Reformad el articulo 3º constitucional y la Evolución de la Ley General de Educación

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    Lázaro Cárdenas del Rio

  • Primera Reforma al Art. 3 constitucional

    Primera Reforma al Art. 3 constitucional
    La educación que impartirá el estado seria socialista, proporcionando una cultura basada en la verdad científica
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    Manuel Àvila Camacho

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    Miguel Alemán Valdès

  • Segunda Reforma al Art. 3º constitucional

    Segunda Reforma al Art. 3º constitucional
    La educación que impartirá el estado tendera a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano, fomentaría el amor por la patria y la conciencia de la solidaridad, el criterio que orientaría dicha educación se mantendrá ajeno a cualquier doctrina religiosa, basándose en los resultados del progreso científico
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    Adolfo Ruìz Cortines

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    Adolfo Lòpez Mateos

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    Gustavo Dìaz Ordaz

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    Luis Echeverrìa Àlvarez

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    Josè Lòpez Portillo y Pacheco

  • Tercera Reforma al Art. 3º constitucional

    Tercera Reforma al Art. 3º constitucional
    Se estableció dotar de autonomía a las universidades y demás instituciones de educación superior, dándoles la facultad y responsabilidad de gobernarse a si mismas, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de ideas
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    Miguel de la Madrid Hurtado

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    Carlos Salinas de Gortari

  • Cuarta Reforma al Art. 3º constitucional

    Cuarta Reforma al Art. 3º constitucional
    Se preciso que la educación que imparta el estado será laica, buscando evitar que la educación oficial privilegie o promueva el profesar una religión
  • Quinta Reforma al Art. 3º constitucional

    Quinta Reforma al Art. 3º constitucional
    Se instruyo que ademas de impartir la educación básica, el estado promovería y atendería todos los tipos y modalidades educativas incluyendo la educación superior apoyando la investigación científica, decreto la obligatoriedad de cursar los niveles de primaria y secundaria
  • Ley General de Educación

    Ley General de Educación
    Creación de la Ley General de Educación y se publica en el diario oficial de la federación (DOF) Surge, y que buscaba llevar a cabo un proceso de descentralización de la administración de la educación.
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    Ernesto Cedillo Ponce de Leòn

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    Vicente Fox Quesada

  • Ley General de Educación

    Se reforman los párrafos primero y segundo del artículo 41 de la ley general de educación
  • Sexta Reforma al Art. 3º constitucional

    Se reconoce el derecho de todo individuo a recibir educación, instaurando la obligatoriedad desde preescolar hasta el nivel medio superior, se estableció que el poder ejecutivo determinaría los panes y programas de estudios de la educación básica y normal para toda la república .
  • Ley General de Educación

    Se reforma el artículo 25 de la ley general de educación
  • Ley General de Educación

    Se reforman diversas disposiciones de la ley general de educación, en materia de educación preescolar
    Artículo 4.- Todos los habitantes del país deben cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria.(reformas en los artículos: 4, 8, 12, 13, 14, 33, 44, 48, 51, 53, 54, 55, 66, 75, 77,
  • Ley General de Educación

    Iniciativa del mandatario quien ha dicho, que la reforma deberá sustentarse en: infraestructura, es decir, contar con lugares dignos para dar clase y para aprender; 26 acceso a tecnologías educativas de vanguardia como Internet, telefonía móvil y el uso intensivo de computadoras, vinculación de la educación con las necesidades productivas del país.
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    Felipe Calderón Hinojosa

  • Ley General de Educación

    Se adicionan una fracción XII al artículo 7 y una fracción XI, pasando la actual a ser fracción XII, al artículo 14 de la ley general de educación.
  • Ley General de Educación

    Se adiciona un segundo párrafo a la fracción I del artículo 65 de la ley general de educación.
  • Ley General de Educación

    Se reforma el párrafo segundo del artículo 25 de la Ley General de Educación
    "Los recursos federales recibidos para ese fin por cada entidad federativa no serán
    transferibles y deberán aplicarse exclusivamente en la prestación de servicios y
    demás actividades educativas en la propia entidad... "
  • Ley General de Educación

    Se crea la ley general de derechos lingüísticos de los pueblos indígenas y reforma la fracción iv, del artículo 7o. de la ley general de educación para quedar como sigue:
    ARTÍCULO 7o.
    IV.- Promover mediante la enseñanza el conocimiento de la pluralidad lingüística de la Nación y el respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas.
    Los hablantes de lenguas indígenas, tendrán acceso a la educación obligatoria en su propia lengua y español.
  • Ley General de Educación

    Se reforman y adicionan los artículos 10, 11 y 48 de la ley general de educación
  • Ley General de Educación

