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Glosario
Prescripción: Se agota el derecho
Denuncia o Querella
Prisión Preventiva: 2 años como medida cautelar
Prisión Procesal: Según marque la ley
Alegatos: Desahogo de material probatorio ante el juez
Fondo: Obligación a cumplir del sujeto imputado
Legitimación: Facultad de representar a alguien en juicio y acudir al mismo, se podrá actuar de manera pasiva o activa en un proceso penal. -
Glosario 2
Personas Jurídicas: Unidad con derechos y obligaciones, compuesto por uno o varios individuos através de la creación de sociedades mercantiles.
Personas Físicas: Individuo que realiza cualquier actividad económica teniendo derechos y obligaciones
Endorzamiento: Declaración pura y simple puesto en el titular-valor por lo cual su tendor legitimo a otra persona en el ejercicio de los derechos incorporados al titulo.
Causa de Pedir: ¿Que es lo que quiero? ¿Por que lo quiero? -
Glosario 3
Consumación: Perdida del derecho
Caducidad Procesal: Expediente caducado por el paso de mas de 180 dias.
Concurso de Delitos: Acumulo de penas -
Niveles de Poder (Estatal)
Juzgados de Paz
Juzgados Menores
Jueces de 1° Instancia
Jueces de 2° Instancia o el Supremo Tribunal de Justicia del Estado (Correspondiente) -
Niveles de Poder (Federal)
Juzgados de Distrito
Tribunales Colegiados
Tribunales de Circuito Colegiados
Tribunales Unitarios
Suprema Corte de Justicia de la Nación -
Niveles de Poder (Internacional)
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Corte Interamericana de Derechos Humanos -
Actos Procesales
Es la presentación de la denuncia por la parte afectada (Victima), la contestación por parte de la autoridad, el emplazamiento y la contestación por parte del imputado (Victimario) para que la autoridad pueda fijar la litis. -
Partes en un Proceso Judicial
Existen 2 partes en un proceso judicial: La parte actora, demandante o victima y el demandado, denunciado, victimario o imputado. -
Primer Momento Procesal
La parte actora o afectada presenta la demanda/denuncia en la Fiscalia del Estado depende a la materia que corresponda. -
Segundo Momento Procesal o Acta de Autoridad
Es el MP quien decide si se desecha, previene a la parte actora sobre su carpeta de investigación (por falta de pruebas con un plazo de 3 días) o se admite la denuncia. Si se da una prevención a la víctima y esta no responde se desecha la denuncia y finaliza el proceso, pero, si se admite, el notificador hace llegar la primera notificación.al demandado para que no se viole la garantía constitucional de audiencia y defensa teniendo un plazo de 5, 8 o 10 dias habiles (Emplazamiento). -
Ministerio Publico (MP)
Es un órgano autónomo que representa a la sociedad ante los órganos jurisdiccionales para velar por los derechos humanos y sus garantías constitucionales promoviendo la acción penal publica del patrimonio publico y social, dirigiendo la investigación de hechos delictivos así como la aprensión de los presuntos responsables, se rige por los principios de legalidad, inmediatez, objetividad, certeza, exahustividad, imparcialidad, eficacia, profesionalismo, honradez, lealtad, disciplina, etc. -
Jurisdicción de un Juez
La Jurisdicción de un juez hace referencia a que puede decir derecho en la sentencia de la materia a la que el corresponda debido a su competencia. siendo imparciales. -
Competencia de un Juez
La competencia de un juez hace referencia a los casos donde el juez tiene jurisdicción dependiendo el territorio nacional donde sea nombrado juez, (Si es de juez menor, de paz o de 1° instancia por partido o distritos), la materia en la que este especializado (Civil, Mercantil, Familiar, Penal, Laboral, etc.), valor o cuantía si es juez menor o de paz, el turno electrónico (En la zona metropolitana) y el grado en caso de ser 1° o 2° instancia (STJEJ). -
Articulo 143. Medidas Cautelares
Son medidas para contener a un presunto delincuente o imputado en el estado o pais para que este responda a la reparación de los daños impuestos en el articulo 143 del Bodigo Nacional de Procedimientos Penales (CNPP). -
Interés Jurídico
Es la facultad conferida en la ley de exigir un derecho objetivo establecido previamente en el cuerpo normativo ante una autoridad competente y ejercer la acción judicial para exigir el respeto de un derecho titulado. -
Presupuestos Procesales
Dispuestos en el articulo 90 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco, son los requisitos para iniciar todo proceso judicial, los cuales son la denuncia o querella de la victima así como también el documento fundatorio y la personalidad o nombramientos, estos acreditaran el derecho de la victima atraves de un documento oficial o legal por el interés jurídico que se tiene. -
Principios Procesales
Previstos en la Constitución Mexicana son disposiciones o directrices generales.
