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Nueva integración del Tribunal Nacional Electoral
En los meses previos a la Constituyente se discutieron temas de gran importancia como la nueva integración del Tribunal -
Cambio de nombre
Se discute la conveniencia del cambio de nombre de Tribunal Nacional Electoral por el de Tribunal Supremo de Elecciones,
el que queda aprobado mediante Decreto No. 171 del 14 de setiembre de 1948 de la Junta Fundadora de la Segunda
República. -
Elecciones para Vicepresidentes, Diputados a la Asamblea Legislativa y Regidores y Síndicos
Las elecciones se llevaron a cabo el 4 de octubre de 1949, en las que se elige a los Vicepresidentes de la República, los
Diputados a la Asamblea Legislativa que queda instalada el 1 de noviembre de 1949. Se inscribieron para esas elecciones
158.210 ciudadanos, de los cuales 77.846 fueron votos válidos. -
Voto femenino
El 30 de julio de 1950 las mujeres costarricenses, por primera vez, tuvieron acceso al sufragio, durante un plebiscito
organizado para determinar si los caseríos de La Tigra y La Fortuna seguirían formando parte del cantón de San Ramón, o si
pasaban a pertenecer al de San Carlos. D -
Segundo Código Electoral
El Tribunal en junio de 1952 envía a la Asamblea Legislativa el proyecto de ley del nuevo Código Electoral. El 3 de diciembre
de 1952, la Asamblea lo aprueba, convirtiéndose de esta manera en el segundo del país después de el de 1946 y se
mantienen vigente desde esa fecha. El Código Electoral tiene 10 capítulos, en el que se establecen las características del
sistema electoral costarricense -
Convocatoria a Elecciones Generales
Se realiza convocatoria para Presidente, 2 Vicepresidentes, 45 Diputados propietarios, 13 suplentes, Regidores propietarios
y suplentes en cada cantón, un Síndico propietario y un suplente en cada uno de los distritos de cada cantón. La elecciones
se realizaron el domingo 26 de julio de 1953. -
Primera División Territorial Electoral
Fue elaborada por el Oficial Mayor del Tribunal, señor Guillermo Loría, con colaboración del señor Vidal Castro Mena y de los
fiscales de los partidos Liberación Nacional y Demócrata. -
Votos en blanco
El TSE interpreta que los votos en blanco no pueden ser tomados en cuenta para establecer el cociente y subcociente, ya
que no expresan cual fue la voluntad del sufragante. -
Ley Orgánica del Registro Civil
El 26 de mayo de 1965, sale publicada en La Gaceta número 117, la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y
Registro Civil, ley que deroga la Ley Orgánica del Registro Civil y unifica la descripción de funciones y labores de ambos.