 Días.
Clasificación:
- Naturaleza.
- Función proceso (Definitiva / Interlocutoria).
- Satisfacción pretensiones.
Posible o no posible impugnación.
Estructura:
- Encabezado / Preámbulo.
- Resultandos.
- Considerandos.
- Resolutivas.
Requisitos:
- Congruencia.
- Fundamentación.
- Motivación.
- Exhaustividad.