-
3000 BCE
REFERENCIAS HISTORICAS.(SISTEMAS JURÍDICOS MIXTOS)
Primeros asentamientos:Año 3000 a.C. culturas paleolíticas provenientes de Siberia oriental, Corea y de las Islas polinesias. (Cultura de los ainos y Yayoi) -
Period: 2500 BCE to 5000 BCE
DERECHO ROMANO EN ESPAÑA 5,000 a.C. y en el año 2,500 a.C (FAM NEORROMANISTA).
Los Romanos invadieron la península desde el siglo II a.C. pero se enfrentaron a la resistencia de los pueblos originales como los lusitanos (con su lider Viriato), y celtiberos quienes resistieron por más de 10 años el asedio de los Romanos en los campos de Numancia, al ser derrotados en el año 133 a.C. se suicidaron los sobrevivientes. -
2000 BCE
SISTEMAS JURÍDICOS MIXTOS 200 aC
Se entiende por mixto, el sistema jurídico positivo, en el cual coexisten en mayor o menor medida como Derecho vigente, Instituciones o prácticas que provienen de dos o más familias jurídicas principales. -
Period: 2000 BCE to 1500 BCE
REFERENCIAS HISTORICAS (SISTEMAS JURÍDICOS MIXTOS)
ORIGEN ABRAHAM.- Habitante de UR en Caldea, actualmente IRAK (entre 2000 y 1500 a.C.). -
Period: 1000 BCE to 300 BCE
Primeras culturas:(SISTEMAS JURÍDICOS MIXTOS)
Cultura neolítica de Jomon: 1000 a 300 a.C. (cerámica, caza, pesca, recolección.- Sociedad igualitaria, con pocas diferencias sociales). -
900 BCE
(Common Law), 900 aC
es un término usado para referirse al grupo de normas y reglas de carácter jurídico no escritas, pero sancionadas por la costumbre o la jurisprudencia, que son fundamento ineludible del Derecho de los países anglosajones. Año 900 a.C. -
753 BCE
FAMILIA NEORROMANISTA
Fundación: Según la leyenda, por Rómulo y Remo -
571 BCE
FAMILIA DEL “DERECHO RELIGIOSO” 571 dC
NORMAS RELIGIOSAS: 1.- Internas porque su fuente y destino es la Divinidad a partir de la concepción que de él se tenga; abarcan a la persona en su integridad -
Period: 449 BCE to 753 BCE
Derecho Arcaico. 753 a.C. a 449 a.C (Fam neorromanista)
(Primer rey: Rómulo) Estructura jurídico-política: -
Period: 27 BCE to 449 BCE
Derecho preclásico.- S. V a.C. al I a.C. (449 – 27 a.C.). (Fam Neorromanista)
Estructura Jurídico – política: República: del S. V a.C. al I a.C. (449 – 27 a.C.). -
Period: 27 BCE to 235
Derecho Clásico ( 27 a.C. - 235 d.C.) (Fam neorromanista)
Estructura Jurídico- política: Imperio. (A partir del siglo I a C a III d.C.). PRIMER EMPERADOR: CAYO JULIO CESAR OCTAVIO “AUGUSTO.” (consagrado o santo). Personaje relevante: JULIO CÉSAR aún cuando formalmente no se hizo llamar Emperador. -
212
Imperio Romano puede considerarse como la primera referencia a los antecedentes de la unificació( FAMILIA SUPRANACIONA)
Así, el Imperio Romano puede considerarse como la primera referencia a los antecedentes de la unificación europea. Al decir de Florence Lézé, Verónica De La Rosa Jaimes y Alfredo Islas Colín. En el año 212, la Constitutio Antoniniana, garantizaba la todos los habitantes libres del Imperio una ciudadanía común. -
Period: 235 to 301
Derecho Posclásico: (235 - 301DC FAM NEORROMANISTA.).
