Normatividad Bioprospeccion

  • Constitución política de Colombia

    Establece la responsabilidad del Estado para el traslado de los recursos genéticos dentro y fuera del país y por tanto, el Estado es el único autorizado para suministrar los recursos genéticos.
  • Cumbre de la tierra

    Actualmente, para prácticas de bioprospección, la mayoría de países se rige por el Convenio de Diversidad Biológica (CDB), como el primer acuerdo mundial sobre la conservación y utilización sostenible de la biodiversidad
  • Ley 165

    se ratificó en Colombia el convenio de diversidad biológica, la cual es una fiel copia del texto certificado del Convenio firmado en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992.
  • Junta del acuerdo de Cartagena

    Resolución 414 del 22 de julio de 1996
    Procedimiento para la solicitud del permiso para acceso a recursos genéticos con fines de investigación, prospección biológica, conservación, aplicación industrial o aprovechamiento comercial.
  • Junta del acuerdo en cartagena

    Los paises andinos Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, firmaron la Decisión Andina 391.Donde implica que
    los recursos genéticos de la biodiversidad solo se pueden dar
    en usufructo a través de los contratos de acceso, pero no se pueden vender o regalar.
    *permite la protección de los recursos naturales.
    * contribuye a fortalecer el poder de negociación local.

    Esta Decisión en Colombia se ha identificado como un factor negativo para lograr el acceso a recursos genéticos.
  • Decisión Andina 486

    establece el régimen en propiedad industrial, incluido el trámite de las solicitudes de patente.
  • Decreto 309

    reglamentó la investigación científica en diversidad biológica, y estableció que esta debe realizarse cumpliendo las normas de acceso a RRGG y PD.
  • Decreto ley 3570

    por el cual se modificaron los objetivos y la estructura del MADS, le asignó a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, la función de adelantar el trámite de CARG o PD.
  • Decreto 1376

    por el cual se reglamenta el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial.
  • Resolución 1348- MADS

    indica las actividades que configuran acceso a RRGG o PD,
  • Protocolo Nagoya

    entró en vigor el protocolo Nagoya, tras su ratificación por 51 partes del CDB. Colombia fue el primer país en firmar el Protocolo de Nagoya, pero aún no lo ha ratificado.
    presentan grandes retos y oportunidades para los países megadiversos
  • Resolución 1352

    que modificó la actividad referida a la solicitud de patente.
    Los Países Miembros asegurarán que la protección conferida a los elementos de la propiedad industrial se concederá salvaguardando y respetando su patrimonio biológico y genético, así como los conocimientos tradicionales de sus comunidades indígenas, afroamericanas o locales.
  • Ratificación del Protocolo de Nagoya por parte de Colombia

    Este protocolo busca proteger la biodiversidad y la salud humana del posible daño que puedan causar los organismos vivos genéticamente modificados (OVM), también llamados transgénicos. A través de un régimen administrativo de responsabilidad, el Protocolo otorga un marco normativo a los países miembros para responder en caso de que se presente un daño a la biodiversidad causado por un OVM.