MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

  • 3000 BCE

    EDAD ANTIGUA, LA GUERRA.

    EDAD ANTIGUA, LA GUERRA.
    Los pueblos antiguos realizaban justicia por medio de la guerra y el más fuerte era quien subordinaba al contrincante.
  • 753 BCE

    FUNDACIÓN DE ROMA Y SURGIMIENTO DE ESTADOS ANTIGUOS.

    FUNDACIÓN DE ROMA Y SURGIMIENTO DE ESTADOS ANTIGUOS.
    Surge la figura de un solo gobernante que es llamado Señor, Rey, Monarca o César, según el contexto histórico. Esta autoridad era la encargada de administrar la justicia. También esta autoridad esta presente en Estados como Egipto e Israel.
  • 600 BCE

    Antigua Grecia - Negociación.

    Antigua Grecia - Negociación.
    Los heraldos de las ciudades, en la antigua Grecia, a quienes se les adjudicaban características divinas podrían haber sido los primeros negociadores formales. Es a partir del siglo VI a. C. cuando los oradores más elocuentes de la comunidad llevaban a cabo las Negociaciones para defender distintas causas de la ciudad, ante asambleas populares de las confederaciones o ante los representantes de las ciudades extranjeras.
  • 500 BCE

    La filosofía de Confusio.

    La filosofía de Confusio.
    También influyó enormemente en el modo de actuar del pueblo chino, él expresó: “La resolución óptima de una desavenencia se logra a través de la persuasión moral y el acuerdo, no bajo la coacción”. Actualmente en la República Popular China funcionan las comisiones Populares de Conciliación, y tanto este país, como Japón son famosos por su amplia y antiquísima cultura de diálogo.
  • 476 BCE

    Edad Media - Negociación.

    Edad Media - Negociación.
    Los Negociadores eran los enviados de la Iglesia Católica. Es a partir de este momento cuando comienzan a distinguirse dos Tipos de Negociadores, con dos estilos diferentes de Negociar:
    Uno con una herencia de casta militar con tendencia hacía la política del poder, el prestigio nacional, la condición social.
    El otro tipo de Negociador, utilizaba un estilo burgués y utilitario surgido precisamente de los contactos comerciales.
  • 27 BCE

    Época del Imperio Romano.

    Época del Imperio Romano.
    A pesar de la tradición heredada de los griegos, estuvieron socavadas por las aspiraciones imperialistas. En este contexto las relaciones de comercio entre Roma y sus colonias tenían un carácter de subordinación en las Negociaciones, ya que se supone que el Origen del Comercio comenzó en el Antiguo Imperio Romano, apareciendo las diferentes formas de Negociar.
  • 100

    SURGIMIENTO FORMAL DE LA IGLESIA CATÓLICA

    SURGIMIENTO FORMAL DE LA IGLESIA CATÓLICA
    Los Papas católicos como autoridad central de la religión católica se le confía la resolución de numerosos conflictos. Este Poder dura en toda la Edad Media hasta el Renacimiento.
  • 400

    ESTADO ROMANO

    ESTADO ROMANO
    Aquí se practicó la conciliación. Se usó el contrato de transacción, los mandaderos de paz y avenidores que se establecieron en le Fuero Juzgo (Ley XV, Titulo I, Libro II), incluido en la ley de la XII Tablas.
  • ARBITRAJE COMERCIAL

    ARBITRAJE COMERCIAL
    Se crea en la cámara de comercio de Nueva York el arbitraje comercial.
  • REVOLUCIÓN FRANCESA

    REVOLUCIÓN FRANCESA
    Tras la Revolución Francesa, la justicia ya no se administra por el Monarca y se genera la división de poderes en ejecutivo, Legislativo y Judicial. Por primera vez se dan las bases de una sociedad democrática.
  • CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ

    CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ
    Se encomienda la función de mediación a los Alcaldes y se reconoce al arbitraje.
  • REGLAMENTO PROVISIONAL POLÍTICO DEL IMPERIO MEXICANO

    REGLAMENTO PROVISIONAL POLÍTICO DEL IMPERIO MEXICANO
    En su artículo 71 menciona que a toda demanda Civil o Criminal debe preceder la junta conciliatoria.
  • DEPARTAMENTO DE TRABAJO DE LOS ESTADOS UNIDOS

    DEPARTAMENTO DE TRABAJO DE LOS ESTADOS UNIDOS
    Se crea la conciliación entre el ámbito obrero y patronal.
  • CORTE INTERNACIONAL DE ARBITRAJE.

