LOS DERECHOS HUMANOS

  • 1215

    CARTA MAGNA

    CARTA MAGNA
    Al disminuir las invasiones se inicia una lenta recuperación. Renacen las ciudades y, a partir del siglo XII toma fuerza una nueva clase social: la burguesía. Sus miembros, al sentirse desvinculados de las sumisiones feudales, inician una larga lucha en pro de los derechos civiles. De esta época de transición es la Carta Magna (1215), favorable a los nobles y burgueses ingleses.
  • EL QUE FUE CONSIDERADO PADRE DEL LIBERALISMO

    EL QUE FUE CONSIDERADO PADRE DEL LIBERALISMO
    El inglés John Locke (1632-1704), es una figura capital del siglo XVII. Considerado el padre del liberalismo moderno, propuso que la soberanía emanaba del pueblo, que el Estado debía proteger los derechos de los ciudadanos y, anticipándose a Montesquieu, que el poder legislativo y el judicial habían de estar separados. Tuvo una gran influencia en la redacción de las grandes declaraciones de derechos humanos de finales del siglo XVIII.
  • LAS IDEAS DE MONTESQUIEU

    LAS IDEAS DE MONTESQUIEU
    Durante el siglo XVIII fueron fundamentales las ideas de Montesquieu y Rousseau. Montesquieu (1689-1755), criticó severamente los abusos de la Iglesia y del Estado. Al estudiar las instituciones y costumbres francesas de la época, dio formas precisas a la teoría del gobierno democrático parlamentario con la separación de los tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, como mecanismo de control recíproco entre los mismos
  • UNA SOCIEDAD BASADA EN IGUALDAD ABSOLUTA.

    UNA SOCIEDAD BASADA EN IGUALDAD ABSOLUTA.
    Rousseau (1712-1778), por su parte, denunció vigorosamente las injusticias y miserias resultantes de la desigualdad social de su época, propugnó la idea de una sociedad basada en igualdad absoluta, en la que cada miembro, a la par que se somete a las decisiones del colectivo, es al mismo tiempo parte del pueblo soberano, cuya voluntad general constituye la Ley. Estas ideas de Rousseau favorecieron a la elaboración del concepto de los derechos humanos.
  • DECLARACION DE INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS

    DECLARACION DE INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS
    Las primeras grandes declaraciones se produjeron en las colonias inglesas de Norteamérica, impulsadas por sus conflictos con la corona inglesa: en junio de 1776 se proclamó la Declaración de Derechos de Virginia y en julio la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. La Declaración de Independencia, redactada por Thomas Jefferson, afirmaba lo siguiente: "Sostenemos como verdaderas evidencias que todos los hombres nacen iguales.
  • DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y EL CIUDADANO

    DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y EL CIUDADANO
    Una década más tarde, de nuevo en Europa, en los tiempos agitados de la Revolución Francesa, en 1789 se proclama en París la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. A esta declaración, le siguió en 1793 una segunda más radical (con la llegada de Robespierre y los Jacobinos al poder) y una tercera, en 1795, más conservadora (a raíz de la caída de Robespierre).
  • LA INFLUENCIA DE JOHN STUART MILL

    tps://co.search.yahoo.com/yhs/search?hspart=adk&hsimp=yhs-adk_sbyhp&p=video+derechos+humanos
  • ABOLICION DE LA ESCLAVITUD EN UNOS PAISES.

    ABOLICION DE LA ESCLAVITUD EN UNOS PAISES.
    El siglo XVIII fue un siglo de logros importantes y al mismo tiempo de considerables limitaciones. Dos ejemplos: 1) Las declaraciones hablan de los "Derechos de los Hombres" (las mujeres quedaban excluidas). 2) Frecuentemente eran "compatibles" con la esclavitud. En Estados Unidos no se abolió la esclavitud hasta la Guerra de Secesión, en 1865. En España, se abolió en 1814, aunque se permitió que continuara en las colonias (concretamente en Cuba, hasta 1880).
  • LAS REVOLUCIONES MEXICANA Y RUSA

    LAS REVOLUCIONES MEXICANA Y RUSA
    . Los movimientos obreros emprenden la defensa de los derechos humanos desde una perspectiva colectiva, de manera más amplia, es el momento en el que los trabajadores exigen sus reivindicaciones. Ya en el siglo XX, las revoluciones mexicana y rusa de 1917 constituyen hechos históricos determinantes para la consagración jurídica de estos derechos colectivos, los derechos económicos y sociales.
  • DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.