-
CONTRATACIÓN
Se firman los contratos por los siguientes trabajadores:
-Lavador
-Dos planchadores
-Costurero
-Recepcionista
-Gerente -
INSCRIPCIÓN AL IMSS
El patrón tiene por obligación dar de alta a sus trabajadores en el IMSS para poder disminuir los riesgos laborales, y que los trabajadores tengan derecho a la seguridad social, ahorro para el retiro y un financiamiento para el INFONAVIT -
DISMINUCIÓN DE RIESGOS LABORALES
El patrón debe de considerar los riesgos que se pueden ocasionar dentro de la empresa y por lo tanto debe de implementar medidas de seguridad a sus trabajadores -
PLAZO PARA ENTREGA DE INCAPACIDADES
Los trabajadores tienen derecho de entregar justificantes de incapacidades dentro los tres primeros hábiles de la semana (lunes-martes-miércoles), para que sean considerados en la semana que transcurre, de lo contrario se tomará en cuenta para la semana posterior siguiente. -
PLAZO MÁXIMO PARA INSCRIBIR TRABAJADORES
El patrón tiene como plazo máximo de 5 días hábiles después de su contratación de los trabajadores para poder inscribirlos ante el IMSS -
PAGO DE LA PRIMERA SEMANA
Se paga la primera de trabajo a todos los empleados -
PAGO DE LA SEGUNDA SEMANA
Se paga a los trabajadores la segunda semana correspondiente a los días laborados -
LÍMITE PARA PAGO DE SEGURIDAD SOCIAL
El patrón tiene como fecha limite los días 17 de cada mes para hacer el pago correspondiente a la seguridad social. -
PROVISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL
El patrón tiene derecho de hacer la provisión correspondiente al pago de seguridad social, para que posteriormente se realice el pago de dichas contingencias. -
MODIFICACIÓN DE SALARIO
El patrón tiene la obligación de enterar en los siguientes 5 días hábiles de la modificación que haya tenido el salario de algún trabajador. -
PAGO DE LAS CUOTAS OBRERO-PATRONAL
El patrón tiene como fecha limite el mes posterior siguiente para el pago de dichas cuotas- patronales -
PAGO DE IMPUESTOS FEDERALES
Los Impuestos Federales deben ser presentados de manera mensual por tratarse de una persona moral y pagados en el mes siguiente de su declaración. -
IMPUESTOS ESTATALES
Los impuestos son pagaderos los primeros meses de cada año