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Origen y Evolución sobre la Protección de Datos

  • Derecho a la Intimidad

    Derecho a la Intimidad
    Adoptan los documentos conocidos como:
    Art. 12 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, señala que las personas tienen derecho a la protección de la ley de sus datos personales.
    Art. V de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
  • Art. 8 del Convenio para la Protección de los Derechos y las Libertades Fundamentales

    Art. 8 del Convenio para la Protección de los Derechos y las Libertades Fundamentales
    Instrumento internacional, derecho a la intimidad.
    Derecho al respeto a la vida privada y familiar.
  • Art. 17 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.

    Art. 17 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
    Instrumento internacional.
    El pacto desarrolla los derechos civiles y políticos y las libertades recogidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
  • Resolución 509 del Consejo de Europa

    Resolución 509 del Consejo de Europa
    Estudia la potencial agresividad que representan las tecnologías de la información hacia los derechos y libertades de las personas
  • Art.11 apartado 2 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.

    Art.11 apartado 2 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.
    Instrumento internacional.
    Su propósito de consolidar un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre.
  • Period: to

    Expedición de las primeras leyes sobre protección de datos.

    Dentro de las primera leyes expedidas, normalmente la doctrina cita, entre otras las siguientes: Ley de Land de Hesse (1970), Ley Federal sobre protección de datos (República Federal Alemana, 27 de enero de 1977), Ley sobre “Informática, Ficheros y Libertades” (Francia, 6 de enero de 1978), Ley de protección de datos de Dinamarca (1978), Ley reguladora del uso de los 23 datos personales procesados automáticamente (Gran Ducado de Luxemburgo, 1979).
  • Privacy Act de 1974

    Privacy Act de 1974
    La Ley de Privacidad del 1974 protege su información personal mantenida por el gobierno federal en el “sistema de registros” (Systems of Records, SOR, por sus siglas en inglés) (información controlada por una agencia que puede ser catalogada por nombre o algún otro identificador personal.)
    Tiene regulaciones sectoriales “Privacy Act” (safe harbour), pero no reconoce el derecho como tal, ni cuenta con una autoridad independiente en la materia.
  • Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

    Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
    Establece los principios básicos aplicables al tratamiento de datos personales y a la vez garantiza la libre circulación de los mismos.
  • Convenio 108 del Consejo de Europa.

    Convenio 108 del Consejo de Europa.
    Garantiza a los ciudadanos de los Estados contratantes el respeto de sus derechos y libertades, en particular, el derecho a la vida privada frente a los tratamientos de datos personales, conciliando el libre flujo de información entre los Estados contratantes.
  • Privacy Act de 1983.

    Privacy Act de 1983.
    Se regula la proteccion de informacion personal en el sector publico federal de Canada, y cada provincia o territorio cuenta con una ley gubernamentales de sus jurisdicciones, en la mayoria de los casos, de forma conjunta con el derecho de acceso a la informacion, salvo Quebec y New Brunswick.
    Tiene leyes de protección de datos personales a nivel federal y provincial.
  • Resolución 45/95 de la Asamblea General de la ONU.

    Resolución 45/95 de la Asamblea General de la ONU.
    Enumera una serie de principios en materia de protección de datos personales de aplicación mundial.
  • Directiva 95/46/CE.

    Directiva 95/46/CE.
    Amplía los principios ya recogidos en otros instrumentos internacionales e impide la creación de barreras para la libre circulación de los datos personales en todos los estados miembros de la Comunidad Europea.
  • Marco de Privacidad del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC).

    Marco de Privacidad del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC).
    Busca un equilibrio entre la seguridad de la información personal y el libre flujo de ésta para fines comerciales.
  • Art. 8 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

    Art. 8 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
    Reconoce el derecho a la protección de datos como un derecho fundamental y autónomo, distinto al derecho a la intimidad y la privacidad de las personas.
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
    Se limita a las bases de datos del sector público a nivel federal.
    Es a la vez, una ley de acceso a la información y una ley de protección de datos personales.
    Su capítulo IV establece un marco muy general que regula la obtención, almacenamiento, transmisión, uso y manejo de los datos personales en posesión de dependencias y entidades federales.
  • Directrices para la Armonización de la regulación de la Protección de Datos en la Comunidad Iberoamericana.

    Directrices para la Armonización de la regulación de la Protección de Datos en la Comunidad Iberoamericana.
    Ofrecen a los poderes públicos de los Estados Iberoamericanos criterios orientativos para el desarrollo de iniciativas normativas en esta materia, facilitando el establecimiento de un marco homogéneo que favorezca el intercambio de los flujos de información entre los Estados y terceros Estados bajo estándares similares de protección.
  • Fracciones I y II.

    Fracciones I y II.
    Primeras menciones constitucionales expresas. Limitantes al ejercicio del derecho de acceso a la información. Art. 6.
  • Derechos ARCO.

    Derechos ARCO.
    Reconocimiento expreso del derecho de las personas a la protección de sus datos personales y al ejercicio de éste. Art. 16.
  • Estándares Internacionales sobre protección de datos personales y privacidad. Resolución de Madrid.

    Estándares Internacionales sobre protección de datos personales y privacidad. Resolución de Madrid.
    Determina y define un conjunto de principios y derechos que garanticen la efectiva y uniforme protección de los datos personales, facilitando los flujos internacionales de éstos en un mundo globalizado.
  • Period: to

    MEXICO. La protección de datos personales en el sector privado, federal y estatal.

    La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los particulares.
    La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad dicho dictamen.
    El Poder Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares.