Fondo de comercio

PASOS PARA CONCRETAR UNA TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

  • 1 CE

    ARTICULO 2 de la Ley N° 11.687

    Quien desee transferir un fondo de comercio deberá
    Publicar un aviso, por 5 días en el Boletín Oficial y en uno o más diarios o periódicos del lugar
    El anuncio deberá indicar: La Clase y ubicación del negocio,del vendedor y del comprador. El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano
  • 2

    ARTICULO 3 de la Ley N° 11.687

    Quien desee transferir un fondo de comercio deberá,
    previamente, entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga:
     Detalle de los créditos adeudados.
     Nombre y domicilio de los acreedores.
     Monto de los créditos adeudados.
     Fechas de vencimiento (si las hay).
  • 3

    ARTICULO 4 de la Ley N° 11.687

    los acreedores tendrán 10 días para
    notificar su oposición, se deberá cursar una notificación al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación o,al rematador o escribano que intervengan en el acto, reclamando la retención
  • 4

    ARTICULO 5 de la Ley N° 11.687

    Desde la notificación de la oposición a la
    transferencia, en los términos del artículo 4 de la Ley 11.687, el acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
  • 5

    ARTICULO 4 de la Ley N° 11.687

    Otorgamiento del Documento de Transferencia: El
    documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación realizada, siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores,y se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos. El documento de transferencia, para producir efectos frente a terceros, deberá, extenderse por escrito y Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento.