PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

  • ORIGENES

    En Suecia entra en vigor la primera ley para protección de la información de particulares, que contaba con un órgano encargado de la supervisión de la misma de nombre DATA INSPECTION BORAD.
  • ESTADOS UNIDOS

    Surge la ley titulada Privacy Act, donde se establece un código de práctica de información que rige la recolección, mantenimiento, uso y difusión de información sobre los individuos.
  • Period: to

    CREACIÓN DE LEYES SOBRE DATOS PERSONALES

    Países como Francia, Dinamarca, Canadá, Noruega, Australia y Luxemburgo comenzaron a publicar leyes referentes a la protección de datos personales.
  • OCDE

    En el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico con sede en París Francia, se establece una recomendación sobre la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales.
  • CONVENIO

    Se aprobó un convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento de datos de carácter personal.
  • BRASIL

    Es el primer país latinoamericano en promulgar una Ley de Protección de Datos.
  • ARGENTINA

    Se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental.
  • MÉXICO

    Entra en vigor la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la creación del organismo encargada de supervisarla, es decir, el Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
  • HISTORIA DE DATOS PERSONALES EN MÉXICO

    El 6 de Marzo de 2006, se presenta en el pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Donde se establece como regente del ejercicio de acceso a la información de datos personales y la vida privada.
  • MÉXICO

    Se presenta ante el pleno de la Cámara de Diputados un decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, que otorga facultar al Congreso Federal para legislar en materia de protección de datos personales.
  • MÉXICO

    Se presenta ante la Cámara de Senadores un proyecto en el cual se adiciona un párrafo al articulo 16 de la Constitución, con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.
  • MÉXICO

    De acuerdo al Diario Oficial de la Federación, el estado mexicano reconoce el derecho de protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo contribuyendo a mejorar la dignidad humana.