Imperio de carácter socialista o popular. Implicó una decadencia generalizada del Derecho romano, debido a los problemas de carácter económico y bélico con los pueblos bárbaros. El derecho dejó de aplicarse y se buscó reordenar la producción jurídica vigente -
Period: 476 to 1453
EDAD MEDIA Duración: 476 a 1453 d.C. (FAM NEORROMANISTA)
Transformación del Derecho Romano, por contacto con los pueblos germanos y el imperio bizantino de Constantinopla. -
Period: 527 to 565
DERECHO JUSTINIANEO 527 a 565 DC (FAM NEORROMANISTA)
JUSTINIANO.- Emperador de Bizancio, Intentó reorganizar y recuperar el antiguo esplendor de Roma sin conseguirlo -
Period: 570 to 632
CONCEPTO DE DERECHO MUSULMAN.(570-632 d.C. (FAMILIA DEL DERECHO RELIGIOSO)
FUNDACION DEL ISLAM.- Mahoma nació en La Meca (570-632 d.C.). a la muerte de sus padres, fue criado por un Tío, en su juventud tuvo tratos con cristianos y judíos de quienes tomó elementos religiosos. A los 25 años, se casó con una viuda rica lo que le dio status social en La Meca. -
661
ESCUELA SHIITA (FAMILIA DEL DERECHO RELIGIOSO)
La gran mayoría de los musulmanes son Sunitas, pero los denominados Shiitas tienen en el mundo islámico una importancia nada despreciable. Los Shiitas ("partidarios") se remontan a la figura de Alí, primo y yerno de Mahoma y cuarto califa, muerto en el año 661, y conmemoran todos los años la derrota y muerte de Husein, hijo de Alí, a manos de los califas Omeyas en la batalla de Karbala (Irak, 680). -
700
ESCUELAS SUNNITAS(FAMILIA DEL DERECHO RELIGIOSO)
XAFEI o SHAFÍ.- Fundada en 767 d.C., sus adeptos constituyen la tercera parte de los musulmanes sunnies, Es oficial en: Etiopía, Somalia, parte de Eritrea, Kenya y Tangañika, musulmanes que habitan en Israel y los nnies de Yemen. -
Period: 1013 to 1066
PERIODO ANGLOSAJÓN (Common Law,)
A la salida de los romanos, el territorio se pobló de anglos, sajones y jutos, quienes acabaron con toda tradición romana, imponiendo sus propias reglas y costumbres de origen germánico. -
1215
REFORMAS JUDICIALES.
Los nobles al ver amenazados sus privilegios, (debido a los actos de las CORTES REALES o JUSTICIA DEL REY), obligaron al Rey Juan sin Tierra, (hijo de Enrique II Plantagenet), a firmar la CARTA MAGNA, en la cual el rey, -
Period: 1485 to
DINASTÍA PREPONDERANTE LA DINASTÍA TUDOR (1485 a 1603) (Common Law,)
Surgió como una necesidad de un Derecho más Justo y equitativo, ante la rígida formalidad de los Tribunales Reales. Buscaba la impartición de Justicia en los casos en que los Tribunales Reales no la impartían. -
1492
FAMILIA SOCIALISTA
Cristóbal Colón desembarcó en la isla de Cuba el 28 de octubre de 1492, durante su viaje inicial hacia el Nuevo Mundo. En honor a la hija de los Reyes Católicos, sus benefactores, -
1492
Descubrimiento.- (FAM SOCIALISTA)
Cristóbal Colón desembarcó en la isla de Cuba el 28 de octubre de 1492, durante su viaje inicial hacia el Nuevo Mundo. En honor a la hija de los Reyes Católicos, sus benefactores, Colón la llamó isla Juana, primero de los diversos nombres que sucesivamente recibió; finalmente se llamó Cuba como variante de su nombre aborigen: Cubanascnan. -
Period: 1497 to
REFERENCIAS HISTÓRICAS (Common Law,)
a) Declaración de independencia: 4 de Julio de 1776.
b) Primera Constitución: 1789 elaborada por la convención de FILADELPHIA (1788), ratificada en 1790.
