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Convenio de Diversidad Biológica (CDB)
En el CDB se establece el derecho soberano de los estados sobre sus recursos naturales, incluyendo en éstos los recursos biológicos o genéticos, y la posibilidad de cada país para regular el acceso a
estos últimos. . -
Decisión Andina 391
Norma principal que rige en los países de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) para el tema de acceso a RRGG y productos derivados (PD).
Esta norma señala las etapas que debe surtir un trámite de contrato de acceso a recursos genéticos o productos derivados -
Decisión Andina 486
Establece el régimen en propiedad industrial, incluido el
trámite de las solicitudes de patente, junto a la norma andina 391
indican que la concesión de patentes sobre invenciones desarrolladas a partir del patrimonio biológico y genético, originarios de países de incluidos en la CAN, estará cumpliendo con material o conocimiento legalmente adquirido. -
Decreto Ley 3570
Se modificaron los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible , le asignó a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, la función de adelantar el trámite de contrato de acceso a recursos genéticos o productos derivados. -
Decreto 1376
Las investigaciones científicas básicas que se adelantan en el marco de un permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines no comerciales y que involucren actividades de sistemática molecular, ecología molecular,
evolución y biogeografía, no configuran acceso al recurso genético -
Protocolo de Nagoya
Acuerdo internacional sobre acceso a los recursos genéticos y la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de su utilización, que se inscribe bajo la órbita del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) -
Resolución 1348
Indica las actividades que configuran acceso a los recursos genéticos. -
Resolución 1352
Modificó la actividad referida a la solicitud de patente. Las actividades que configuran acceso a RRGG aquellas que pretendan: 1) el aislamiento de unidades de ADN y/o ARN, en todas las formas que se encuentran en la naturaleza; 2) el aislamiento de una o varias moléculas, entendidas como macro o micromoléculas producidas por el metabolismo de un
organismo; o 3) la formulación de una solicitud de patente para productos o procedimientos obtenidos o desarrollados a partir de RRGG o PD. -
“Estado de las solicitudes de contrato de acceso a recursos genéticos
Trámite del contrato de acceso ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. -
Decreto 309
Reglamentó la investigación científica en diversidad biológica, y estableció que esta debe realizarse cumpliendo las normas de acceso a RRGG y PD