    CORTE INTERNACIONAL DE ARBITRAJE.
    Establecido en 1923, el arbitraje de la ICC es un procedimiento flexible y eficiente para solucionar controversias domésticas e internacionales. Los laudos son vinculantes, definitivos y susceptibles para su aplicación en cualquier parte del mundo.
  • RESOLUCÓN DE CONFLICTOS LABORALES.

    RESOLUCÓN DE CONFLICTOS LABORALES.
    En Estados Unidos se crea una oficina independiente para resolver este tipo de conflictos.
  • LEY DE ARBITRAJE.

    LEY DE ARBITRAJE.
    Se promulga la ley de arbitraje, aunque algo limitada. Es un importante precedente.
  • ALDEA DE RALÚA, MÉXICO.

    ALDEA DE RALÚA, MÉXICO.
    Nader informa acerca del procedimiento de resolución de disputas en la aldea mexicana de Ralúa donde le juez ayuda a las partes a adoptar decisiones consensuales.
  • ESTADOS UNIDOS 1970.

    ESTADOS UNIDOS 1970.
    Nace la mediación. En San Francisco nacen los Community Boards que fueron los primeros centros de mediación vecinal formados por voluntarios. Su objetivo era promover la cultura de paz entre sus vecinos.
  • IEY 36/1988

    IEY 36/1988
    Es una Ley con características amplias y regula básicamente el reconocimiento al arbitraje institucional.
  • LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL ESTADO DE QUINTA ROO.

    LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL ESTADO DE QUINTA ROO.
    Esta ley es vanguardista, ya que promueve la justicia alternativa mediante el centro de asistencia jurídica y se promueve la mediación y la conciliación
  • ESTADO DE PUEBLA.

    ESTADO DE PUEBLA.
    Se establecen los mecanismos necesarios para que se instituyan la mediación y la conciliación como medios en la resolución de conflictos legales.
  • CONGRESO NACIONAL DE MEDIACIÓN.

    CONGRESO NACIONAL DE MEDIACIÓN.
    Se efectúa en la ciudad de Hermosillo, Sonora, el Primer Congreso Nacional de Mediación. Se reúnen cada año y sus propuestas fueron motor para impulsar los cambios a la Constitución Federal en el 2008 sobre las MASC.
  • INCORPORACION DE LA MEDIACIÓN EN AGUASCALIENTES.

    INCORPORACION DE LA MEDIACIÓN EN AGUASCALIENTES.
    Se incorpora en el año 2001.
  • LIBRO VERDE DE LA COSIÓN SOBRE MODALIDADES ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN

    LIBRO VERDE DE LA COSIÓN SOBRE MODALIDADES ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN
    En Europa se aplica en el ámbito civil y mercantil como aquellos procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos aplicados por un tercero imparcial.
  • REFORMAS CONTITUCIONALES.

    REFORMAS CONTITUCIONALES.
    Se reforma el Artículo 17 Constitucional y se establece que las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, regularan su aplicación, aseguraran la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requiera supervisión judicial.
  • LEY DE MEDIOS ALTERNATIVOS EN MATERIA PENAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA.

    LEY DE MEDIOS ALTERNATIVOS EN MATERIA PENAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA.
    Se expide la Ley de Medios Alternativos en Materia Penal para el Estado de Puebla con 41 artículos.
  • CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

    CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
    Se cumple el plazo indicado en el articulo 2 transitorio sobre el sistema penal acusatorio y los medios alternativos de solución de conflictos.
  • REFORMAS A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

    REFORMAS A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
    Se privilegia la conciliación en resolución de controversias laborales