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1948 BCE
Declaración Universal de Derechos Humanos,
El artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que:
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su
correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección
de la ley contra tales injerencias o ataques -
Period: to
Origen de la Protección de Datos Personales