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2000 BCE
Pueblos Primitivos
Presentan rasgos similares de evolución conforme se desarrollan los grupos sociales.
Orígenes de la función jurisdiccional y formas procesales son propios de todos los pueblos de la Tierra. -
1325 BCE
Aztecas
Contaba con Tribunales y un proceso más o menos organizado (organización judicial)
La máxima autoridad era el Huey Tlatoani, en paralelo con su funcionario gemelo Cihuacóatl. -
500 BCE
Los Germánicos
Con ellos se da el inicio de la Edad Media, debido a la mezcla de los elementos romanos germánicos, llevando a cabo los procesos medievales.
La asamblea contaba con el Ding (juez), el cual intervenía solo como instructor, y la sentencia era pronunciada por la asamblea.
Finalidad: obtener una reparación, inicialmente era un acuerdo entre las partes, en caso de no lograse, el pago era una sanción pecuniaria.
El procedimiento es público, oral y de rigor formalista. -
27 BCE
Roma
De carácter militar y jurídico, características fundamentales de este pueblo (jurista y guerrero).
Dividido en 3 etapas: -Monarquía -República -Imperio.
Las 2 primeras pertenecen al orden judicial privado, la tercera al orden judicial público. -
27 BCE
- Acciones de la Ley
Se encuentra su fundamento en la Ley de las 12 Tablas.
Legis Adió, es un modo de proceder que se adapta a diversos derechos.
Acciones de la ley de carácter declarativo
- Legis actio sacramento
- Legis actio per iudicis postuiationem
- Legis actio per conditionem
Acciones ejecutivas
- Legis actio per manus iniectionem
- Per pigñoris capionem -
27 BCE
- El Procedimiento formulario
Pretor peregrini, venía a permitir formas más ágiles y más rápidas de solución de conflictos.
Partes fundamentales: intentio, demostrado, adiudicatio y condenado. -
27 BCE
- El proceso extraordinario
Manifestación del orden judicial público.
Es de una sola fase. -
1200
Proceso Medieval Italiano
Comienza con la presentación de la Demanda.
Litis contestado es la incorporación del demandado a la contienda.
Se rige una teoría probatoria legal o formal; la sentencia se impugna mediante la querella nullitatis (nulidad de la sentencia), lo que actualmente se conoce como amparo directo. -
1265
Antiguo Enjuiciamiento Español
Se regía mediante un derecho popular y localista.
Evolución del derecho español:
- Código de Partidas 1265
- Ordenamiento de Alcalá 1348
- Ordenamiento Real 1485
- Ordenanzas de Medina 1489
- Ordenanzas de Madrid 1502
- Ordenanzas de Alcalá 1503
- Leyes de Toro 1503
- Nueva Recopilación 1567
- Novísima Recopilación de las Leyes de España 1805 -
La Revolución Francesa
Este movimiento ataca el poder absoluto de los monarcas, creando los modernos estados de derecho, así como los cimientos que sostendrán el capitalismo y Revolución industrial mecánica.
Se desarrolla la siguiente filosofía: todo lo que no está permitido, está prohibido para el Estado; al contrario del ciudadano, libre y autónomo, todo lo que no está prohibido está permitido. -
Procesos Inquisitorial, dispositivo y publicista.
El proceso inquisitorial es característico de los regímenes absolutistas, donde el juez ejerce el poder que le ha sido transmitido o delegado.
El proceso dispositivo se aplica el principio: todo lo que no está permitido está prohibido, y para las partes, todo lo que no está prohibido esta permitido.
El proceso publicista es un intento de atenuar las aberraciones que se arribo con un proceso dispositivo exagerado y mal entendido, creandose las ramas especiales jurídicas.