Publicidad: Audiencias publicas sobre las actuaciones judiciales
Economía Procesal: Desechar material probatorio para el ahorro de tiempo en el proceso.
Lealtad y Probidad: Resolución de problemas con respeto mutuo, justicia y sin sobornos.
Contradicción: Por cada alegato habrá un contralegato
Preclusión Procesal: Perdida, extinción y exclusión del derecho por paso del tiempo. -
Principios Procesales (2)
Dispositivo: la iniciación e impulso del proceso recae en las partes involucradas.
Inquisitivo: La iniciación e impulso del proceso judicial recae en la autoridad atraves de un oficio.
Oralidad o Escritura: Actos procesales orales o escritos.
Inmediación: Audiencia conciliatoria entre las partes para llegar a un convenio en presencia de una autoridad.
Mediación: Consolidación de las partes para llegar a un acuerdo.
Concentración: Fluidez del proceso
Disperción: Ralentización del proceso. -
Articulo 14. Garantía de Audiencia y Defensa
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho. -
Etapas Procesales
Se refiere a los pasos que debe de seguir todo proceso para que se llegue a una correcta culminación de la investigación, los hechos y las sanciones. Las etapas son:
Expositiva, Probatoria o Demostrativa, Conclusiva o Alegatos y Reclusión. -
Etapa Expositiva
En esta etapa es cuando la parte actora presenta la denuncia, el juez decide si la admite, la rechaza o la previene y el demandado al ser la denuncia admitida forzosamente tendrá que exponer sus defensas, si no se presenta la parte demandada se tomara este acto como rebeldía. -
Etapa Probatoria o Demostrativa
En esta etapa se da el ofrecimiento de las pruebas al juez, y el decide la admisión o rechazo de las mismas, después, las pruebas admitidas deberán ser preparadas para su desahogo. -
Etapa Conclusiva o de Alegatos
En esta etapa se dan reflexiones, consideraciones razonamientos y argumentos de las partes ya que deberá existir un contralegato por cada alegato de las partes, siendo en esta etapa donde se traba la litis por lo que el juez determinara o fijar la litis y deberá considerar una desición para ella. -
Litis
Esta inicia con la presentación de una denuncia, donde existe una parte afectada y otra es la que afecta y es aquí donde el juez debe de establecer cuales son los hechos donde hay confrontación detectando así, el punto de conflicto o choque de posturas entre ambos escritos o argumentos de las partes. -
Etapa de Reclusión
Atraves de una sentencia, el juzgador pone fin al proceso en el entendido de que es su pronunciamiento, podrá ser impugnado por las partes antes de que sea en cosa juzgada. -
Amparo Indirecto
Se da por violaciones intraprocesales atraves de los Juzgados de Distrito. -
Etapa de Impugnacion
Ya que se ha dictaminado una sentencia de 1° instancia, si alguna de las partes no se encuentre conforme con la sentencia, podrá solicitar una apelación para reabrir el caso, pero, sin admisión de pruebas, este hecho se llevara a cabo en la 2° instancia o la Suprema Corte de Justicia del Estado al que pertenezca, provocando que los Magistrados estudien nuevamente el caso y dictaminen una nueva sentencia donde esta revoque o confirme la sentencia de 1° instancia. -
Apelacion
Teniendo una sentencia de 1° instancia, atraves de la apelacion se revisa nuevamente el caso para llegar a la 2° instancia (STJEJ) con los magistrados para confirmar o revocar la sentencia que dictamino el Juez de 1° instancia.
