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Tendencias Historicas del Derecho Penal.

  • Period: 3000 BCE to 1300 BCE

    Venganza Privada (Antigúedad

    En la etapa "Venganza de la Sangre" o "Época Bárbara", la represión la ejercían individuos. Inicialmente, se usaba la expulsión como castigo principal, luego surgió la compensación económica en lugar de la pena, primero opcional y luego obligatoria para evitar conflictos. En la antigüedad, sin sistema legal, las víctimas buscaban venganza. Esta etapa abarca desde las primeras civilizaciones hasta el surgimiento de sistemas legales donde la justicia pasó al colectivo o el estado.
  • 2300 BCE

    Código de Hammurabi. Ley del Talión.

    Código de Hammurabi. Ley del Talión.
    En la antigua Mesopotamia, el Código de Hammurabi del siglo XXIII a. C.ofrece una de las primeras formas de registro jurídico sobre venganza privada,en la que se contiene la esencia de la ley del Talión:
  • Period: 2250 BCE to 1200

    Venganza Divina

    En la antigüedad, la venganza divina guiaba la justicia penal, donde los delitos se consideraban ofensas a los dioses. Los sacerdotes manejaban la justicia represiva, especialmente en la sociedad hebrea. Luego, en la "Venganza Pública," se distinguió entre delitos privados y públicos, con tribunales actuando en nombre de la colectividad. Se impusieron penas brutales. Esta concepción arbitraria se extendió por Europa, Oriente y América, empleando castigos inhumanos hasta el siglo XVIII.
  • 2000 BCE

    Derecho Precortesiano. (Mesoamerica)

    Derecho Precortesiano. (Mesoamerica)
    sistemas legales y las normas jurídicas que existían en las sociedades de América antes de la llegada de Cristóbal Colón y la posterior conquista y colonización europea en el siglo XV y XVI. Estos sistemas legales eran diversos y variaban según la cultura y la región, ya que América estaba habitada por numerosos grupos indígenas con sus propias tradiciones y sistemas de gobierno.
  • Period: 1300 BCE to 1200

    Venganza Publica

    La "Edad de la Venganza Pública" es un período histórico en el que la función represiva estaba en manos de la comunidad o la sociedad en lugar de los individuos. En esta etapa, las comunidades asumieron la responsabilidad de castigar a los infractores en lugar de las víctimas o sus familias. Se puede ubicar en la antigüedad y en sociedades que evolucionaron hacia sistemas legales más formales.
  • 451 BCE

    Derecho Romano

    Derecho Romano
    El sistema legal romano estableció principios de culpabilidad y castigo proporcionado. La figura del "ius puniendi" (derecho de castigar) del Estado comenzó a surgir.
  • Period: 476 to 1200

    Sistema Inquisitivo. Edad Media en Europa.

    Surgió en Europa en respuesta a la herejía y otros crímenes. Los tribunales eclesiásticos y seculares tenían un papel más activo en la investigación y el enjuiciamiento.
  • 1400

    Periodo Humanista

    Periodo Humanista
    Surge a raíz de que se empieza a poner atención en desterrar concepciones caracterizadas por la brutalidad y la crueldad. Su principal exponente es Cesar Beccaria, quien en su obra "De los Delitos y las Penas" critica el sistema de
    impartición de justicia y demuestra que el excesivo sistema represivo de su tiempo no lograba los pretendidos fines de seguridad y readaptación social, y menos aunel efecto preventivo que debía tener el Derecho Penal.
  • Etapa Cientifica.

    Etapa Cientifica.
    La etapa científica del derecho penal comenzó con la obra del marqués de Beccaria y culminó con Francisco Carrara, exponente de la Escuela Clásica. Algunos mencionan a los positivistas como el inicio, pero sus estudios eran sobre la criminalidad, no derecho normativo. Beccaria marcó el inicio de esta etapa al buscar conocimiento ordenado y sistemático en la materia, aunque previamente hubo intentos de sistematización.
  • Escuela Positivista.

    Ante los avances de la ciencia y el afán por superar el Estado liberal no intervencionista, buscando afrontar su ineficacia respecto al nuevo crecimiento de la criminalidad, nace el positivismo. Su idea es que la lucha contra la criminalidad debe hacerse de una forma integral permitiendo la intervención directa del Estado. Las mayores críticas contra los autores positivistas radican en el olvido de las garantías individuales, ya que su foco es la peligrosidad social del delincuente.