c) PRIMER PRESIDENTE: GEORGE WASHINGTON (30 DE ABRIL DE 1789). -
1500
COMIENZA EL PROCESO DE SU RECEPCION ( FAMILIA SUPRANACIONAL)
comenzó el proceso de su recepción que se extendió por todo el continente y ya para el año 1500, el Derecho Romano era el ius commune -
1512
Colonización española (FAMILIA SOCIALISTA)
Cuando Colón llegó por primera vez, Cuba estaba habitada por los siboneys y los taínos, grupos de lengua arawak. La colonización de la isla comenzó en 1512, cuando el soldado español Diego Velázquez de Cuéllar fundó la ciudad de Baracoa. Posteriormente fundaría otros asentamientos, -
Period: to
ESTRUCTURA DEL DERECHO DE LOS EE.UU. EVOLUCION HISTORICA (Common Law,)
Los EU terminan aliándose al common law por las siguientes razones: si bien era fácil cambiar los términos jurídicos era más difícil prescindir de los conceptos y las técnicas; otro factor era la lengua inglesa; igualmente el influjo de la jurisdicción; todo lo cual hizo que los EU conservaran conceptos, razonamientos y teorías de las fuentes del derecho inglés. -
CODIGO DE NAPOLEÓN (FAM NEORROMANISTA)
En 1804 se promulgó el Código civil, al que se conoció como CODIGO DE NAPOLEÓN. -
Period: to
ESTRUCTURA DEL DERECHO.-( SISTEMAS JURÍDICOS MIXTOS)
En 1917, a la llegada de los Ingleses: Mezcla de derecho musulmán y francés, después el Ingles. El Contralor del Estado (1988) -
PODER EJECUTIVO(SISTEMAS JURÍDICOS MIXTOS)
Entre 1889, fecha en la que se promulgó la primera Constitución japonesa moderna y el fin de la II Guerra Mundial (1945), la persona sagrada e inviolable del emperador asumía el poder ejecutivo supremo. -
LA IDEA DE UNA UNION EUROPEA ( FAMILIA SUPRENACIONAL)
“La idea de una unión europea había sido manejada por el británico Winston Churchill, quien en un discurso pronunciado en la Universidad de Zurich en 1946, expuso la necesidad de crear los Estados Unidos de Europa…” -
Period: to
A este Tratado también se le conoce como Tratado de París (FAMILIA SUPRENACIONAL)
A esta unión, siguió el nacimiento de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) a través de la firma de su Tratado Constitutivo en 1951 por parte de Alemania, Italia, Francia, Bélgica, Holanda y Luxemburgo. A este Tratado también se le conoce como Tratado de París y entró en vigor en 1952 con los siguientes objetivos: Promover y modernizar la producción del carbón y del acero -
CONSTITUCIONES ( SOCIALISTA:)
PRIMERA CONSTITUCIÓN Aprobada mediante referendum popular el 15 de Febrero de 1976 y promulgada el 24 del mismo mes y año. -
convocó a una Conferencia Intergubernamental (FAMILIA SUPRENACIONAL)
en 1989 se convocó a una Conferencia Intergubernamental para tratar la adopción definitiva de la antes mencionada unión monetaria y económica. -
Period: to
Se aprobó el Tratado de la Unión Europea conocido como Tratado de Maastricht (FAMILIA SUPRENACIONAL)
En 1992, a casi tres años de debates, el Consejo Europeo celebrado en Maastricht, Holanda, aprobó el Tratado de la Unión Europea conocido como Tratado de Maastricht, entrando en vigor en 1993. Dicho Tratado dio origen a la Unión Europea. Se define a la misma en el Artículo A como: “una Unión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa en la cual las decisiones serán tomadas de la forma más próxima posible a los ciudadanos.” -
EVOLUCIÓN JURÍDICA DE LA UNIÓN EUROPEA COMO ( FAMILIA SUPRANACIONAL)
La Unión Europea surge a raíz de la firma del Tratado de la Unión Europea firmado el 1 de Noviembre de 1993 por parte de los Estados miembros de la Comunidad Europea. Para poder llegar a este momento se tuvo que caminar retrocediendo un buen trecho en la línea del tiempo e incluso llegar hasta Roma. -
DIRECCIÓN POLÍTICA IDEOLÓGICA (FAMILIA SOCIALISTA )
Mediante reforma del 26 de JUNIO DE 2002, se decretó la IRREVOCABILIDAD Y PERPETUIDAD DEL SISTEMA SOCIALISTA. -
Period: to
CONSTITUCIÓN ACTUAL - VIGENTE -(FAMILIA SOCIALISTA)
APROBACIÓN: Mediante Referéndum el 24 de Febrero de 2019. PROMULGACIÓN: 10 de Abril de 2019 por la Asamblea Nacional del poder Popular. ASPECTOS PARTICULARES: 1.- Se reitera el Preámbulo de la Constitución de 1976.