Se tiene un plazo de 10 días para presentar una apelación. -
Amparo Directo
Revocación o anulación de una sentencia impuesta por el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco ante una autoridad Federal.
Se tiene un plazo de 15 días para presentar su amparo. -
Medios de Impugnación
Modifican, revocan o anulan los actos y resoluciones en materia penal que no se apegue a los preceptos constitucionales y legales (Anulan o cambian la sentencia) -
Actos del Proceso Impugnativo
Interposición (Inicia el proceso y expone la inconformidad), motivación, admisión y efectos, sustancia (La contraparte contesta) y resolusión donde interviene el impugnador o juez, juzgador y apelado. -
Actos Juridicos
Es un acto del hombre de forma voluntaria que tiene como objetivo establecer relaciones jurídicas creando, modificando o extinguiendo derechos que tiene como características que se lleva a cabo ante una autoridad de manera física (Con un objeto) y con consentimiento o voluntad en las instalaciones oficiales en días y horas hábiles, generando así, relaciones con derechos y obligaciones de manera reciproca. -
Elementos de la Validez
Para que estas relaciones sean consideradas legitimas, deberán tener como características: La Forma, Licitud de Objeto (Legalidad), Capacidad y Ausencia de vicio (Sea violencia, dolo, error) refiriéndose a que no sebe ser engañoso. -
Hecho Juridico
Es el comportamiento de una persona o acto de la naturaleza que tiene consecuencias jurídicas en un determinado territorio, no es necesariamente voluntario, existiendo así 4 tipos: Voluntario (Hechos lícitos o ilícitos ejecutados con discernimiento intencion y libertad), Involuntarios (Acción del individuo involuntaria por falta de discernimiento), Positivos (ejecución de una acción) y Negativos (Omisión o abstención de una acción). -
Acuerdos Juridicos
Decisiones colectivas, acciones o resultados naturaleza, institucionales (Soporte normativo) y colectivas, dos ejemplos de ello son las votaciones (Entre personas de un mismo órgano o institución) o los pactos (Beneficios y acuerdos colectivos). -
Oficialia de Partes
En ella recaen los expedientes de las denuncias, donde el expediente puede caducar por falta de impulso. Para evitar este hecho se debe de solicitar un acuse de recibo o sello.
Existe el archivo jurisdiccional que contiene el numero de expediente, año y juez y el acuerdo jurisdiccional es la respuesta fundada y motivada que da el juez a cargo ya sea favorable o no para el expediente.
Los notificadores o actuarios pueden generar vicios en la notificación al no cumplir con su trabajo. -
Resolución Judicial
Desición o providencia que adopta un órgano jurisdiccional. Existen 3 tipos de resoluciones: Decreto, tramites de un proceso o solicitud de copias (Cambios de abogados, traslado de denuncia, etc.), Autos Jurisdiccionales que es la resolución judicial mediante un tribunal donde se pronuncian ante las peticiones de las partes (Admisión, desechamiento de pruebas, señalamiento de fechas, etc.,) y las Sentencias. -
Sentencias 1.0.
Son finales de instancias dado un dictamen judicial el cual esta compuesto del Preámbulo (Antes de dar el principio en formas como nombres, fechas, etc.) los Antecedentes o Resultandos (¿Cuando?, ¿Como?, ¿Porque?, etc.) los Considerandos (Razonamientos legales, valor probatorio pleno o el porque ganas o pierdes) y los Puntos Resolutivos (Conclusión del juicio). Existen la sentencia de fácil lectura para grupos vulnerables y sentencias interlocutorias para cuestiones graves durante el proceso. -
Nulidad de los Actos Procesales 1.0
Son sanciones donde la ley priva un acto de sus efectos normales cuando en su ejecución no se ha encontrado las formas prescritas para ello.
Grados:
1. Inexistencia (No reúne los elementos esenciales)
2. Nulidad absoluta (Carece de un requisito esencial. Objeto-Voluntad-Solemnidad) con características incomprehensible, de cualquier persona o terceros e irrenunciable
3. Nulidad relativa (Aquellos actos relativamente nulos que con el tiempo se vuelven validos) Capacidad-Ausencia de vicios - Forma. -
Nulidad de los Actos Procesales 1.1
Legalidad: No hay nulidad si la ley no la prescribe
Trascendencia: Cuando afecta a alguna de las partes
Combolidación: Se debe de denunciar el primer momento si no preclusión procesal.
Nulidades graves: Inexistencia (Nulidad de pleno derecho aunque nadie se de cuenta)
Nulidad severa: Vicios mas sencillos. -
Impugnación y ejecución de sentencias
La impugnación son inconformidades por parte de las partes contra los actos de los órganos jurisdiccionales los cuales pueden llevarse a cabo por los medios de impugnación (La forma de impugnar) siendo estos de índole excluyentes (Que no se pueden tomar 2 medios de impugnación a la vez). -
Medios de Impugnación (Revocación)
Revocación: Es un recurso ordinario y horizontal (La inconformidad la resuelve el mismo Juez de 1° instancia que lleva el proceso) que tiene como objetivo, modificar total o parcialmente una resolución judicial por el mismo juzgador que lo ha pronunciado, este recurso se utiliza cuando no puede ser utilizada ni el amparo, ni la apelación, etc. -
Medios de Impugnación (Queja)
Este recurso es especifico en actos donde no se puede apelar, en decretos, en admisión de recursos por corrupción o por la denegación errónea de un recurso para el expediente, pero, al utilizar este recurso el expediente NO avanzara, es un recurso accesorio al proceso, es jurisdiccional (Cualquier materia), devolutivo (Regresa a la persona con menor jerarquía) y vertical (Otra instancia) donde lo que se busca es sancionar al servidor publico por generar datos erróneos o no realizar su trabajo. -
Medios de Impugnación (Apelación)
Es un remedio procesal que tiene por objetivo el control de la función judicial y se funda con la aspiración a una mejor justicia, Revoca, modifica o confirma la sentencia de 1° instancia ya que este recurso procede ante sentencias definitivas, también puede suspender la ejecución de la resolución teniendo un plazo de 10 días para llevarlo a cabo. -
Medios de Impugnación (Amparo)
Tipos de amparos:
Indirecto: Se lleva a cabo ante un juez de distrito quienes resuelven si se admite a tramite y deciden sobre la suspensión de los actos en el proceso debido a violaciones procesales.
Directo: Esta en contra de las sentencias definitivas ante el tribunal colegiado de circuito, son laudos o resoluciones que ponen fin a un proceso siguiendo la cadena impugnativa por principio de definitividad.
Ambos tienen un plazo de 15 días y se promueven según la necesidad de las victimas. -
Sentencias 2.0.
Son resoluciones judiciales que ponen fin a la instancia resolviendo el litigio en el juzgado que conocen la impugnación con plenitud de jurisdicciones que contienen la aplicación de la ley. La citación de la sentencia tiene un plazo de 10 días.
Clasificación:
Definitiva: Pone fin a la instancia perdiendo o ganando según sea el caso
Interlocutora: Resuelve parte de la instancia pero no el fondo siendo rápida y emergente. En dicha sentencia se puede presentar un amparo indirecto para defenderse. -
Sentencia 2.1.
Estructura:
Preámbulo: Identifica datos generales y esenciales del proceso.
Resultando: Antecedentes e historia significativa del proceso
Considerandos: Motivación y fundamentación de la sentencia
Resolutivos: Resultado del juicio.
Requisitos:
Congruencia: Armonía e identidad (Imparcialidad)
Fundamentación: Aplicación de las leyes y normas
Motivación: Expresar motivos, fundamentos y resoluciones de su desicion.
Exhaustividad: La sentencia resuelve todas las controversias.