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Modificación de la Constitución Política de Colombia de 1991
En el artículo 49 y según lo concretado en la ley 100 de 1993, se incluyó la promoción de la salud dentro de los planes de beneficios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, la cual debía estar orientada al desarrollo de condiciones sociales, económicas, ambientales y políticas -
Declaración de Santafé de Bogotá
En 1992 se realizó la “Declaración de Santafé de Bogotá”, en la que se planteó que: “la Promoción de la Salud en América Latina" consiste en la creación de lineamientos que busquen el bienestar general como propósito fundamental para el desarrollo. -
Ley 100
En 1993 la Ley 100 de 1993, estableció el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Esta ley transformó el Sistema Nacional de Salud, que operaba desde 1975 y que estaba centrado en proveer servicios de salud a la población más pobre a través de los hospitales del Ministerio de Salud. Por lo tanto, el objetivo principal de la Ley 100 era garantizar a la población colombiana acceso a la seguridad social en salud. -
Resolución 3997 y 4288
Dentro de la misma Ley 100 se reglamentó la promoción de la salud. Para ello, en principio, el Ministerio de Salud promulgó dos resoluciones: la 3997 de octubre de 1996 y la 4288 de noviembre del mismo año. -
Ley 1122 de 2007
A partir de la Ley 1122 de 2007, la cual modificó algunos apartes de la Ley 100 de 1993 y ajustó el Sistema General de Seguridad Social en Salud, se estableció una nueva reglamentación para la Salud Pública, creando un Plan Nacional de Salud Pública -
Plan Nacional de Salud Pública
El objetivo de este Plan Nacional de Salud Pública es “la atención y prevención de los principales factores de riesgo para la salud y promoción de condiciones y estilos de vida saludables, fortaleciendo la capacidad de la comunidad y la de los diferentes niveles territoriales para actuar”. Tal Plan será desarrollado a nivel nacional, a nivel territorial (departamentos y municipios) y por las aseguradoras (EPS). -
Ley 1122 de 2007
En la Ley 1122 de 2007, se enfatiza que la responsabilidad y metas, en las prioridades de salud pública es compartida entre las EPS a través del POS y las entidades territoriales a través del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas, que reemplazó al PAB. -
Decreto 3039 de 2007
Para reglamentar la funcionalidad del Plan de Salud Pública, el Ministerio de la Protección Social promulgó el Decreto 3039 de 2007, por el cual se adoptó el Plan de Salud Pública 2007-2010. En este último se estableció que para el diseño del Plan de Salud Pública se articulan tres enfoques: Enfoque poblacional, enfoque de determinantes y enfoque de gestión social del riesgo. -
Resolución 425 de 2008
El Ministerio de la Protección Social promulgó la Resolución 425 de 2008, por la cual se define la metodología para la elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Salud Territorial y las acciones que integran el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas a cargo de las entidades territoriales. -
Resolución N° 0425 de 2008, título IV, artículo 16
Según Resolución N° 0425 de 2008, título IV, artículo 16. Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas, se establece que éste contiene un conjunto de intervenciones, procedimientos y actividades a cargo del Estado, dirigidas a promover la salud y calidad de vida, la prevención y control de los riesgos y daños en salud de alta externalidad en salud. -
Plan de Salud Pública
Tiene como objetivo desarrollar acciones de promoción de la salud y gestión del riesgo colectivas e individuales de alta externalidad
Además, se establece que para su financiación se realizará con los recursos que integral la subcuenta de salud pública del fondo de salud de la respectiva entidad territorial -
Resolución 1536 de 2015
La Resolución 1536 de 2015 establece las disposiciones para el proceso de Planeación Integral para la Salud a cargo de las entidades territoriales del nivel departamental, distrital y municipal como de las instituciones del Gobierno Nacional. -
Obligaciones de las Eps
La Resolución 1536 de 2015, incluye las obligaciones que tienen las EPS, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios – EAPB y las Administradoras de Riesgos Laborales – ARL para cumplir con el proceso de planeación acogiendo e integrando en los insumos que permitan su ejecución. -
Autoridades responsables según Resolución 1536 de 2015
Las autoridades responsables del plan integral para la salud son:
Alcalde o Gobernador
Asamblea departamental, Concejos municipales o distritales
Secretaría, departamento administrativo u oficina de planeación
Entidad Territorial de salud
Consejo Territorial de Planeación -
Actualidad
18 años después de la Ley 100, la promoción de la salud sigue a la espera de su desarrollo como corresponde a sus fundamentos conceptuales y operativos