    Se reforma la fracción vi del artículo 7 de la ley general de educación
    VI.- Promover el valor de la justicia, de la observancia de la Ley y de la igualdad de
    los individuos ante ésta, así como promover el desarrollo de una cultura por la paz
    y la no violencia den cualquier tipo de sus manifestaciones y propiciar el
    conocimiento de los Derechos Humanos y el respeto a los mismos.
  • Ley General de Educación

    Se reforman la fracción x del artículo 7° de la ley general de educación
  • Ley General de Educación

    Se reforman el tercer y cuarto párrafo del artículo 69 y el segundo y tercer párrafo del artículo 70; y de adicionan la fracción XVI al artículo 7°; la fracción VII al artículo 12, recogiéndose las subsecuentes fracciones; un segundo párrafo al artículo 31; un segundo párrafo al artículo 42; un segundo párrafo al artículo 56 recogiéndose en párrafo tercero.
  • Ley General de Educación

    Se reforman los artículos 4, segundo párrafo; 7, fracciones I, VI, X y XI; 12, fracción X; 20, fracción II y último párrafo; 21, párrafos primero, tercero y quinto; el artículo 22; 33, fracciones II, IV, VIII, IX, X, y XIV; el artículo 40; 41, primero y segundo párrafos; el artículo 43; 44, primero y segundo párrafos; 47, fracción I; 48, cuarto y quinto párrafos; 49, primer párrafo; 50, segundo párrafo; 61, segundo párrafo; el artículo 62; 64, primer y segundo párrafos; 65, fracción
  • Septima Reforma al Art. 3º constitucional

    Septima Reforma al Art. 3º constitucional
    Establece que una de las finalidades de la educación que imparta el estado mexicano deberá ser el respeto a los derechos humanos
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    Enrique Peña Nieto

  • Octava Reforma al Art. 3º constitucional

    Octava Reforma al Art. 3º constitucional
    Se declaro a la educación media superior como obligatoria y paso a ser responsabilidad del estado, este impartirá y promoverá al igual que la educación básica, como necesaria para el desarrollo optimo de la nación
  • Novena Reforma al Art. 3º constitucional

    Novena Reforma al Art. 3º constitucional
    Se modifica con el propósito de establecer como objetivo la búsqueda de la calidad educativa, así como reconocer la rectoria del estado en cuanto a la creación de los planes y programas para la educación básica y normal
  • Ley General de Educación

    Reforma artículo 9 y 10
  • Ley General de Educación

    En el sistema educativo nacional deberá asegurarse la participación activa de todos los involucrados en el proceso educativo, con sentido de responsabilidad social, privilegiando la participación de los educandos, padres de familia y docentes, para alcanzar los fines a que se refiere el artículo 7o. Reforma el artículo 3, 5 y 6.
  • Ley General de Educación

    (REFORMA artículo 46)
    Las autoridades educativas locales propondrán para consideración y, en su caso, autorización de la Secretaría, previa opinión de la Secretaría de Cultura, contenidos regionales que -sin mengua del carácter nacional de los planes y programas citados- permitan que los educandos adquieran un mejor conocimiento de la historia, la geografía, las costumbres, las tradiciones, los ecosistemas y demás aspectos propios de la entidad y municipios respectivos.
  • Décima Reforma al Art. 3º constitucional

    Armonizacion legislativa derivada de la reforma política de la ciudad de México
  • Ley General de Educación

    REFORMADO, D.O.F.
    ARTICULO 51.- La autoridad educativa federal determinará el calendario escolar aplicable a toda la República, para cada ciclo lectivo de la educación básica y normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesarios para cubrir los planes y programas aplicables. El calendario deberá contener un mínimo de ciento ochenta y cinco días y un máximo de doscientos días efectivos de clase para los educandos.
  • Ley General de Educación

    SE REFORMA, D.O.F.
    Las instituciones del sistema educativo nacional impartirán educación de manera que permita al educando su plena inclusión y participación en la sociedad y, en su oportunidad, el desarrollo de una actividad productiva y que permita, asimismo, al trabajador estudiar. Se reforma el artículo 24. Se reforma el artículo 33,fracción II y III
  • Ley General de Educación

    (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, D.O.F.) ARTICULO 45.- La formación para el trabajo procurará la adquisición de conocimientos, habilidades o destrezas, que permitan a quien la recibe desarrollar una actividad productiva demandada en el mercado, mediante alguna ocupación o algún oficio calificados. Esta educación incluirá un capítulo especial dirigido a personas con discapacidad.
  • Ley General de Educación

    (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, D.O.F.) ARTICULO 41.- La educación especial tiene como propósito identificar, prevenir y eliminar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación plena y efectiva en la sociedad de las personas con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de comunicación, así como de aquellas con aptitudes sobresalientes. Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones en un contexto educativo incluyente