-
1 CE
Articulo 2 de la Ley n° 11.687
quien desee transferir debe publicar un aviso por 5 dias en el Boletin Oficial y en uno o mas periodicos de la zona. el anuncio debe incluir: 1 clase y ubicacion del negocio; 2 nombre y domicilio de vendedor y comprador; 3 nombre y domicilio de rematador y escribano -
2
Articulo 3 de la Ley 11.687
Se debera entregar al comprador una nota firmada que contenga: 1 detalle de creditos adeudados; 2 Nombre y domicilio de acreedores; 3 Monto de creditos adeudados; y 4 fecha de vencimiento (si hay) -
3
Articulo 4 de la Ley 11.687 OPOSICIONES
Desde la ultima publicación realizada, acreedores tienen 10 días para notificar su oposición a la transferencia. El comprador se encuentra obligado a retener el importe y depositarlo en una cuenta judicial en el banco que cprresponda. -
4
Articulo 5 de la Ley n° 11.687 EMBARGO
El acreedor que se hubiera opuesto tiene 20 dias para trabar embargo judicial. Si el acreedor no traba el embargo, pasado el plazo rl depositante puede retirar el deposito de la cuenta -
5
Articulo 4 de la Ley 11.687 OTORGAMIENTO DEL DOC DE TRANSF
El documento solo podra ser firmado luego de los 10 dias de publicacion, siempre y cuando no exista oposicion de parte de los acreedores y si existe oposicion se debe realizar las retenciones y depositos correspondientes